III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-6047)
Resolución de 29 de noviembre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización sobre la gestión de los derechos de emisión de gases de efecto invernadero, ejercicios 2017 y 2018.
118 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 56

Martes 7 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 33993

GRÁFICO Nº 1
EVOLUCIÓN DE LAS EMISIONES DE DIÓXIDO DE CARBONO DESDE 1960
(MILLONES DE TONELADAS)

Fuente: (http://www.globalcarbonproject.org).

Así, los países firmantes acordaron abordar una reducción, en promedio de, al menos, un 5% de
las emisiones de GEI, tomando como referencia los niveles de 1990, a alcanzar entre los años
2008 y 2012. Se estableció, a su vez, que el compromiso sería de obligatorio cumplimiento
cuando lo ratificasen los países industrializados responsables de, al menos, un 55% de las
emisiones de dióxido de carbono (CO2), el principal causante del denominado “efecto
invernadero”.
La Unión Europea y sus Estados miembros, como partes firmantes del Protocolo, iniciaron una
serie de actuaciones orientadas a promover el cumplimiento de los compromisos adquiridos,
destacando la aprobación de la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de
13 de octubre de 2003, por la que se establece un régimen para el comercio de derechos de
emisión de gases de efecto invernadero en la Comunidad, que contempla la creación de un
mercado europeo de derechos de emisión de gases de efecto invernadero eficaz y con el menor
perjuicio posible para el desarrollo económico y la situación del empleo.

En cuanto al marco competencial, el Estado ostenta competencias en este ámbito, en virtud de su
potestad para “determinar las bases de la planificación general de la actividad económica”, art.
149.1.13ª de la Constitución Española (en adelante, CE), y para dictar la legislación básica sobre
protección del medio ambiente, de acuerdo con el apartado 1.23ª del citado art. 149 de la CE.
En este sentido, la norma que regula el régimen jurídico de los derechos de emisión de gases de
efecto invernadero y que, además, supuso la trasposición al derecho español de la Directiva
2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, antes referida, es la Ley 1/2005, de 9 de

cve: BOE-A-2023-6047
Verificable en https://www.boe.es

En lo que respecta al ámbito nacional, en España, la Constitución Española de 1978, dentro de los
principios rectores de la política social y económica, en su art. 45, apartados 1 y 2, consagra el
“derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el
deber de conservarlo”; y el mandato a los poderes públicos para que velen por “la utilización
racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de la vida y
defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva”.