III. Otras disposiciones. CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR. Convenios. (BOE-A-2023-7730)
Resolución de 13 de marzo de 2023, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se publica el protocolo general de actuación con el Ministerio de Sanidad, en materia de protección radiológica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 72

Sábado 25 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 44523

Por ello, en virtud de cuanto antecede, y de acuerdo con lo previsto en la legislación
vigente, el Ministerio de Sanidad y el Consejo de Seguridad Nuclear convienen en firmar
el presente protocolo general de actuación con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

– Participación en el seno de la Comisión Europea, del Organismo Internacional de
Energía Atómica (OIEA), y de la Organización Mundial de la Salud (OMS), en cuanto al
desarrollo de normativa sobre protección radiológica en el ámbito médico o relacionados
con el radón. Desarrollo de normativa nacional con objeto de transposición de normativa
comunitaria, incorporación de normativa internacional relevante o mejores prácticas
internacionales.
– Participación en foros y grupos de trabajo nacionales e internacionales sobre
protección radiológica en el ámbito médico y en temas relacionados con el desarrollo del
Plan Nacional contra el Radón.
– Estudios epidemiológicos de los efectos sobre la salud debidos a la exposición a
radiaciones ionizantes de los trabajadores y la población, incluido lo previsto en el Plan
Nacional contra el Radón.
– Estudios para establecer recomendaciones sobre criterios para la optimización de
la protección radiológica y el uso de niveles de referencia actualizados, para la
realización de pruebas diagnósticas y tratamientos con radiaciones ionizantes.
– Criterios para la implantación y dotación de servicios de protección radiológica
y radiofísica.
– Fomento de la aplicación e implementación de nuevas técnicas de análisis de
riesgos en las instalaciones radiactivas médicas.
– Intercambio de información sobre incidentes y accidentes relacionados con la
asistencia sanitaria con posible impacto en la protección radiológica de los pacientes.
Acceso de la otra parte a los datos sobre incidentes de seguridad.
– Formación en materia de protección radiológica de profesionales sanitarios que
realizan procedimientos médicos con utilización de radiaciones ionizantes.
– Desarrollo y distribución de materiales formativos e informativos para profesionales
involucrados en procedimientos médicos con utilización de radiaciones ionizantes,
profesionales prescriptores de dichos procedimientos, pacientes o población en general,
y realización de campañas de información o divulgación sobre criterios y principios de
protección radiológica.
– Disponibilidad de laboratorios de metrología para atender la demanda nacional de
calibración de la instrumentación utilizada en protección radiológica. Desarrollo de
procedimientos estándar y programas para verificación y calibración de instrumentos,
equipos y fuentes.
– Organización de campañas de intercomparación para contrastar la calidad de las
diversas determinaciones que se realizan mediante la utilización de radiaciones
ionizantes en el campo de la medicina.
– Criterios para la implantación del sistema de control radiológico de los
productos de consumo y de la protección radiológica frente a la exposición debida a
la radiación natural.
– Asesoramiento y apoyo técnico en la actualización de la caracterización de las
masas de agua subterráneas del radón y sustancias radiactivas para la implementación

cve: BOE-A-2023-7730
Verificable en https://www.boe.es

Este protocolo general de actuación tiene por objeto recoger las intenciones de las
partes consistente en una posible colaboración en el desempeño de sus respectivas
funciones y competencias sobre protección radiológica en el ámbito médico o
relacionado con el radón. La colaboración se formalizará mediante los instrumentos o
acuerdos que resulten pertinentes, entre otras, en las siguientes materias: