III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicios portuarios. (BOE-A-2023-146)
Resolución de 2 de diciembre de 2022, de la Autoridad Portuaria de A Coruña, por la que se publica la aprobación del Pliego de prescripciones particulares del servicio portuario de remolque en el puerto de A Coruña.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 4 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 1064
c. Tarifas máximas. Estas tarifas máximas serán de aplicación cuando el número de
prestadores del servicio se encuentre limitado o sea insuficiente para garantizar la
competencia, una vez sean aprobadas por el Consejo de Administración de la APAC
conforme a lo dispuesto en el artículo 125.2 d) del TRLPEMM.
Estas tarifas son por servicio independientemente del número de remolcadores que
se empleen en la maniobra.
Condiciones de aplicación a ambas dársenas (Langosteira e interior):
Pantalán y/o buques de mercancías peligrosas
Hasta 5.000 GT.
0,2755 euros/GT
De 5.001 a 15.000 GT.
0,4193 euros/GT
De 15.001 a 25.000 GT.
0,4480 euros/GT
De 25.001 a 40.000 GT.
0,4981 euros/GT
Más de 40.000 GT.
0,5610 euros/GT
Muelles comerciales
Hasta 8.000 GT.
0,2200 euros/GT
De 8.001 a 20.000 GT.
0,2301 euros/GT
De 20.001 a 30.000 GT.
0,2473 euros/GT
De 30.001 a 50.000 GT.
0,2627 euros/GT
Más de 50.000 GT.
0,2755 euros/GT
Buques de pasajeros
Hasta 8.000 GT.
0,0434 euros/GT
De 8.001 a 20.000 GT.
0,0434 euros/GT
De 20.001 a 30.000 GT.
0,0434 euros/GT
De 30.001 a 50.000 GT.
0,0434 euros/GT
Más de 50.000 GT.
0,0434 euros/GT
Servicio de escolta. Incluye la maniobra necesaria para acompañar a un buque
desde los puntos de recalada hasta la zona interior de la misma, en caso de entrada al
puerto, o la operación inversa en caso de salidas.
Condiciones complementarias exigibles:
– Para los servicios de movimiento, traslado, fondeo y similares de dragas,
gánguiles, pontonas, gabarras, plataformas, diques cajoneros, cajones de hormigón y
artefactos flotantes incluso a aquellos que presten sus servicios dentro de las aguas
interiores del puerto, en cualquiera de las dársenas, se aplicará una tarifa de:
Por cada remolcador de potencia < 2 x 1.550 kW, 950 euros/hora (desde la salida de
su puesto de atraque).
Por cada remolcador de potencia > 2 x 1.550 kW y <2 x 2.900 kW, 1.150 euros/hora
(desde la salida de su puesto de atraque).
Por cada remolcador de potencia > 2 x 2.900 kW, 1.500 euros/hora (desde la salida
de su puesto de atraque).
cve: BOE-A-2023-146
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 3
Miércoles 4 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 1064
c. Tarifas máximas. Estas tarifas máximas serán de aplicación cuando el número de
prestadores del servicio se encuentre limitado o sea insuficiente para garantizar la
competencia, una vez sean aprobadas por el Consejo de Administración de la APAC
conforme a lo dispuesto en el artículo 125.2 d) del TRLPEMM.
Estas tarifas son por servicio independientemente del número de remolcadores que
se empleen en la maniobra.
Condiciones de aplicación a ambas dársenas (Langosteira e interior):
Pantalán y/o buques de mercancías peligrosas
Hasta 5.000 GT.
0,2755 euros/GT
De 5.001 a 15.000 GT.
0,4193 euros/GT
De 15.001 a 25.000 GT.
0,4480 euros/GT
De 25.001 a 40.000 GT.
0,4981 euros/GT
Más de 40.000 GT.
0,5610 euros/GT
Muelles comerciales
Hasta 8.000 GT.
0,2200 euros/GT
De 8.001 a 20.000 GT.
0,2301 euros/GT
De 20.001 a 30.000 GT.
0,2473 euros/GT
De 30.001 a 50.000 GT.
0,2627 euros/GT
Más de 50.000 GT.
0,2755 euros/GT
Buques de pasajeros
Hasta 8.000 GT.
0,0434 euros/GT
De 8.001 a 20.000 GT.
0,0434 euros/GT
De 20.001 a 30.000 GT.
0,0434 euros/GT
De 30.001 a 50.000 GT.
0,0434 euros/GT
Más de 50.000 GT.
0,0434 euros/GT
Servicio de escolta. Incluye la maniobra necesaria para acompañar a un buque
desde los puntos de recalada hasta la zona interior de la misma, en caso de entrada al
puerto, o la operación inversa en caso de salidas.
Condiciones complementarias exigibles:
– Para los servicios de movimiento, traslado, fondeo y similares de dragas,
gánguiles, pontonas, gabarras, plataformas, diques cajoneros, cajones de hormigón y
artefactos flotantes incluso a aquellos que presten sus servicios dentro de las aguas
interiores del puerto, en cualquiera de las dársenas, se aplicará una tarifa de:
Por cada remolcador de potencia < 2 x 1.550 kW, 950 euros/hora (desde la salida de
su puesto de atraque).
Por cada remolcador de potencia > 2 x 1.550 kW y <2 x 2.900 kW, 1.150 euros/hora
(desde la salida de su puesto de atraque).
Por cada remolcador de potencia > 2 x 2.900 kW, 1.500 euros/hora (desde la salida
de su puesto de atraque).
cve: BOE-A-2023-146
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 3