I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Política Agrícola Común. (BOE-A-2022-23049)
Real Decreto 1049/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen las normas para la aplicación de la condicionalidad reforzada y de la condicionalidad social que deben cumplir las personas beneficiarias de las ayudas en el marco de la Política Agrícola Común que reciban pagos directos, determinados pagos anuales de desarrollo rural y del Programa de Opciones Específicas por la Lejanía y la Insularidad (POSEI).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312
Jueves 29 de diciembre de 2022
Sec. I. Pág. 188863
ANEXO III
Normas de condicionalidad social
Legislación aplicable
Disposiciones
pertinentes
Artículo 3.
Artículo 4.
Empleo.
Condiciones laborales
transparentes y previsibles.
Directiva (UE) 2019/1152.
Artículo 5.
Artículo 6.
Requisitos
Normas nacionales de referencia
Las condiciones laborales deben
facilitarse por escrito («contrato
de trabajo»).
Debe garantizarse que el empleo
agrícola esté sujeto a un contrato
de trabajo.
Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido
El contrato de trabajo debe
de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
facilitarse en los primeros siete
Real Decreto 1659/1998, de 24 de julio, por el que
días de trabajo.
se desarrolla el artículo 8, apartado 5, de la Ley
del Estatuto de los Trabajadores en materia de
Los cambios en la relación
información al trabajador sobre los elementos
laboral deben presentarse en
esenciales del contrato de trabajo.
forma de documento.
Artículo 8.
Período de prueba.
Artículo 10.
Condiciones relativas a la
previsibilidad mínima del trabajo.
Artículo 13.
Formación obligatoria.
cve: BOE-A-2022-23049
Verificable en https://www.boe.es
Ámbitos
Núm. 312
Jueves 29 de diciembre de 2022
Sec. I. Pág. 188863
ANEXO III
Normas de condicionalidad social
Legislación aplicable
Disposiciones
pertinentes
Artículo 3.
Artículo 4.
Empleo.
Condiciones laborales
transparentes y previsibles.
Directiva (UE) 2019/1152.
Artículo 5.
Artículo 6.
Requisitos
Normas nacionales de referencia
Las condiciones laborales deben
facilitarse por escrito («contrato
de trabajo»).
Debe garantizarse que el empleo
agrícola esté sujeto a un contrato
de trabajo.
Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido
El contrato de trabajo debe
de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
facilitarse en los primeros siete
Real Decreto 1659/1998, de 24 de julio, por el que
días de trabajo.
se desarrolla el artículo 8, apartado 5, de la Ley
del Estatuto de los Trabajadores en materia de
Los cambios en la relación
información al trabajador sobre los elementos
laboral deben presentarse en
esenciales del contrato de trabajo.
forma de documento.
Artículo 8.
Período de prueba.
Artículo 10.
Condiciones relativas a la
previsibilidad mínima del trabajo.
Artículo 13.
Formación obligatoria.
cve: BOE-A-2022-23049
Verificable en https://www.boe.es
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