II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Nombramientos. (BOE-A-2023-2639)
Resolución de 26 de enero de 2023, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se nombra personal funcionario de carrera, por el sistema general de ingreso libre, al Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 27

Miércoles 1 de febrero de 2023

Sec. II.A. Pág. 14497

obtienen destino en Servicios Centrales y en las Delegaciones o Subdelegaciones del
Gobierno, en su caso, respecto del personal funcionario destinado en los servicios
periféricos de ámbito regional o provincial, respectivamente.
Tercero.
Respecto a la persona aspirante que ha accedido al proceso selectivo por el turno de
reserva para personas con discapacidad y que ha solicitado la alteración del orden de
prelación para la elección de destinos, por motivos de dependencia personal, dificultades
de desplazamiento u otros análogos, tal como precisa el referido artículo 9 del Real
Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, no se considera que haya quedado debidamente
acreditada la necesidad de alterar dicho orden y la adjudicación de destino para la
misma se realiza de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 del Reglamento
General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de
la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo.
Cuarto.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá
interponer, potestativamente, recurso de reposición ante esta Secretaría de Estado en el
plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad
con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia
Nacional, en el plazo de dos meses, a partir asimismo, del día siguiente al de su
publicación, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa. En caso de interponer un recurso de reposición,
no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea
resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.

cve: BOE-A-2023-2639
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Madrid, 26 de enero de 2023.–La Secretaria de Estado de Función Pública, Lidia
Sánchez Milán.