III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Subvenciones. (BOE-A-2023-1759)
Orden TED/1379/2022, de 28 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo del "Programa de voluntariado de ríos" en el ámbito competencial de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, O.A.
21 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 17

Viernes 20 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 8510

5. Asimismo, procederá el reintegro del exceso en los supuestos en que, por
concesión de subvenciones o ayudas de otras administraciones públicas, entes o
personas públicas o privadas, la cuantía de las subvenciones o ayudas otorgadas supere
el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario.
6. La resolución por la que se acuerde la revocación y, en su caso, reintegro será
adoptada por el órgano concedente de la subvención, previa instrucción del oportuno
procedimiento.
7. Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingreso de derecho
público y su cobro se llevará a efecto con sujeción a lo establecido para esta clase de
ingresos en la normativa vigente.
Artículo 17. Publicidad y Transparencia de las subvenciones.
1. La publicidad de las subvenciones se realizará de conformidad con lo dispuesto
en los artículos 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
2. En cumplimiento de lo establecido en la normativa vigente en materia de
transparencia en la actividad pública, las presentes bases serán publicadas en el Portal
de la Transparencia de la Administración General del Estado. Asimismo, serán objeto de
publicación en este portal, las ayudas concedidas con arreglo a las mismas, su importe,
objetivo o finalidad y beneficiarios.
3. Los beneficiarios de estas ayudas que reúnan los requisitos previstos en los
artículos 2 y 3 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la
información pública y buen gobierno, estarán sujetos al cumplimiento de las obligaciones
que en materia de transparencia señala esta norma, así como al régimen sancionador
estipulado, de conformidad con lo señalada en el artículo siguiente.
Artículo 18.

Responsabilidad y régimen sancionador.

El procedimiento sancionador se regirá por lo establecido en el capítulo III del título
preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, en lo relativo a los principios de la
potestad sancionadora, y en el título IV de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en lo que
respecta al procedimiento, con las especificidades contempladas en la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, y en el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.
Artículo 19. Cláusula de salvaguarda.
En todo lo no especificado en las bases, se estará a lo dispuesto en la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento de desarrollo, aprobado
por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; y demás
normativa de pertinente aplicación.

De conformidad con Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que
respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el
que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y la
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía
de los derechos digitales, se informa que los datos de los solicitantes serán incorporados
y almacenados en un fichero automatizado cuyo responsable es la CH Cantábrico. Estos
datos serán utilizados únicamente para las gestiones generadas por la petición del
interesado, que en todo momento podrá ejercer sus derechos de acceso, modificación, y
cancelación dirigiendo por escrito su solicitud a Secretaría General de la CH Cantábrico,
Plaza de España, n.º 2. 33071-Oviedo.

cve: BOE-A-2023-1759
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 20. Datos personales.