III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-22101)
Resolución de 1 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques eólicos Cabecero, Concejo, Cid, Estrella y Vacada (Total 22 parques: Clúster Maestrazgo) en la provincia de Teruel, su infraestructura de evacuación hasta la SET Morella 400 en Morella (Castellón) y acondicionamiento de accesos para transportes especiales".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 307

Viernes 23 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 180260

El INAGA informa que, previamente al inicio de las obras, se dispondrá de las
correspondientes autorizaciones de concesión de uso privativo y ocupación de los
citados dominios públicos, según se determina en el Decreto Legislativo 1/2017, de 20
de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de
Montes de Aragón y a la Ley 10/2005, de 11 de noviembre, de vías pecuarias de Aragón,
a lo que el promotor manifiesta su conformidad.
3.2.12

Infraestructuras.

La afección sobre las redes de comunicación del territorio proviene de las
actuaciones de transporte de materiales y personal para la ejecución de los trabajos, lo
que implica el aumento del tráfico y el deterioro de firmes. El tránsito de vehículos
especiales para llegar a los diferentes parques se realizará por caminos vecinales, en los
que se tendrán que realizar actuaciones de mayor o menor importancia para
acondicionarlos a las necesidades de los transportes especiales. El promotor ha
valorado el impacto sobre infraestructuras como compatible, justificando que las
retenciones producidas por el paso de vehículos especiales se limitarán al período de
construcción, además de determinar la mejora puntual de algunos tramos de carreteras.
Como medidas correctoras se propone el mantenimiento del servicio de las
infraestructuras existentes, evitando cortar caminos públicos, informando a la población
del paso de los transportes especiales y la restitución inmediata de la funcionalidad de
las infraestructuras en caso de verse accidentalmente interrumpida.
Se asegurará que el contratista disponga de personal que señalice correctamente los
cortes temporales y los desvíos provisionales del tráfico, en coordinación con la
autoridad competente. Del mismo modo, el promotor propone la reposición de posibles
daños a elementos del medio y la limitación de la velocidad de vehículos especiales a 40
km/h.

El EsIA, en los apartados 5.9, 5.20 y 5.28, analiza los impactos derivados de la
vulnerabilidad del proyecto frente a accidentes graves o catástrofes, así como el riesgo
de incendios.
El estudio de riesgo de incendios forestales (apartado 4.3.4.1 del EsIA) se ha llevado
a cabo a partir de la clasificación del área de estudio en distintas tipologías de riesgo, en
función de las variables de peligrosidad e importancia de protección. En general, en el
ámbito de los parques Concejo II y La Estrella I, II, III y IV predominan las zonas de
riesgo de Tipo 3, caracterizadas por su alto peligro e importancia de protección media, o
bien por su peligro medio y su importancia de protección media o alta.
En el ámbito de los parques Concejo I y El Cid I, II, III, IV y V, predominan las zonas
de riesgo de Tipo 5, caracterizadas por su bajo peligro e importancia de protección
media, englobando gran cantidad de pastizales y prados.
En el ámbito de los parques Concejo III, Cabecero I, II, III y IV y La Vacada I, II, III, IV,
V y VI predominan las zonas de riesgo de Tipo 4, correspondientes a la interfaz agrícolaforestal, y caracterizadas por su alto peligro e importancia de protección baja.
El impacto se valora como moderado, clasificándose como compatible tras la
aplicación de medidas correctoras.
En cuanto a los riesgos geológicos, con la realización de estudios específicos en los
taludes de importancia, la realización de campañas de investigación propuestas para
cada parque en el EsIA y la adopción de las medidas que como conclusión de las
mismas se establezcan, el promotor valora el impacto como compatible.
El requerimiento de información adicional hace referencia al informe del Servicio de
Seguridad y Protección Civil de Aragón. Este organismo solicitó la inclusión de
información relacionada con las frecuencias de incendios forestales y medidas de
mitigación. Asimismo, solicitó la identificación de zonas inundables y un plan de

cve: BOE-A-2022-22101
Verificable en https://www.boe.es

3.3 Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto
ante catástrofes o accidentes graves.