III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2919)
Resolución de 23 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque solar fotovoltaico Zafra de 319,99 MWp/280,72 MWn, y su infraestructura de evacuación, en Muelas de Los Caballeros, Justel, Peque, Manzanal de Los Infantes, Cernadilla, Asturianos y Palacios de Sanabria (Zamora)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 3 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 15800
Tal y como manifiesta el promotor, la línea eléctrica cruzaría campo a través sobre
zonas de vegetación natural de alto valor ambiental, afectando entre otros al HIC
prioritario 91E0* y al HIC 92A0. Estas formaciones resultan vitales para el correcto
funcionamiento ecológico del ZEC «Riberas del río Tera y afluentes» (ES4190067) y
están directamente relacionadas con la propia configuración de los cauces a nivel local,
su sombreado y la calidad de sus aguas, de lo que depende su funcionalidad ecológica y
la supervivencia de algunas de las especies más representativas de estos cauces.
Aunque la coincidencia con estas alisedas esté limitada como máximo a los 25 m
coincidentes con la ZEC alrededor de los ríos de La Ribera y Negro, y del arroyo de
Valdensilla, su situación exige evitar cualquier afección a las mismas. Por otro lado, debe
tenerse en cuenta que el bosque de ribera se funde con los bosques zonales propios de
las laderas constituidos por robledales (HIC 9230) o encinares (HIC 9340), con enclaves
localizados de castañares (9260). Del mismo modo, debe considerarse el elevado
protagonismo en el entorno del área de implantación del proyecto y la presencia de
praderas, herbazales y juncales con alto nivel de humedad que incluyen sistemas
turbosos de alto valor ambiental de los que dependen numerosas especies de flora y
fauna, algunas de ellas consideradas valores clave de la ZEC como la rana patilarga
(Rana iberica), el sapillo pintojo ibérico (Discoglossus galganoi) y el galápago europeo
(Emys orbicularis). La presencia de estas formaciones se complementa con distintos
sistemas vinculados al manejo humano, como prados de siega con muretes de piedra y
setos vivos, multiplicando los microhábitats disponibles para numerosas especies de
fauna, que constituyen algunos de los grandes valores de la ZEC. Resulta por tanto
necesario evitar la destrucción de estos hábitats y cualquier efecto indeseado sobre ellos
derivado del proyecto. Este aspecto resulta complejo, considerando que en la fase de
construcción se espera una alteración directa de los mismos al eliminar la vegetación
natural, e indirecta por el incremento del pisoteo y presencia de maquinaria y personal,
como durante la fase de explotación, dada la necesidad de mantener despejada de
vegetación la zona asociada con la línea de evacuación.
En este mismo sentido, se considera que el soterramiento de la línea eléctrica
supone un cambio sustancial en la naturaleza del proyecto originalmente evaluado, que
podría afectar a especies ligadas a los hábitats fluviales, entre las que destacan, por su
delicada situación de conservación, dos invertebrados de interés, la náyade de río
(Margaritifera margaritifera) y la libélula Oxygastra curtisii,. Igualmente, tampoco se
puede descartar la afección al desmán ibérico (Galemys pyrenaicus), y a poblaciones de
especies piscícolas como la trucha común (Salmo trutta), la boga del Duero
(Pseudochondrostoma duriense), la bermejuela (Achondrostoma arcasii) o la
lamprehuela (Cobitis calderoni), cuya conservación está comprometida por la pérdida de
calidad de las aguas, o de la nutria común (Lutra lutra), el mirlo acuático (Cinclus cinclus)
o el martín pescador (Alcedo atthis), especies sensibles a la alteración de su hábitat. La
especial sensibilidad a afecciones indirectas derivadas del incremento de sólidos,
destrucción del hábitat y pérdida de funcionalidad de estas especies presentes en el ZEC
«Riberas del río Tera y afluentes» (ES4190067) debería haber motivado un análisis en
mayor profundidad.
Por otra parte, debe resaltarse que la Confederación Hidrográfica del Duero concluye
que, a tenor de los documentos presentados, es previsible que el proyecto pueda causar
impactos negativos sobre el dominio público hidráulico que supongan un deterioro
adicional de las masas de agua afectadas y una afección directa a la Reserva Natural
Fluvial Río Negro y Afluentes. Por ello, esta Confederación solicita que se evite la
disposición de paneles solares en la cuenca vertiente de esta reserva hidrológica, y
solicita la modificación del trazado de la línea de alta tensión, evitando los cruces con el
Dominio Público Hidráulico protegido dentro de dicha reserva.
De todo lo anterior se puede concluir que el proyecto previsiblemente causará
efectos negativos significativos sobre el medio ambiente, y que las medidas previstas en
el estudio de impacto ambiental no son una garantía suficiente de su adecuada
prevención, corrección o compensación.
cve: BOE-A-2023-2919
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 29
Viernes 3 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 15800
Tal y como manifiesta el promotor, la línea eléctrica cruzaría campo a través sobre
zonas de vegetación natural de alto valor ambiental, afectando entre otros al HIC
prioritario 91E0* y al HIC 92A0. Estas formaciones resultan vitales para el correcto
funcionamiento ecológico del ZEC «Riberas del río Tera y afluentes» (ES4190067) y
están directamente relacionadas con la propia configuración de los cauces a nivel local,
su sombreado y la calidad de sus aguas, de lo que depende su funcionalidad ecológica y
la supervivencia de algunas de las especies más representativas de estos cauces.
Aunque la coincidencia con estas alisedas esté limitada como máximo a los 25 m
coincidentes con la ZEC alrededor de los ríos de La Ribera y Negro, y del arroyo de
Valdensilla, su situación exige evitar cualquier afección a las mismas. Por otro lado, debe
tenerse en cuenta que el bosque de ribera se funde con los bosques zonales propios de
las laderas constituidos por robledales (HIC 9230) o encinares (HIC 9340), con enclaves
localizados de castañares (9260). Del mismo modo, debe considerarse el elevado
protagonismo en el entorno del área de implantación del proyecto y la presencia de
praderas, herbazales y juncales con alto nivel de humedad que incluyen sistemas
turbosos de alto valor ambiental de los que dependen numerosas especies de flora y
fauna, algunas de ellas consideradas valores clave de la ZEC como la rana patilarga
(Rana iberica), el sapillo pintojo ibérico (Discoglossus galganoi) y el galápago europeo
(Emys orbicularis). La presencia de estas formaciones se complementa con distintos
sistemas vinculados al manejo humano, como prados de siega con muretes de piedra y
setos vivos, multiplicando los microhábitats disponibles para numerosas especies de
fauna, que constituyen algunos de los grandes valores de la ZEC. Resulta por tanto
necesario evitar la destrucción de estos hábitats y cualquier efecto indeseado sobre ellos
derivado del proyecto. Este aspecto resulta complejo, considerando que en la fase de
construcción se espera una alteración directa de los mismos al eliminar la vegetación
natural, e indirecta por el incremento del pisoteo y presencia de maquinaria y personal,
como durante la fase de explotación, dada la necesidad de mantener despejada de
vegetación la zona asociada con la línea de evacuación.
En este mismo sentido, se considera que el soterramiento de la línea eléctrica
supone un cambio sustancial en la naturaleza del proyecto originalmente evaluado, que
podría afectar a especies ligadas a los hábitats fluviales, entre las que destacan, por su
delicada situación de conservación, dos invertebrados de interés, la náyade de río
(Margaritifera margaritifera) y la libélula Oxygastra curtisii,. Igualmente, tampoco se
puede descartar la afección al desmán ibérico (Galemys pyrenaicus), y a poblaciones de
especies piscícolas como la trucha común (Salmo trutta), la boga del Duero
(Pseudochondrostoma duriense), la bermejuela (Achondrostoma arcasii) o la
lamprehuela (Cobitis calderoni), cuya conservación está comprometida por la pérdida de
calidad de las aguas, o de la nutria común (Lutra lutra), el mirlo acuático (Cinclus cinclus)
o el martín pescador (Alcedo atthis), especies sensibles a la alteración de su hábitat. La
especial sensibilidad a afecciones indirectas derivadas del incremento de sólidos,
destrucción del hábitat y pérdida de funcionalidad de estas especies presentes en el ZEC
«Riberas del río Tera y afluentes» (ES4190067) debería haber motivado un análisis en
mayor profundidad.
Por otra parte, debe resaltarse que la Confederación Hidrográfica del Duero concluye
que, a tenor de los documentos presentados, es previsible que el proyecto pueda causar
impactos negativos sobre el dominio público hidráulico que supongan un deterioro
adicional de las masas de agua afectadas y una afección directa a la Reserva Natural
Fluvial Río Negro y Afluentes. Por ello, esta Confederación solicita que se evite la
disposición de paneles solares en la cuenca vertiente de esta reserva hidrológica, y
solicita la modificación del trazado de la línea de alta tensión, evitando los cruces con el
Dominio Público Hidráulico protegido dentro de dicha reserva.
De todo lo anterior se puede concluir que el proyecto previsiblemente causará
efectos negativos significativos sobre el medio ambiente, y que las medidas previstas en
el estudio de impacto ambiental no son una garantía suficiente de su adecuada
prevención, corrección o compensación.
cve: BOE-A-2023-2919
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 29