III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-6149)
Resolución de 29 de noviembre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de una gestión de cobro en periodo ejecutivo de los recursos de otras administraciones y entes públicos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, ejercicios 2018 y 2019.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 57
Miércoles 8 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 34717
dado que el régimen legal y las circunstancias de cada uno de estos dos grupos presentan
características diferentes, como se ha expuesto reiteradamente en este Informe.
2.49. El Cuadro 8 resume la evolución de la deuda pendiente de cobro por la AEAT al inicio de cada
uno de los dos ejercicios 2018 y 2019, excluida la deuda derivada del delito fiscal y contrabando
(cuyos datos se resumirán en el próximo Cuadro 9). Se trata de la deuda remitida por el sector
público estatal (departamentos ministeriales, organismos autónomos y entes públicos estatales), las
CCAA y las EELL que quedó pendiente de gestión al cierre del ejercicio anterior. Durante el ejercicio
se va cargando deuda nueva y, como producto de la gestión de la AEAT, se producen las
cancelaciones de deuda, que, como se ha indicado, pueden tener lugar por ingreso, por anulación
y por otras causas como insolvencias, prescripciones y supuestos propios de esta gestión que serán
expuestos más adelante.
Cuadro 8: Resumen de la evolución de la deuda cargada (sin incluir la encomendada por
ejecución de sentencia) en 2018 y 2019
(Importes en euros)
EJERCICIO
DEUDA
PENDIENTE
INICIAL
CARGADO EN
EL EJERCICIO
CANCELACIONES
INGRESOS
ANULACIONES
OTRAS
CANCELACIONES
DEUDA
PENDIENTE
FINAL
2018
2.682.349.233
1.568.538.214
583.661.196
198.737.187
854.470.637
2.614.013.795
2019
2.614.013.795
2.739.990.222
559.620.742
154.800.618
1.198.263.985
3.441.318.838
Fuente: Elaboración propia a partir del Zújar de Gestión Recaudatoria de oficinas externas
2.50. Como se ha señalado en el punto 2.26, parte de estas liquidaciones se encontraba en una
situación distinta de la de gestión de cobro, es decir, en aplazamiento y fraccionamiento de la deuda,
en suspensión, en paralización, en proceso concursal o en otras situaciones. En concreto, y para
las deudas a las que se refiere el Cuadro 8 (es decir, excluyendo las derivadas de la ejecución de
sentencias por delito), los importes de las liquidaciones que no se encontraban en gestión de cobro
eran, al inicio de 2018, al inicio de 2019 y al cierre de 2019, el 25 %, el 24 % y el 18 %,
respectivamente, del total de la deuda pendiente en cada una de las citadas fechas.
2.51. El Cuadro 9, por su parte, contiene, como se ha adelantado, los datos de la evolución de la
deuda pendiente de cobro derivada del delito fiscal y contrabando. Las deudas de este tipo que se
encontraban en una situación distinta de la de gestión de cobro, es decir, en suspensión, en
paralización y en proceso concursal, eran el 8 % del total de la deuda pendiente al inicio de 2018,
el 6 % al inicio de 2019 y el 11 % al cierre de 2019. Estos porcentajes son notablemente más bajos
que con los de resto de la deuda encomendada, tal y como se indicó en el punto 2.26.
Cuadro 9: Resumen de la evolución de la deuda encomendada por delito fiscal y de
contrabando en 2018 y 2019
EJERCICIO
2018
2019
DEUDA
PENDIENTE
INICIAL
1.571.170.767
2.092.034.472
CARGADO EN EL
EJERCICIO
1.055.670.125
1.270.190.216
CANCELACIONES
INGRESOS
218.330.507
136.327.082
OTRAS
CANCELACIONES
3.662.145
312.813.768
13.218.978
622.559.271
ANULACIONES
Fuente: Elaboración propia a partir del Zújar de Gestión Recaudatoria de oficinas externas
DEUDA
PENDIENTE
FINAL
2.092.034.472
2.590.119.357
cve: BOE-A-2023-6149
Verificable en https://www.boe.es
(Importes en euros)
Núm. 57
Miércoles 8 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 34717
dado que el régimen legal y las circunstancias de cada uno de estos dos grupos presentan
características diferentes, como se ha expuesto reiteradamente en este Informe.
2.49. El Cuadro 8 resume la evolución de la deuda pendiente de cobro por la AEAT al inicio de cada
uno de los dos ejercicios 2018 y 2019, excluida la deuda derivada del delito fiscal y contrabando
(cuyos datos se resumirán en el próximo Cuadro 9). Se trata de la deuda remitida por el sector
público estatal (departamentos ministeriales, organismos autónomos y entes públicos estatales), las
CCAA y las EELL que quedó pendiente de gestión al cierre del ejercicio anterior. Durante el ejercicio
se va cargando deuda nueva y, como producto de la gestión de la AEAT, se producen las
cancelaciones de deuda, que, como se ha indicado, pueden tener lugar por ingreso, por anulación
y por otras causas como insolvencias, prescripciones y supuestos propios de esta gestión que serán
expuestos más adelante.
Cuadro 8: Resumen de la evolución de la deuda cargada (sin incluir la encomendada por
ejecución de sentencia) en 2018 y 2019
(Importes en euros)
EJERCICIO
DEUDA
PENDIENTE
INICIAL
CARGADO EN
EL EJERCICIO
CANCELACIONES
INGRESOS
ANULACIONES
OTRAS
CANCELACIONES
DEUDA
PENDIENTE
FINAL
2018
2.682.349.233
1.568.538.214
583.661.196
198.737.187
854.470.637
2.614.013.795
2019
2.614.013.795
2.739.990.222
559.620.742
154.800.618
1.198.263.985
3.441.318.838
Fuente: Elaboración propia a partir del Zújar de Gestión Recaudatoria de oficinas externas
2.50. Como se ha señalado en el punto 2.26, parte de estas liquidaciones se encontraba en una
situación distinta de la de gestión de cobro, es decir, en aplazamiento y fraccionamiento de la deuda,
en suspensión, en paralización, en proceso concursal o en otras situaciones. En concreto, y para
las deudas a las que se refiere el Cuadro 8 (es decir, excluyendo las derivadas de la ejecución de
sentencias por delito), los importes de las liquidaciones que no se encontraban en gestión de cobro
eran, al inicio de 2018, al inicio de 2019 y al cierre de 2019, el 25 %, el 24 % y el 18 %,
respectivamente, del total de la deuda pendiente en cada una de las citadas fechas.
2.51. El Cuadro 9, por su parte, contiene, como se ha adelantado, los datos de la evolución de la
deuda pendiente de cobro derivada del delito fiscal y contrabando. Las deudas de este tipo que se
encontraban en una situación distinta de la de gestión de cobro, es decir, en suspensión, en
paralización y en proceso concursal, eran el 8 % del total de la deuda pendiente al inicio de 2018,
el 6 % al inicio de 2019 y el 11 % al cierre de 2019. Estos porcentajes son notablemente más bajos
que con los de resto de la deuda encomendada, tal y como se indicó en el punto 2.26.
Cuadro 9: Resumen de la evolución de la deuda encomendada por delito fiscal y de
contrabando en 2018 y 2019
EJERCICIO
2018
2019
DEUDA
PENDIENTE
INICIAL
1.571.170.767
2.092.034.472
CARGADO EN EL
EJERCICIO
1.055.670.125
1.270.190.216
CANCELACIONES
INGRESOS
218.330.507
136.327.082
OTRAS
CANCELACIONES
3.662.145
312.813.768
13.218.978
622.559.271
ANULACIONES
Fuente: Elaboración propia a partir del Zújar de Gestión Recaudatoria de oficinas externas
DEUDA
PENDIENTE
FINAL
2.092.034.472
2.590.119.357
cve: BOE-A-2023-6149
Verificable en https://www.boe.es
(Importes en euros)