III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2922)
Resolución de 23 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque solar fotovoltaico "Guadame Solar 5" de 138,427 MWp/130,68 MWn, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Córdoba, Bujalance, Montoro y El Carpio (Córdoba)».
24 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 29

Viernes 3 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 15881

(18) No se podrá cortar, arrancar, podar o dañar especies de flora incluidas en el
Catálogo Español de Especies Amenazadas, en el Catálogo Andaluz de Especies
Amenazadas, en el Anejo V de la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la
Biodiversidad o en los Atlas y Libros Rojos de especies silvestres. En caso de detectarse
especies incluidas en los citados documentos que puedan verse afectadas, deberán
interrumpirse los trabajos y comunicar esta circunstancia a la Delegación Territorial de
Córdoba con el fin de adoptar las correspondientes medidas de protección y/o proceder
a las autorizaciones correspondientes.
(19) Se solicitará autorización previa a la Delegación Territorial de Desarrollo
Sostenible de Córdoba de modificación de la cubierta forestal de la ribera de los arroyos
asociada al levantamiento de la línea de evacuación, y mantenimiento de las
servidumbres de paso incluyendo las labores de corta, quema, arranque o inutilización
de especies forestales del Anexo del Reglamento Forestal.
(20) Una vez finalizadas las labores silvícolas, se deberá remitir a Delegación
Territorial de Desarrollo Sostenible de Córdoba para su aprobación una memoria de las
labores realizadas. La restauración no se considerará realizada hasta que las riberas
recuperen la cobertura y funcionalidad propias del monte.
2.5

Fauna.

– Eliminar la instalación de dos comederos por cada 10 ha propuestos y dirigir esta
medida a la mejora de hábitats.
– Antes del inicio de las obras, se incluirá una propuesta de diseño, localización y
número de cajas nido para cernícalo vulgar, y otras para rapaces nocturnas de pequeño
y mediano tamaño como la lechuza, tanto en la zona norte como en la zona sur de la
PFV. En la zona sur de la PFV algunos de los nidos que hay previstos instalar serán
diseñados específicamente para favorecer la cría de carraca europea.
– Se eliminará la medida indicada en el EsIA de «mantenimiento y mejora de una de
las colonias de cernícalo primilla próximas»
– Se instalará al menos un edificio polivalente en cada zona de la PFV Guadame
Solar 5 norte y sur para la cría de cernícalo primilla, lechuza y otras rapaces de pequeño

cve: BOE-A-2023-2922
Verificable en https://www.boe.es

(21) Las obras de instalación y desmantelamiento se iniciarán desde septiembre a
febrero de cada año natural para evitar que solapen con la reproducción de las
principales especies presentes en la zona. La zona con mayor vulnerabilidad se
encuentra en el entorno del arroyo de Lorilla por su posible afección al sisón y a la
carraca europea. Previo al inicio de las obras se realizará una prospección de la zona y
áreas más próximas a la actuación por personal especializado, para detectar especies
sensibles. Una vez comenzadas las obras, ya sea antes o después del periodo
reproductor, se podrá continuar con los trabajos, no obstante, la vigilancia de la avifauna
será continua durante el transcurso de las obras, proponiéndose al menos una visita
quincenal durante los meses de duración de estas.
(22) Tal y como indica el Departamento de Geodiversidad y Biodiversidad de
Córdoba, el vallado perimetral, tanto de la PFV como de la SET, deberá ajustarse a las
características indicadas en la «Guía metodológica para valoración de repercusiones de
las instalaciones solares sobre especies de avifauna esteparia» publicada por la
Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico y con el artículo 70 de del Reglamento de
Ordenación de la Caza, Decreto 126/2017, de 25 de julio. El vallado se modificará para
incluir pasos de fauna a ras de suelo cada 50m, además de incluir placas de aluminio
con tamaño 25x15 cm de color blanco, de 1,2 mm de grosor, con una distancia de 1,5
a 2m en zigzag y usando los tres alambres superiores. Las placas quedarán fijas, sin
posibilidad de que se muevan con el viento.
(23) Medidas planteadas en el EsIA que deberán ser sustituidas por otras, de
acuerdo con lo señalado por el Servicio de Gestión del Medio Natural de la Delegación
Territorial de Desarrollo Sostenible de Córdoba, y que serán coordinadas con el mismo: