III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2420)
Resolución de 12 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Elawan Tordesillas IV de 50,064 MWp/41,90 MWn, y su infraestructura de evacuación, en Velilla, Bercero y Tordesillas (Valladolid)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 25

Lunes 30 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 12820

obstante, se deberá obtener informe favorable del Servicio Territorial de Cultura respecto
al nuevo trazado de la línea de evacuación y, en su caso, llevar a cabo todas las medidas
preventivas indicadas por el citado Servicio.
En lo relativo a otros bienes materiales, el Servicio Territorial de Medio Ambiente de
Valladolid de la Junta de Castilla y León informa que la vía pecuaria Cañada Real de
Tordesillas a Torrelobatón es colindante a la planta fotovoltaica y la línea de evacuación
cruza otras. Estas vías no podrán ser ocupadas bajo ningún concepto y se deberá
respetar su anchura legal. Se recuerda la importancia de garantizar el mantenimiento del
correcto estado de estas vías pecuarias y que no se vea interrumpido el paso ganadero
en ningún momento, tanto durante la fase de obra como posteriormente, así como
garantizar los demás usos compatibles y complementarios según se recogen en la
Ley 3/1995, de 23 de marzo de Vías Pecuarias. Asimismo, indica que no existe
coincidencia del proyecto con Montes de Utilidad Pública ni con montes protectores.
b.8 Efectos acumulativos y sinérgicos: Entre los principales impactos acumulativos
y sinérgicos derivado de la construcción de las trece plantas fotovoltaicas proyectadas en
el nudo de Tordesillas (Valladolid) se puede destacar la pérdida de hábitat, el efecto
barrera y la fragmentación del territorio por la instalación de las nuevas infraestructuras,
la proliferación de líneas aéreas de alta tensión para evacuar la energía eléctrica
generada, el impacto paisajístico al modificar notablemente el medio perceptual del
entorno o las potenciales alteraciones en el ciclo del agua a escala local, las aguas
subterráneas, la red hidrográfica y sus sistemas ecológicos asociados. Tanto el Servicio
Territorial de Medio Ambiente de Valladolid de la Junta de Castilla y León como la
Confederación Hidrográfica del Duero indican la posibilidad de impactos acumulativos y
sinérgicos sobre la avifauna y el paisaje y sobre el medio hídrico, respectivamente.
La presente resolución incluye medidas preventivas y correctoras y seguimientos
específicos que, junto a las medidas incluidas en el EsIA, permiten controlar, atenuar o
incluso eliminar los potenciales impactos sobre los diversos factores ambientales,
minimizando así los potenciales efectos acumulativos y sinérgicos con el resto de los
proyectos del nudo.
Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto:

La Agencia de Protección Civil de la Junta de Castilla y León informa que los riesgos
de incendio en los municipios afectados por el proyecto son entre muy bajo y moderado
para el índice de riesgo local y bajo para el índice de peligrosidad en todos ellos. El
riesgo derivado del transporte por carretera de sustancias peligrosas es alto en el
municipio de Tordesillas y medio en el de Bercero para el transporte por carretera.
El promotor identifica como alta la probabilidad de ocurrencia de los riesgos de
caídas y accidentes en apertura de zanjas, la contaminación atmosférica por la emisión
de polvo y los riesgos meteorológicos (vientos fuertes, lluvias y fenómenos atmosféricos
extraordinarios). Respecto al riesgo de incendios y de inundaciones considera una
probabilidad de ocurrencia baja. Para evitar impactos por posibles riesgos el promotor
elaborará un plan de emergencias de la instalación.
Ninguna de las actuaciones que se proyecten, ni los diferentes usos que se asignen
al suelo deben incrementar el riesgo hacia las personas, sus bienes o el medio ambiente.
Si alguna actuación pudiera producir el citado aumento, deberá hacerse un análisis
previo indicando el grado de afección, así como las medidas necesarias para evitar
incrementar dichos riesgos. Para ello, el promotor deberá adoptar, en todas las fases del
proyecto, medidas preventivas encaminadas a minimizar el riesgo de incendio o de
cualquier otro riesgo potencial asociado a la planta fotovoltaica y su infraestructura de
evacuación e incluirlas en su correspondiente plan de autoprotección.
En todo caso, al igual que el resto de los aspectos técnicos específicos del proyecto,
la vulnerabilidad del proyecto, en base al análisis realizado por el promotor, es un factor
por considerar en la decisión de autorización del proyecto por parte del órgano
sustantivo.

cve: BOE-A-2023-2420
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c.