III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2587)
Resolución de 18 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta solar fotovoltaica Ciudad Rodrigo de 318,087 MWp, y su infraestructura de evacuación, en Ciudad Rodrigo (Salamanca)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 26

Martes 31 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 13983

la Cigüeña Negra, establecida en el Plan de Recuperación de la Cigüeña Negra, por lo
que considera que pueden existir afecciones por el riesgo de colisión o electrocución
derivados del tramo aéreo de la línea eléctrica, así como por la afección a áreas de
alimentación por transformación de uso del territorio. Asimismo, confirma que, de
acuerdo con la cartografía de las Zonas de Sensibilidad ambiental ante proyectos de
energía renovables elaborada por la Junta de Castilla y León, el proyecto se ubica en
una zona de sensibilidad Muy Alta para aves planeadoras, y en una zona de sensibilidad
Media y Baja para aves esteparias. No obstante, la Dirección General de Patrimonio
Natural y Política Forestal no prevé afección si se cumple el condicionado que establece,
que se recoge en esta resolución, principalmente el soterramiento de la línea aérea,
cuestión que el promotor no considera necesario dada su escasa longitud y la instalación
prevista de salvapájaros.
Espacios naturales protegidos. Red Natura 2000.

Tal y como ha confirmado la Dirección General de Patrimonio Natural y Política
Forestal de la Junta de Castilla y León, el proyecto no presenta coincidencia territorial ni
afectará indirectamente a la Red de Espacios Naturales Protegidos de Castilla y León, a
Zonas Húmedas Catalogadas de Castilla y León, a ejemplares incluidos en el Catálogo
de Árboles Notables de Castilla y León ni a Zonas propuestas como Lugares Geológico o
Paleontológico de Interés Especial.
El EsIA actualizado incluye un estudio de afecciones del proyecto sobre la Red
Natura 2000 que concluye que no hay afecciones directas sobre los espacios Red
Natura 2000 situados en un radio de 10 km en torno al proyecto: la ZEPA ES0000218 y
la Zona Especial de Conservación (ZEC) ES4150098 «Campo de Argañán»,
prácticamente colindantes en su punto más cercano al vallado de la PFV y a unos 900 m
y 600 m respectivamente de la LAAT; la ZEPA ES0000202 «Campo de Azaba» a
unos 3,5 km del vallado de la PFV y a 6,1 km de la LAAT y la ZEC ES4150064 «Riberas
de los Ríos Huebra, Yeltes, Uces y afluentes» a unos 7,7 km del vallado y 11,5 km de la
LAAT.
Durante la fase de obras (construcción y desmantelamiento), el EsIA actualizado
prevé únicamente efectos indirectos y temporales sobre la ZEPA y ZEC colindantes,
siendo la avifauna el grupo más sensible, especialmente en fase de explotación por la
pérdida de espacios para la alimentación y la nidificación. El promotor reconoce que la
ocupación de terrenos por la instalación fotovoltaica, en especial en la zona norte,
reduce la superficie de hábitats potenciales para las especies de la ZEC. Estima que,
tras su desmantelamiento se producirá una recuperación de esos hábitats potenciales,
siempre que se modifique el uso del suelo actual, el cual, según indica, supone una serie
de presiones sobre el espacio, principalmente ganaderas. En todo caso, el EsIA
actualizado contempla, durante toda la vida útil del proyecto, tomar las medidas
adecuadas para garantizar que no se producen afecciones a los espacios protegidos
próximos. El promotor considera que, con la aplicación de las medidas previstas para la
vegetación y la fauna se subsanarán aquellos problemas que puedan aparecer en los
espacios de la Red Natura 2000 adyacentes.
La Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla
y León puntualiza la ubicación de los espacios Red Natura 2000 más próximos respecto
a las infraestructuras. Advierte que, aunque no exista coincidencia territorial, el proyecto
se encuentra en la matriz de espacios RN 2000 de la Comarca de Ciudad Rodrigo,
incluido entre dos zonas ZEC y ZEPA. No obstante, no prevé la existencia de afecciones
indirectas, ya sea individualmente o en combinación con otros, que pudieran causar
perjuicio a la integridad de cualquier lugar incluido en la Red Natura 2000, siempre y
cuando se cumplan las medidas recogidas en el EsIA actualizado, así como las
condiciones que establece, que forman parte del condicionado de esta resolución.

cve: BOE-A-2023-2587
Verificable en https://www.boe.es

b6.