I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2023-2936)
Acuerdo entre el Reino de España y la República de Honduras relativo a la regulación y ordenación de los flujos migratorios laborales entre ambos Estados, hecho en Madrid el 28 de mayo de 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 30
Sábado 4 de febrero de 2023
Sec. I. Pág. 16114
5. La suspensión total o parcial o la denuncia no afectarán a los derechos de los
trabajadores que se estén acogiendo ya a las disposiciones del presente Acuerdo.
En fe de lo cual, los representantes de las Partes Contratantes, debidamente
autorizados a tal fin, firman el presente Acuerdo.
Hecho en Madrid el 28 de mayo de 2021.
Por el Reino de España,
Por la República de Honduras,
María Aránzazu González Laya,
Ministra de Asuntos Exteriores,
Unión Europea y Cooperación
Lisandro Rosales Banegas,
Secretario de Estado en los Despachos
de Relaciones Exteriores y Cooperación
Internacional
El presente Acuerdo entrará en vigor el 23 de febrero de 2023, a los 30 días, de la
fecha de recepción de la última Nota Verbal por la cual cada una de las Partes
informaron sobre el cumplimiento de los procedimientos nacionales exigidos, según se
establece en su artículo 16.
cve: BOE-A-2023-2936
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 27 de enero de 2023.–La Secretaria General Técnica, Rosa Velázquez Álvarez.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 30
Sábado 4 de febrero de 2023
Sec. I. Pág. 16114
5. La suspensión total o parcial o la denuncia no afectarán a los derechos de los
trabajadores que se estén acogiendo ya a las disposiciones del presente Acuerdo.
En fe de lo cual, los representantes de las Partes Contratantes, debidamente
autorizados a tal fin, firman el presente Acuerdo.
Hecho en Madrid el 28 de mayo de 2021.
Por el Reino de España,
Por la República de Honduras,
María Aránzazu González Laya,
Ministra de Asuntos Exteriores,
Unión Europea y Cooperación
Lisandro Rosales Banegas,
Secretario de Estado en los Despachos
de Relaciones Exteriores y Cooperación
Internacional
El presente Acuerdo entrará en vigor el 23 de febrero de 2023, a los 30 días, de la
fecha de recepción de la última Nota Verbal por la cual cada una de las Partes
informaron sobre el cumplimiento de los procedimientos nacionales exigidos, según se
establece en su artículo 16.
cve: BOE-A-2023-2936
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 27 de enero de 2023.–La Secretaria General Técnica, Rosa Velázquez Álvarez.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X