V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. (BOE-B-2023-2190)
Resolución número 2154/2022, de 28 de diciembre, de la Dirección General de Energía, por la que se concede la Autorización Administrativa y Declaración, en concreto, de Utilidad Pública, de las instalaciones eléctricas de alta tensión denominadas "Nuevo enlace eléctrico submarino, doble circuito, entre la subestación Chío (Tenerife) y la subestación El Palmar (La Gomera) a 66 kV", "Reformado del proyecto técnico de la nueva subestación eléctrica El Palmar de La Gomera 66 kV y del tramo subterráneo en la isla de La Gomera entre el PK 0+580 y la subestación El Palmar del enlace subterráneo-submarino de doble circuito entre la subestación Chío (Tenerife) y la subestación El Palmar (La Gomera)" y "Nueva subestación eléctrica Chío 66 kV", expedientes número SE-2021/001, SE-2021R002 Y SE-2021/003.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 23 de enero de 2023
Sec. V-B. Pág. 3582
-Se deberá solucionar el drenaje de las aguas pluviales de las instalaciones
para el periodo de retorno T = 500 años, debiendo quedar la infraestructura
eléctrica preservada frente a caudales asociados a dicho periodo de retorno
mediante las actuaciones y apantallamientos que garanticen tal objetivo.
-Se deberá precisar el destino final de los caudales de escorrentía recogidos,
tanto del drenaje de la plataforma como del drenaje perimetral.
Mediante escrito de referencia DTMA/TR/22-0575, de fecha 7 de julio de 2022,
el promotor informar que está desarrollando la ingeniería de detalle en la que se
incluyen el estudio se los drenajes tanto interiores como exteriores de la
Subestación, atendiendo los requerimientos indicados, tanto en el periodo de
retorno como en la ubicación de los puntos de desagüe de los drenajes interiores y
exteriores.
Con fecha 28 de noviembre de 2022, el Consejo Insular informa lo siguiente:
− Se cumple con lo estipulado en el artículo 145 de la Normativa del Plan
Hidrológico de Tenerife vigente (Sección II del Capítulo 3 del Título V).
− Deberá asegurarse que el agua concentrada en el punto bajo de la
Subestación Chío no afecte al drenaje superficial del ámbito ni afecte
negativamente a las parcelas, tanto públicas como privadas, ubicadas aguas abajo
de la actuación.
− En la documentación aportada se pone de manifiesto que se está
desarrollando, por parte de Red Eléctrica, «la ingeniería de detalle en la que se
incluyen el estudio de los drenajes tanto interiores como exteriores de la
Subestación, atendiendo los requerimientos indicados, tanto en el periodo de
retorno como en la ubicación de los puntos de desagüe de los drenajes interiores y
exteriores». Respecto a lo anterior, se deberá tener en cuenta que se deberá
resolver el drenaje perimetral de la Subestación Chío a los efectos de evitar la
invasión de los caudales provenientes de las laderas colindantes, asociados a un
periodo de retorno de T=500 años, mediante las actuaciones y apantallamientos
que garanticen tal objetivo
4) Servicio Contaminación Agua y suelos del Gobierno de Canarias: se solicita
emisión de informe en un plazo máximo de 30 días mediante oficio de fecha de 5
de marzo de 2021, no recibiéndose contestación.
5) Servicio Prevención y Control Contaminación del Gobierno de Canarias: se
solicita emisión de informe en un plazo máximo de 30 días mediante oficio de
fecha de 5 de marzo de 2021, no recibiéndose contestación.
6) Servicio Biodiversidad del Gobierno de Canarias: con fecha de 4 de agosto
de 2021 se recibe informe donde se reflejan las siguientes conclusiones:
-Según la cartografía del Mapa de Vegetación de Canarias, el ámbito donde se
pretende emplazar la futura Subestación Eléctrica Chío se encuentra desprovista
de vegetación natural.
-Según la información obrante en el Banco de Datos de Biodiversidad de
Canarias, se ha detectado la presencia en el ámbito de estudio de al menos 11
especies protegidas que pudieran verse directa o indirectamente afectadas en la
zona. Parte del trazado de la línea eléctrica subterránea desde la Subestación
cve: BOE-B-2023-2190
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 19
Lunes 23 de enero de 2023
Sec. V-B. Pág. 3582
-Se deberá solucionar el drenaje de las aguas pluviales de las instalaciones
para el periodo de retorno T = 500 años, debiendo quedar la infraestructura
eléctrica preservada frente a caudales asociados a dicho periodo de retorno
mediante las actuaciones y apantallamientos que garanticen tal objetivo.
-Se deberá precisar el destino final de los caudales de escorrentía recogidos,
tanto del drenaje de la plataforma como del drenaje perimetral.
Mediante escrito de referencia DTMA/TR/22-0575, de fecha 7 de julio de 2022,
el promotor informar que está desarrollando la ingeniería de detalle en la que se
incluyen el estudio se los drenajes tanto interiores como exteriores de la
Subestación, atendiendo los requerimientos indicados, tanto en el periodo de
retorno como en la ubicación de los puntos de desagüe de los drenajes interiores y
exteriores.
Con fecha 28 de noviembre de 2022, el Consejo Insular informa lo siguiente:
− Se cumple con lo estipulado en el artículo 145 de la Normativa del Plan
Hidrológico de Tenerife vigente (Sección II del Capítulo 3 del Título V).
− Deberá asegurarse que el agua concentrada en el punto bajo de la
Subestación Chío no afecte al drenaje superficial del ámbito ni afecte
negativamente a las parcelas, tanto públicas como privadas, ubicadas aguas abajo
de la actuación.
− En la documentación aportada se pone de manifiesto que se está
desarrollando, por parte de Red Eléctrica, «la ingeniería de detalle en la que se
incluyen el estudio de los drenajes tanto interiores como exteriores de la
Subestación, atendiendo los requerimientos indicados, tanto en el periodo de
retorno como en la ubicación de los puntos de desagüe de los drenajes interiores y
exteriores». Respecto a lo anterior, se deberá tener en cuenta que se deberá
resolver el drenaje perimetral de la Subestación Chío a los efectos de evitar la
invasión de los caudales provenientes de las laderas colindantes, asociados a un
periodo de retorno de T=500 años, mediante las actuaciones y apantallamientos
que garanticen tal objetivo
4) Servicio Contaminación Agua y suelos del Gobierno de Canarias: se solicita
emisión de informe en un plazo máximo de 30 días mediante oficio de fecha de 5
de marzo de 2021, no recibiéndose contestación.
5) Servicio Prevención y Control Contaminación del Gobierno de Canarias: se
solicita emisión de informe en un plazo máximo de 30 días mediante oficio de
fecha de 5 de marzo de 2021, no recibiéndose contestación.
6) Servicio Biodiversidad del Gobierno de Canarias: con fecha de 4 de agosto
de 2021 se recibe informe donde se reflejan las siguientes conclusiones:
-Según la cartografía del Mapa de Vegetación de Canarias, el ámbito donde se
pretende emplazar la futura Subestación Eléctrica Chío se encuentra desprovista
de vegetación natural.
-Según la información obrante en el Banco de Datos de Biodiversidad de
Canarias, se ha detectado la presencia en el ámbito de estudio de al menos 11
especies protegidas que pudieran verse directa o indirectamente afectadas en la
zona. Parte del trazado de la línea eléctrica subterránea desde la Subestación
cve: BOE-B-2023-2190
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Núm. 19