III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2909)
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque eólico Moeche, de 53 MW de potencia, y ubicado en los términos municipales de Moeche, As Somozas, As Pontes y San Sadurniño, en la provincia de A Coruña, así como de sus infraestructuras de evacuación asociadas".
25 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 29
Viernes 3 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 15561
clasificadas como carreteras principales, las de primer orden y las de segundo orden,
obteniendo un total de 70 carreteras. Desde la mayoría de estas carreteras será visible al
menos un aerogenerador y en las carreteras que están más cerca del futuro parque
serán visibles la mayor parte de los aerogeneradores. Cabe destacar la autovía AG-64,
la cual tiene visibilidad del parque eólico en algunos tramos y discurre paralela a la línea
de evacuación.
El Instituto de Estudios del Territorio de Galicia informa que el principal impacto
paisajístico del proyecto será la incidencia visual producida por los aerogeneradores, que por
su forma y altura serán visibles desde una amplia extensión del territorio y a largas distancias.
En este caso, entre las zonas afectadas por la incidencia visual de las infraestructuras del
parque cabe destacar el Castelo de Moeche, así como numerosos asentamientos que se
sitúan en el entorno a cortas distancias. El Instituto de Estudios del Territorio de Galicia indica
que deben descartarse las posiciones M2 y M6 de mayor incidencia visual sobre el Castillo de
Moeche, y que se deberán desplazar las posiciones de los aerogeneradores 3 y 4 hacia el
este para reducir su impacto visual sobre el citado castillo.
Patrimonio cultural y bienes de dominio público.
La memoria de evaluación de impacto sobre el patrimonio cultural recoge un total
de 19 bienes patrimoniales, de los cuales 13 son de tipo arqueológico, 10 elementos
estaban ya inventariados y 3 son inéditos. Los nuevos elementos arqueológicos
localizados durante la prospección se corresponden con un túmulo (Túmulo de Prabos),
un petroglifo (Petroglifo de Cabanela) y un topónimo (A Rodela TO-01). También se
indica que tras la prospección que existen un total de 14 elementos visibles,
pertenecientes al patrimonio cultural en el entorno del proyecto eólico, de los que 8 son
bienes de carácter arqueológico, 5 arquitectónicos y una vía cultural.
El estudio de impacto ambiental evalúa el impacto en los bienes patrimoniales. De
los bienes arquitectónicos y la vía cultural identificados, considera que se ven afectados
«Casa 02 en Souto» y «Camiño Real en Tiquión», ambos en As Somozas, considerando
en ambos casos su impacto compatible. La memoria de prospección del parque eólico
Moeche evalúa el impacto que pueden sufrir los 8 elementos arqueológicos. Así, se
indica que el «Túmulo de Prabos», el «Castro de Sta Cruz» y el «Petróglifo da
Cabanela» no van a sufrir un impacto real al situarse fuera del área de incidencia de las
obras. Por el contrario, considera que la «Mámoa», el «Túmulo dos Caneiros», el
«Machado pulimentado dos Caneiros» y el topónimo «A Rodela» sufrirán un impacto
compatible. Por último, considera que el impacto en el «Túmulo de Monte Pico» será
moderado. El estudio de impacto ambiental propone medidas como el balizamiento, con
material no perecedero, de los elementos patrimoniales antes del comienzo de las obras
o el control arqueológico presencial en las obras que afecten a estos bienes.
El proyecto no afecta a ningún Monte de Utilidad Pública.
La Dirección General de Patrimonio Cultural de la Xunta de Galicia constata que
dentro de la poligonal del parque eólico y en el contorno de su línea de evacuación
existen bienes del patrimonio cultural que se pueden ver afectados por el proyecto. Entre
ellos destaca el Castillo de Moeche, elemento que cuenta con la consideración de Bien
de Interés Cultural (BIC) por la disposición adicional segunda de la Ley 16/1985, de 30
de junio, del Patrimonio Histórico Español. Parte de los aerogeneradores e
infraestructuras del parque eólico Moeche se emplazan en los montes que rodean el
Castillo y serán claramente visibles, tanto desde el interior del BIC, especialmente desde
el adarve y la torre, así como desde el camino de aproximación al monumento. Los
aerogeneradores M2, M3, M4, M5 y M6, circundan el monumento, emplazándose los
más próximos (M2 y M6) a 900 m y el M5 a 1.100 metros. Las obras para ejecutar el M6
se sitúan a 800 m del castillo. Este impacto visual se considera relevante, y su
construcción representa un claro peligro de destrucción o deterioro de los valores
culturales e identitarios que la declaración del bien pretende preservar. Además, también
están próximos a los bienes catalogados «Casa blasonada de Tuiril» y «Casa de
Loureiros».
cve: BOE-A-2023-2909
Verificable en https://www.boe.es
4.2.8
Núm. 29
Viernes 3 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 15561
clasificadas como carreteras principales, las de primer orden y las de segundo orden,
obteniendo un total de 70 carreteras. Desde la mayoría de estas carreteras será visible al
menos un aerogenerador y en las carreteras que están más cerca del futuro parque
serán visibles la mayor parte de los aerogeneradores. Cabe destacar la autovía AG-64,
la cual tiene visibilidad del parque eólico en algunos tramos y discurre paralela a la línea
de evacuación.
El Instituto de Estudios del Territorio de Galicia informa que el principal impacto
paisajístico del proyecto será la incidencia visual producida por los aerogeneradores, que por
su forma y altura serán visibles desde una amplia extensión del territorio y a largas distancias.
En este caso, entre las zonas afectadas por la incidencia visual de las infraestructuras del
parque cabe destacar el Castelo de Moeche, así como numerosos asentamientos que se
sitúan en el entorno a cortas distancias. El Instituto de Estudios del Territorio de Galicia indica
que deben descartarse las posiciones M2 y M6 de mayor incidencia visual sobre el Castillo de
Moeche, y que se deberán desplazar las posiciones de los aerogeneradores 3 y 4 hacia el
este para reducir su impacto visual sobre el citado castillo.
Patrimonio cultural y bienes de dominio público.
La memoria de evaluación de impacto sobre el patrimonio cultural recoge un total
de 19 bienes patrimoniales, de los cuales 13 son de tipo arqueológico, 10 elementos
estaban ya inventariados y 3 son inéditos. Los nuevos elementos arqueológicos
localizados durante la prospección se corresponden con un túmulo (Túmulo de Prabos),
un petroglifo (Petroglifo de Cabanela) y un topónimo (A Rodela TO-01). También se
indica que tras la prospección que existen un total de 14 elementos visibles,
pertenecientes al patrimonio cultural en el entorno del proyecto eólico, de los que 8 son
bienes de carácter arqueológico, 5 arquitectónicos y una vía cultural.
El estudio de impacto ambiental evalúa el impacto en los bienes patrimoniales. De
los bienes arquitectónicos y la vía cultural identificados, considera que se ven afectados
«Casa 02 en Souto» y «Camiño Real en Tiquión», ambos en As Somozas, considerando
en ambos casos su impacto compatible. La memoria de prospección del parque eólico
Moeche evalúa el impacto que pueden sufrir los 8 elementos arqueológicos. Así, se
indica que el «Túmulo de Prabos», el «Castro de Sta Cruz» y el «Petróglifo da
Cabanela» no van a sufrir un impacto real al situarse fuera del área de incidencia de las
obras. Por el contrario, considera que la «Mámoa», el «Túmulo dos Caneiros», el
«Machado pulimentado dos Caneiros» y el topónimo «A Rodela» sufrirán un impacto
compatible. Por último, considera que el impacto en el «Túmulo de Monte Pico» será
moderado. El estudio de impacto ambiental propone medidas como el balizamiento, con
material no perecedero, de los elementos patrimoniales antes del comienzo de las obras
o el control arqueológico presencial en las obras que afecten a estos bienes.
El proyecto no afecta a ningún Monte de Utilidad Pública.
La Dirección General de Patrimonio Cultural de la Xunta de Galicia constata que
dentro de la poligonal del parque eólico y en el contorno de su línea de evacuación
existen bienes del patrimonio cultural que se pueden ver afectados por el proyecto. Entre
ellos destaca el Castillo de Moeche, elemento que cuenta con la consideración de Bien
de Interés Cultural (BIC) por la disposición adicional segunda de la Ley 16/1985, de 30
de junio, del Patrimonio Histórico Español. Parte de los aerogeneradores e
infraestructuras del parque eólico Moeche se emplazan en los montes que rodean el
Castillo y serán claramente visibles, tanto desde el interior del BIC, especialmente desde
el adarve y la torre, así como desde el camino de aproximación al monumento. Los
aerogeneradores M2, M3, M4, M5 y M6, circundan el monumento, emplazándose los
más próximos (M2 y M6) a 900 m y el M5 a 1.100 metros. Las obras para ejecutar el M6
se sitúan a 800 m del castillo. Este impacto visual se considera relevante, y su
construcción representa un claro peligro de destrucción o deterioro de los valores
culturales e identitarios que la declaración del bien pretende preservar. Además, también
están próximos a los bienes catalogados «Casa blasonada de Tuiril» y «Casa de
Loureiros».
cve: BOE-A-2023-2909
Verificable en https://www.boe.es
4.2.8