III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Biodiversidad y ciencia. (BOE-A-2022-24400)
Orden PCM/1341/2022, de 29 de diciembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de diciembre de 2022, por el que se aprueba la Estrategia de Biodiversidad y Ciencia (2023-2027).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 193092
Actores involucrados: Todos los organismos promotores de ciencia en biodiversidad.
Organismo responsable: Fundación Biodiversidad.
Ámbito de acción: contexto nacional.
5.
Gobernanza de la Estrategia
La Estrategia de Biodiversidad y Ciencia plantea que tanto el Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico como el Ministerio de Ciencia e Innovación
velarán por su correcta implementación y ejecución.
Las unidades ministeriales encargadas de esta tarea en el MITECO son:
– la Dirección General de Biodiversidad Bosques y Desertificación
– el Organismo Autónomo Parques Nacionales
– la Fundación Biodiversidad
y en el Ministerio de Ciencia e Innovación:
– la Dirección General de Planificación de la Investigación (DGPI)
– el Consejo Superior de Investigaciones Científicas
– aquellos organismos financiadores dependientes del MCIN.
Las competencias sobre producción científica y gestión y conservación de la
biodiversidad son independientes, y, por lo tanto, las capacidades para implementar las
actuaciones definidas y ejecutar respuestas a posibles riesgos o desviaciones de la
Estrategia no están compartidas, sino que son exclusivas de cada organismo ministerial.
Es por ello necesario que, en cuestiones relacionadas con la gobernanza de la EByC,
ambos ministerios trabajen de forma transversal y coordinada.
Las principales funciones de estas unidades serán:
– La toma de decisiones en cuanto al ámbito de actuación, alcance y ambición de
las acciones.
– La dotación de los medios técnicos, humanos y presupuestarios que necesite la
EByC y sus acciones a través de la financiación de la EByC.
– El cumplimiento del cronograma de trabajo de la EByC y de sus objetivos.
– La elaboración y ejecución de dos Planes de Trabajo.
– El seguimiento y evaluación de la EByC.
– La comunicación del progreso de la EByC con las AAPP que así lo soliciten, junto
con los representantes del sector privado y la sociedad civil.
Estas funciones se realizarán en coordinación con el Comité de coordinación,
seguimiento y evaluación del PEICTI.
5.1
Grupo de Trabajo de la Ciencia en Biodiversidad
(3)
Según el Real Decreto 556/2011, de 20 de abril, para el desarrollo del Inventario Español del
Patrimonio Natural y la Biodiversidad, este Comité está compuesto por un representante de cada comunidad
autónoma y de las Ciudades de Ceuta y Melilla, dos representantes del Ministerio de Ciencia e Innovación, un
representante del Ministerio de Fomento, designados por los Secretarios de Estado o Secretarios Generales
competentes por razón de la materia, y cuatro representantes del MARM, uno de los cuales ejercerá la
presidencia, designados por el Secretario de Estado de Cambio Climático.
– de las Administraciones Públicas competentes en materia de biodiversidad (AGE y
CCAA)
cve: BOE-A-2022-24400
Verificable en https://www.boe.es
Por otro lado, se creará y estructurará el Grupo de Trabajo de la Ciencia en
Biodiversidad, en el marco de trabajo del Comité del Inventario Español de Patrimonio
Natural y Biodiversidad(3). Será el encargado de contribuir a mejorar la gobernanza y
cooperación entre instituciones y entidades y organizaciones público- privadas de la
EByC y podrá estar formado por representantes:
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 193092
Actores involucrados: Todos los organismos promotores de ciencia en biodiversidad.
Organismo responsable: Fundación Biodiversidad.
Ámbito de acción: contexto nacional.
5.
Gobernanza de la Estrategia
La Estrategia de Biodiversidad y Ciencia plantea que tanto el Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico como el Ministerio de Ciencia e Innovación
velarán por su correcta implementación y ejecución.
Las unidades ministeriales encargadas de esta tarea en el MITECO son:
– la Dirección General de Biodiversidad Bosques y Desertificación
– el Organismo Autónomo Parques Nacionales
– la Fundación Biodiversidad
y en el Ministerio de Ciencia e Innovación:
– la Dirección General de Planificación de la Investigación (DGPI)
– el Consejo Superior de Investigaciones Científicas
– aquellos organismos financiadores dependientes del MCIN.
Las competencias sobre producción científica y gestión y conservación de la
biodiversidad son independientes, y, por lo tanto, las capacidades para implementar las
actuaciones definidas y ejecutar respuestas a posibles riesgos o desviaciones de la
Estrategia no están compartidas, sino que son exclusivas de cada organismo ministerial.
Es por ello necesario que, en cuestiones relacionadas con la gobernanza de la EByC,
ambos ministerios trabajen de forma transversal y coordinada.
Las principales funciones de estas unidades serán:
– La toma de decisiones en cuanto al ámbito de actuación, alcance y ambición de
las acciones.
– La dotación de los medios técnicos, humanos y presupuestarios que necesite la
EByC y sus acciones a través de la financiación de la EByC.
– El cumplimiento del cronograma de trabajo de la EByC y de sus objetivos.
– La elaboración y ejecución de dos Planes de Trabajo.
– El seguimiento y evaluación de la EByC.
– La comunicación del progreso de la EByC con las AAPP que así lo soliciten, junto
con los representantes del sector privado y la sociedad civil.
Estas funciones se realizarán en coordinación con el Comité de coordinación,
seguimiento y evaluación del PEICTI.
5.1
Grupo de Trabajo de la Ciencia en Biodiversidad
(3)
Según el Real Decreto 556/2011, de 20 de abril, para el desarrollo del Inventario Español del
Patrimonio Natural y la Biodiversidad, este Comité está compuesto por un representante de cada comunidad
autónoma y de las Ciudades de Ceuta y Melilla, dos representantes del Ministerio de Ciencia e Innovación, un
representante del Ministerio de Fomento, designados por los Secretarios de Estado o Secretarios Generales
competentes por razón de la materia, y cuatro representantes del MARM, uno de los cuales ejercerá la
presidencia, designados por el Secretario de Estado de Cambio Climático.
– de las Administraciones Públicas competentes en materia de biodiversidad (AGE y
CCAA)
cve: BOE-A-2022-24400
Verificable en https://www.boe.es
Por otro lado, se creará y estructurará el Grupo de Trabajo de la Ciencia en
Biodiversidad, en el marco de trabajo del Comité del Inventario Español de Patrimonio
Natural y Biodiversidad(3). Será el encargado de contribuir a mejorar la gobernanza y
cooperación entre instituciones y entidades y organizaciones público- privadas de la
EByC y podrá estar formado por representantes: