I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Uniformidad. Guardia Civil. (BOE-A-2023-5703)
Orden PCM/208/2023, de 2 de marzo, por la que se aprueban las normas de uniformidad de la Guardia Civil.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 54
Sábado 4 de marzo de 2023
Sección 2.ª
Artículo 29.
Sec. I. Pág. 32318
Divisas
Divisas y su clasificación.
1. La divisa es la señal exterior que permite distinguir las diferentes categorías y
empleos del personal de la Guardia Civil.
2. A efectos de establecer una diferenciación entre los diferentes tipos de divisas,
las mismas se clasifican en:
a) Divisas de empleo: Son aquellos símbolos que por sí solos reflejan el empleo del
personal del Cuerpo, y que están constituidos principalmente por diversos tipos de
estrellas y galones, aparte de otras insignias características del alumnado de los centros
docentes de formación de la Guardia Civil. Su diseño y colocación se regulará en estas
normas en atención al uso y tradición en los uniformes militares y en función de las
distintas modalidades. El colorido y material de las divisas podrá simplificarse y
adaptarse a las prendas sobre las que deban utilizarse.
b) Divisas de categoría: Son aquellos símbolos o prendas que representan la
categoría del personal del Cuerpo y que complementan a las divisas de empleo. Lo
constituyen atributos varios como los ribetes, palmas y ramas para galletas y viseras de
las prendas de cabeza; fajines, ceñidores y sables; entorchados, serretas, galones y
sutases en bocamangas de uniforme, laterales y frontal de gorros cuarteleros y sus
borlas.
Artículo 30.
Divisas de empleo de los oficiales generales.
Las divisas de empleo correspondientes a la categoría de oficiales generales en el
Cuerpo de la Guardia Civil son las siguientes:
a) Teniente general: Un sable en banda sobre un bastón de mando, pasantes en
aspa con las empuñaduras en lo bajo, acompañados en lo alto por la corona real, y con
una estrella de cuatro puntas en cada uno de los ángulos laterales del aspa y en el bajo.
b) General de división: Un sable en banda sobre un bastón de mando, pasantes en
aspa con las empuñaduras en lo bajo, acompañados en lo alto por la corona real, y con
una estrella de cuatro puntas en cada uno de los ángulos laterales del aspa.
c) General de brigada: Un sable en banda sobre un bastón de mando, pasantes en
aspa con las empuñaduras en lo bajo, acompañados en lo alto por la corona real, y con
una estrella de cuatro puntas en el punto de cruce del aspa.
Artículo 31.
Divisas de empleo de los oficiales.
La divisa de empleo correspondiente a la categoría de oficiales en el Cuerpo de la
Guardia Civil es la estrella de ocho o de seis puntas, siendo el diámetro de la primera
mayor al de la segunda:
a)
Estrella de ocho puntas:
b)
Estrella de seis puntas:
– Capitán: Tres estrellas en triángulo en los uniformes de uso general, salvo en la
levita de los uniformes de gran etiqueta y etiqueta, que se colocarán en línea, y en los
específicos que se regirán por lo dispuesto en el artículo 24.2.
– Teniente: Dos estrellas en paralelo.
cve: BOE-A-2023-5703
Verificable en https://www.boe.es
– Coronel: Tres estrellas en línea.
– Teniente coronel: Dos estrellas en línea.
– Comandante: Una estrella.
Núm. 54
Sábado 4 de marzo de 2023
Sección 2.ª
Artículo 29.
Sec. I. Pág. 32318
Divisas
Divisas y su clasificación.
1. La divisa es la señal exterior que permite distinguir las diferentes categorías y
empleos del personal de la Guardia Civil.
2. A efectos de establecer una diferenciación entre los diferentes tipos de divisas,
las mismas se clasifican en:
a) Divisas de empleo: Son aquellos símbolos que por sí solos reflejan el empleo del
personal del Cuerpo, y que están constituidos principalmente por diversos tipos de
estrellas y galones, aparte de otras insignias características del alumnado de los centros
docentes de formación de la Guardia Civil. Su diseño y colocación se regulará en estas
normas en atención al uso y tradición en los uniformes militares y en función de las
distintas modalidades. El colorido y material de las divisas podrá simplificarse y
adaptarse a las prendas sobre las que deban utilizarse.
b) Divisas de categoría: Son aquellos símbolos o prendas que representan la
categoría del personal del Cuerpo y que complementan a las divisas de empleo. Lo
constituyen atributos varios como los ribetes, palmas y ramas para galletas y viseras de
las prendas de cabeza; fajines, ceñidores y sables; entorchados, serretas, galones y
sutases en bocamangas de uniforme, laterales y frontal de gorros cuarteleros y sus
borlas.
Artículo 30.
Divisas de empleo de los oficiales generales.
Las divisas de empleo correspondientes a la categoría de oficiales generales en el
Cuerpo de la Guardia Civil son las siguientes:
a) Teniente general: Un sable en banda sobre un bastón de mando, pasantes en
aspa con las empuñaduras en lo bajo, acompañados en lo alto por la corona real, y con
una estrella de cuatro puntas en cada uno de los ángulos laterales del aspa y en el bajo.
b) General de división: Un sable en banda sobre un bastón de mando, pasantes en
aspa con las empuñaduras en lo bajo, acompañados en lo alto por la corona real, y con
una estrella de cuatro puntas en cada uno de los ángulos laterales del aspa.
c) General de brigada: Un sable en banda sobre un bastón de mando, pasantes en
aspa con las empuñaduras en lo bajo, acompañados en lo alto por la corona real, y con
una estrella de cuatro puntas en el punto de cruce del aspa.
Artículo 31.
Divisas de empleo de los oficiales.
La divisa de empleo correspondiente a la categoría de oficiales en el Cuerpo de la
Guardia Civil es la estrella de ocho o de seis puntas, siendo el diámetro de la primera
mayor al de la segunda:
a)
Estrella de ocho puntas:
b)
Estrella de seis puntas:
– Capitán: Tres estrellas en triángulo en los uniformes de uso general, salvo en la
levita de los uniformes de gran etiqueta y etiqueta, que se colocarán en línea, y en los
específicos que se regirán por lo dispuesto en el artículo 24.2.
– Teniente: Dos estrellas en paralelo.
cve: BOE-A-2023-5703
Verificable en https://www.boe.es
– Coronel: Tres estrellas en línea.
– Teniente coronel: Dos estrellas en línea.
– Comandante: Una estrella.