III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-22441)
Resolución de 12 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Planta solar fotovoltaica "Tordesillas Solar PV" con una potencia de 300 MWp/252 MWn, y su infraestructura de evacuación, en San Román de Hornija y Pedrosa del Rey (Valladolid)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 26 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 184488

Asimismo, para evitar potenciales impactos sobre el suelo o el agua como consecuencia
de la instalación y funcionamiento del proyecto, la presente resolución incluye medidas
preventivas y correctoras y seguimientos adicionales a los establecidos en el EsIA y la
Adenda.
La Confederación hidrográfica del Duero indica que ninguna de las islas que
conforman la planta fotovoltaica afecta a cauce público, ni a sus zonas de protección
(servidumbre y policía). Respecto a las infraestructuras lineales, una línea subterránea
de 30 kV de la planta fotovoltaica atraviesa el río Hornija, la línea aérea de alta tensión
(tramo 2) cruza los arroyos Valdepino y Valdeoliva y un arroyo innominado afluente del
arroyo Valdepino y la línea aéreo-subterránea de alta tensión (tramo 3) atraviesa de
forma aérea el arroyo de Callones o del Berral de Valdefuentes. Para evitar potenciales
impactos sobre la hidrología, las obras necesarias para realizar el cruce subterráneo de
las líneas de evacuación a través del río Hornija (y de cualquier otro cauce) deberán
realizarse con la metodología constructiva adecuada de manera que se evite el desvío
de cauces y su modificación en cualquiera de sus dimensiones espaciales. En estos
casos será preciso obtener autorización administrativa previa del Organismo de cuenca.
El citado organismo de cuenca señala que la instalación de la planta solar y sus
infraestructuras de evacuación puede provocar cambios en la permeabilidad del suelo, lo
que puede suponer cambios importantes en la escorrentía superficial, que pueden
afectar de forma significativa a los caudales circulantes, especialmente en la masa de
agua superficial «359 Río Hornija desde el límite del LIC “Riberas del río Duero y
afluentes” hasta confluencia con río Bajoz» y a la infiltración en la masa de agua
subterránea «400038 Tordesillas».
La Adenda incluye nuevas medidas preventivas y correctoras para evitar o minimizar
impactos sobre el medio hídrico y edáfico, como consecuencia de cambios drásticos en
la permeabilidad y escorrentía del suelo por las obras del proyecto. Entre estas medidas,
se encuentran la instalación de barreras de retención de sólidos y/o mallas cortavientos,
en caso de detectarse aumento de la turbidez en los cauces cercanos a las obras, o la
descompactación del suelo, una vez acabadas las obras, para facilitar el arraigo de las
plantaciones y vegetación espontánea, tanto en las zonas centrales de la planta
fotovoltaica como en las pantallas vegetales perimetrales. Durante la fase de
funcionamiento del proyecto, tras la restauración de las zonas compactadas durante las
obras y el desarrollo de la citada cubierta vegetal, el terreno afectado por el proyecto
deberá recuperar unas condiciones de drenaje y escorrentía adecuadas, lo cual deberá
comprobarse periódicamente con un seguimiento específico.
Respecto a los potenciales impactos de la infraestructura de evacuación eléctrica, el
promotor indica que la alternativa 5 del tramo 1 de la línea de evacuación, cuyo recorrido
íntegro se realiza en subterráneo, presenta mayor impacto sobre el medio hídrico y
edáfico por los cruces con arroyos y el mayor volumen de movimientos de tierra respecto
a las alternativas en aéreo y señala la afección a una pequeña zona encharcada en una
antigua nava drenada. Para evitar estos potenciales impactos, la citada alternativa
soterrada del tramo 1, así como cualquier otro soterramiento, deberá retranquearse para
ajustar su trazado a carreteras, caminos públicos u otras infraestructuras antrópicas
existentes, de manera que no se generen afecciones adicionales.
Respecto a las aguas residuales generadas por la eventual instalación de aseos,
duchas, casetas de obra, etc. la Confederación Hidrográfica del Duero recomienda la
disposición de un depósito estanco, sin salida al exterior, que almacene las aguas
residuales para, posteriormente, ser retiradas de forma periódica para su tratamiento
mediante gestor autorizado. No obstante, en el supuesto de que fuera necesario realizar
cualquier tipo de vertido sobre algún elemento del dominio público hidráulico, será
precisa autorización de vertido de esa Confederación Hidrográfica.
La protección de las zonas de captación de aguas para abastecimiento de la
población deberá ser tenida en cuenta para las zonas identificadas en el EsIA y para las
que, en el transcurso de la vida útil del proyecto, puedan incorporarse como puntos de

cve: BOE-A-2022-22441
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Núm. 309