II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2023-2405)
Resolución de 23 de enero de 2023, de la Universidad de León, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plaza de personal laboral fijo de la categoría de Titulado de Grado Medio, Formación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 30 de enero de 2023
Sec. II.B. Pág. 12699
Cualquier propuesta final de aprobados que contravenga lo establecido en este punto
será nula de pleno derecho.
No obstante, lo anterior, siempre que el Tribunal haya propuesto igual número de
aspirantes que el de plazas convocadas y con el fin de asegurar la cobertura de las
mismas, el Rector Magnífico podrá requerir al Tribunal la relación complementaria de los
aspirantes aprobados que sigan a los propuestos, para su nombramiento, cuando se
produzca alguna de las siguientes circunstancias:
a) Que se registre la renuncia o tenga lugar el fallecimiento de alguno de los
aspirantes que han superado el proceso selectivo antes de su nombramiento.
b) Que algún aspirante que ha superado el proceso selectivo no presente la
documentación exigida o del examen de ésta se deduzca que carece de los requisitos
establecidos en la convocatoria.
5.13 Contra los acuerdos y actos de trámite del Tribunal, si estos últimos deciden
directa o indirectamente el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el
procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses
legítimos, podrán interponer los interesados recurso de alzada ante el Rector de la
Universidad de León.
6.
Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por el primer
aspirante cuyo apellido comience por la letra «R» de conformidad con lo establecido en
Orden PRE/51/2022, de 24 de enero, por la se hace público el resultado del sorteo para
determinar el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos de la
Administración de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos
(BOCyL de 02 de febrero de 2022).
6.2 En cualquier momento, los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros
del Tribunal con la finalidad de acreditar su personalidad.
6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento,
siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza
mayor, debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.
6.4 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento
de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la
presente convocatoria, previa audiencia del interesado deberá proponer su exclusión al
Rector de la Universidad de León, comunicándole asimismo las inexactitudes o
falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas
selectivas, a los efectos procedentes.
6.5 El procedimiento selectivo deberá resolverse en el plazo máximo de ocho
meses, contados desde la publicación de la resolución que eleve a definitivas las listas
provisionales de aspirantes admitidos y excluidos. Los solicitantes podrán entender
desestimadas sus peticiones transcurrido el tiempo máximo establecido sin que caiga
resolución expresa.
7. Lista de aprobados y Bolsa de Trabajo
7.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará públicas en la página Web
de la Universidad, las Relaciones de Aspirantes Aprobados, por orden de puntuación
alcanzada, con indicación de su Documento Nacional de Identidad, una vez sumadas las
puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y de concurso.
En todo caso, el Tribunal calificador garantizará la cobertura de la totalidad de las
plazas convocadas (siempre y cuando los aspirantes superen las fases de concurso y de
oposición).
cve: BOE-A-2023-2405
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 25
Lunes 30 de enero de 2023
Sec. II.B. Pág. 12699
Cualquier propuesta final de aprobados que contravenga lo establecido en este punto
será nula de pleno derecho.
No obstante, lo anterior, siempre que el Tribunal haya propuesto igual número de
aspirantes que el de plazas convocadas y con el fin de asegurar la cobertura de las
mismas, el Rector Magnífico podrá requerir al Tribunal la relación complementaria de los
aspirantes aprobados que sigan a los propuestos, para su nombramiento, cuando se
produzca alguna de las siguientes circunstancias:
a) Que se registre la renuncia o tenga lugar el fallecimiento de alguno de los
aspirantes que han superado el proceso selectivo antes de su nombramiento.
b) Que algún aspirante que ha superado el proceso selectivo no presente la
documentación exigida o del examen de ésta se deduzca que carece de los requisitos
establecidos en la convocatoria.
5.13 Contra los acuerdos y actos de trámite del Tribunal, si estos últimos deciden
directa o indirectamente el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el
procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses
legítimos, podrán interponer los interesados recurso de alzada ante el Rector de la
Universidad de León.
6.
Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por el primer
aspirante cuyo apellido comience por la letra «R» de conformidad con lo establecido en
Orden PRE/51/2022, de 24 de enero, por la se hace público el resultado del sorteo para
determinar el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos de la
Administración de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos
(BOCyL de 02 de febrero de 2022).
6.2 En cualquier momento, los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros
del Tribunal con la finalidad de acreditar su personalidad.
6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento,
siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza
mayor, debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.
6.4 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento
de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la
presente convocatoria, previa audiencia del interesado deberá proponer su exclusión al
Rector de la Universidad de León, comunicándole asimismo las inexactitudes o
falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas
selectivas, a los efectos procedentes.
6.5 El procedimiento selectivo deberá resolverse en el plazo máximo de ocho
meses, contados desde la publicación de la resolución que eleve a definitivas las listas
provisionales de aspirantes admitidos y excluidos. Los solicitantes podrán entender
desestimadas sus peticiones transcurrido el tiempo máximo establecido sin que caiga
resolución expresa.
7. Lista de aprobados y Bolsa de Trabajo
7.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará públicas en la página Web
de la Universidad, las Relaciones de Aspirantes Aprobados, por orden de puntuación
alcanzada, con indicación de su Documento Nacional de Identidad, una vez sumadas las
puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y de concurso.
En todo caso, el Tribunal calificador garantizará la cobertura de la totalidad de las
plazas convocadas (siempre y cuando los aspirantes superen las fases de concurso y de
oposición).
cve: BOE-A-2023-2405
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 25