III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2928)
Resolución de 23 de enero de 2023, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parques solares fotovoltaicos "Cerezo Solar, de 60,91 MWp, Abeto Solar, De 61,60 MWp, Goleta Solar, de 134,76 MWp, Noguera Solar, de 60,91 MWp, Grillete Solar, de 256,63 MWp", y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Madrid».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 29

Viernes 3 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 16042

resuelven con la desafectación de parcelas propiedad de los alegantes, mediante la
modificación del trazado y soterramiento de la línea L/220kV «SET Noguera 220/30 kV SET S.F. Renovables 400/220 kV» entre los apoyos 161-164, lo que también atiende a
alegaciones del Ayto. de San Fernando de Henares. En este sentido, los promotores
deberán cumplir las medidas propuestas en sus apartados 7 y 8 de la Adenda 4,
relativas al soterramiento.
No se espera que se genere una potencial afección del proyecto sobre la red de
abastecimiento público, ya que, para coordinar las afecciones a tuberías e
infraestructuras adscritas a Canal de Isabel II S.A., ya sean existentes, planificadas y/o
en construcción, antes del inicio de las obras se enviará el proyecto de construcción a la
Ventanilla Única de Atención a Promotores del Canal de Isabel II S.A., para definir las
actuaciones necesarias a realizar.
La modificación del diseño de la PSFV Cerezo Solar se adapta al requerimiento de la
Dirección General de Planificación y Evaluación de la Red en cuanto a ajustes de la
servidumbre de la línea AVE- Madrid-Zaragoza-Barcelona - Frontera Francesa.
c) Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto:
El EsIA incluye un análisis de la vulnerabilidad del Proyecto, que evalúa: el riesgo
sísmico, el riesgo por fenómenos meteorológicos adversos, el riesgo por inundaciones y
avenidas, el riesgo litológico, el riesgo por incendios forestales y riesgos tecnológicos.
Concluye que todos son bajos.
La Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación de la Comunidad
de Madrid, organismo competente en la materia, señala que las infraestructuras
proyectadas afectan a zonas calificadas como terreno forestal y terreno considerado
como Monte Preservado, que son zonas con riesgo por incendio forestal de moderado a
muy alto, por lo que se deberá tener en cuenta y adoptar las medidas preventivas
contenidas en el Plan de Protección Civil de Emergencias por Incendios Forestales en la
Comunidad de Madrid, tanto durante la fase de ejecución, como durante la fase de
explotación de la infraestructura. Además, recuerda que el proyecto deberá contar con el
correspondiente Plan de Autoprotección, que deberá ser registrado en el Registro de
Planes de Autoprotección de la Comunidad de Madrid. Los promotores ya han tenido en
cuenta tales consideraciones, comprometiéndose a adoptar una serie de medidas
preventivas de carácter general incluidas en el expediente, así como al cumplimiento de
la normativa aplicable.
En todo caso y al igual que los aspectos técnicos, la vulnerabilidad del proyecto,
según el análisis realizado por el promotor, es un factor más a considerar en la decisión
de autorización del proyecto por parte del órgano sustantivo.
Respecto a la vulnerabilidad del proyecto frente accidentes graves y/o catástrofes
naturales, la presente propuesta recoge, resume y traslada los pronunciamientos de las
autoridades competentes en la materia y las cuestiones suscitadas en el procedimiento
de participación pública para su valoración por el órgano sustantivo, como órgano
competente en esta materia, previo a la autorización del proyecto.
d)

Programa de vigilancia ambiental (PVA).

– Fase de construcción:
● Seguimiento de las emisiones de polvo y ruido.
● Seguimiento de afecciones al suelo y el sistema hidrológico, control de residuos y
gestión de inertes.
● Seguimiento de las afecciones a flora y vegetación.
● Seguimiento de las afecciones a fauna.
● Integración paisajística y restauración ambiental y morfológica.
● Seguimiento arqueológico.

cve: BOE-A-2023-2928
Verificable en https://www.boe.es

En el EsIA se propone un PVA para el seguimiento y control de los impactos, cuyos
contenidos básicos, referidos a la fase de construcción y explotación son: