III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Subvenciones. (BOE-A-2023-1759)
Orden TED/1379/2022, de 28 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo del "Programa de voluntariado de ríos" en el ámbito competencial de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, O.A.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 17
Viernes 20 de enero de 2023
Disposición final primera.
Sec. III. Pág. 8511
Título competencial.
Esta orden se dicta al amparo de las competencias exclusivas que el
artículo 149.1.22.ª de la Constitución Española atribuye al Estado en materia de
legislación, ordenación, concesión y aprovechamientos hidráulicos cuando las aguas
discurran por más de una comunidad autónoma.
Disposición final segunda.
Entrada en vigor.
Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial
del Estado».
Madrid, 28 de diciembre de 2022.–La Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra
para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera Rodríguez.
ANEXO I
Criterios de puntuación y ponderación de priorización de los proyectos
Conforme a lo expuesto en el artículo 10 de las bases reguladoras, se tendrán en
cuenta los siguientes criterios y valoraciones, que se han dividido en 5 bloques generales
de valoración.
Bloque 1.
Calidad del proyecto de voluntariado (hasta 25 puntos)
En relación con la documentación de Memoria y presupuesto en la que se describan
las acciones previstas de voluntariado se valorará de la siguiente forma:
1.1 Claridad y concreción de la redacción (hasta 7 puntos): se valorará la comprensión
de los objetivos, acciones, lugares, personas, etc. Se establece el siguiente baremo:
Muy buena: 7.
Buena: 5.
Regular: 2.
Mala: 0.
1.2 Grado de definición de la propuesta de actividades (hasta 7 puntos): la Memoria
y presupuesto definen con claridad las actividades a realizar. Se establece el siguiente
baremo:
Muy buena: 7.
Buena: 5.
Regular: 2.
Mala: 0.
Muy buena: 7.
Buena: 5.
Regular: 2.
Mala: 0.
1.4 Plazos del proyecto acorde a las fechas indicadas en las bases de la
convocatoria (hasta 4 puntos). Se establece el siguiente baremo:
Si cumple plazos: 4.
No cumple plazos: 0.
cve: BOE-A-2023-1759
Verificable en https://www.boe.es
1.3 Grado de definición de los medios materiales, personales y económicos
necesarios para llevar a cabo todas y cada una de las actividades (hasta 7 puntos). Se
establece el siguiente baremo:
Núm. 17
Viernes 20 de enero de 2023
Disposición final primera.
Sec. III. Pág. 8511
Título competencial.
Esta orden se dicta al amparo de las competencias exclusivas que el
artículo 149.1.22.ª de la Constitución Española atribuye al Estado en materia de
legislación, ordenación, concesión y aprovechamientos hidráulicos cuando las aguas
discurran por más de una comunidad autónoma.
Disposición final segunda.
Entrada en vigor.
Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial
del Estado».
Madrid, 28 de diciembre de 2022.–La Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra
para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera Rodríguez.
ANEXO I
Criterios de puntuación y ponderación de priorización de los proyectos
Conforme a lo expuesto en el artículo 10 de las bases reguladoras, se tendrán en
cuenta los siguientes criterios y valoraciones, que se han dividido en 5 bloques generales
de valoración.
Bloque 1.
Calidad del proyecto de voluntariado (hasta 25 puntos)
En relación con la documentación de Memoria y presupuesto en la que se describan
las acciones previstas de voluntariado se valorará de la siguiente forma:
1.1 Claridad y concreción de la redacción (hasta 7 puntos): se valorará la comprensión
de los objetivos, acciones, lugares, personas, etc. Se establece el siguiente baremo:
Muy buena: 7.
Buena: 5.
Regular: 2.
Mala: 0.
1.2 Grado de definición de la propuesta de actividades (hasta 7 puntos): la Memoria
y presupuesto definen con claridad las actividades a realizar. Se establece el siguiente
baremo:
Muy buena: 7.
Buena: 5.
Regular: 2.
Mala: 0.
Muy buena: 7.
Buena: 5.
Regular: 2.
Mala: 0.
1.4 Plazos del proyecto acorde a las fechas indicadas en las bases de la
convocatoria (hasta 4 puntos). Se establece el siguiente baremo:
Si cumple plazos: 4.
No cumple plazos: 0.
cve: BOE-A-2023-1759
Verificable en https://www.boe.es
1.3 Grado de definición de los medios materiales, personales y económicos
necesarios para llevar a cabo todas y cada una de las actividades (hasta 7 puntos). Se
establece el siguiente baremo: