III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-17799)
Resolución de 19 de octubre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto "Subestación Ribina 400 kV y LAT E/S 400 kV S.E. La Ribina L/Carril-Litoral", en Antas y Vera (Almería).
22 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 261
Lunes 31 de octubre de 2022
Agua.
El proyecto se emplaza en la Demarcación de la Cuenca Mediterránea Andaluza.
Según la documentación presentada por el promotor, en fase de ejecución, podrán
tener lugar efectos sobre el drenaje natural, por movimientos de tierra en la construcción
de la plataforma de la SE, cimentaciones de apoyos y apertura de accesos, que podrían
provocar alteración o modificación de la red de drenaje. Sin embargo, el diseño ha
previsto que las acciones contempladas no obstaculicen la libre circulación de las aguas
por los cauces, ni supongan desvío o variación de la red de drenaje existente; la afección
se estima no significativa. Podría producirse, además, un impacto sobre la calidad de las
aguas por contaminación accidental debida a la acumulación de escombros o residuos, o
por el arrastre de sólidos en suspensión. Estas acciones se consideran de muy baja
probabilidad y reducida dimensión.
Según la información vectorial obtenida del Sistema Nacional de Cartografía de
Zonas Inundables (SNCZI), el único curso en el que se identifican zonas inundables
dentro del ámbito de estudio es el río Antas. Ocupa una extensión de unos 12,6 ha de
terrenos inundables que mantienen una lámina de agua permanente a lo largo del ciclo
anual, aunque su volumen depende de las precipitaciones recogidas en el área. La LAT
atraviesa esta cuenca entre los apoyos T-6 y T-7. Sin embargo, ni estos ni sus accesos
coinciden con la zona de inundación. La SE se ubicará a más de 2,5 km de la zona
inundable del río Antas para un periodo de retorno de 500 años.
Por otra parte, también según la información suministrada por el promotor, en el caso
de la LAT, aunque ningún apoyo se situará sobre el dominio público hidráulico (DPH),
existen 3 cruces de conductores sobre cauces públicos: el T-6/T-7, antes indicado, cruza
el río Antas a distancia 245,09/237,8 m; el vano T-3/T-4 cruza un cauce innominado a
distancia 163,9/149,8 m; y el T-7/T-8, la Cañada de la Virgen a distancia 217,77/265,32
m. No se prevén impactos directos por ello, ya que el tendido se llevará a cabo a mano,
utilizando una cuerda piloto o un cable guía, que será posteriormente elevado hasta las
crucetas de los apoyos que componen los vanos con cruzamientos, y el cable será
tensado lentamente mediante el uso de poleas y máquinas de tiro y freno.
La SE, se encuentra en las proximidades del DPH y coincide espacialmente en 1,7
ha con la zona de policía perteneciente a un cauce innominado. En la construcción de
los apoyos T-3 y T-14, se afectará a esta zona en 700 m2. Se prevé la señalización y
protección del DPH y zona de servidumbre del cauce innominado cercano a la SE; se
impedirá su ocupación y/o incidencia por parte de la maquinaria.
Asimismo, dentro de las plataformas de trabajo, se adecuará un área específica
de 5x5 m para su ocupación por las actividades auxiliares. Los taludes exteriores de la
SE, se perfilarán y estabilizarán de tal manera que se asegure la protección del cauce de
posibles arrastres de sedimentos y/o sólidos en suspensión. Su estabilidad será
reforzada con la aplicación de diferentes sistemas de sujeción del terreno y se llevarán a
cabo siembras y plantaciones de especies autóctonas, para facilitar la colonización
vegetal de las superficies.
El promotor asegura que solicitará las autorizaciones pertinentes al organismo de
cuenca.
En fase de explotación no se han considerado impactos específicos sobre las aguas.
La Dirección General de Planificación y Recursos Hídricos de la Junta de Andalucía,
durante el periodo de información pública, emitió respuesta en la que resumía las
afecciones del proyecto sobre las aguas de su competencia y recogía un condicionado
general de carácter técnico y cumplimiento normativo, con el que el promotor se mostró
conforme.
Tras el aporte de la adenda por parte del promotor, el organismo competente señaló
que la parcela donde se ubica la SE aparece próxima y puede afectar DPH y Zona de
Servidumbre de un cauce innominado (que aguas abajo y según cartografía que se
consulte aparece con el nombre de Cañada de la Virgen). Señala que, dado que la
superficie de la plataforma de implantación de la SE es menor que el área de afectación,
habrán de realizarse los ajustes necesarios en su ubicación final, a fin de asegurarse que
cve: BOE-A-2022-17799
Verificable en https://www.boe.es
b.7)
Sec. III. Pág. 148561
Núm. 261
Lunes 31 de octubre de 2022
Agua.
El proyecto se emplaza en la Demarcación de la Cuenca Mediterránea Andaluza.
Según la documentación presentada por el promotor, en fase de ejecución, podrán
tener lugar efectos sobre el drenaje natural, por movimientos de tierra en la construcción
de la plataforma de la SE, cimentaciones de apoyos y apertura de accesos, que podrían
provocar alteración o modificación de la red de drenaje. Sin embargo, el diseño ha
previsto que las acciones contempladas no obstaculicen la libre circulación de las aguas
por los cauces, ni supongan desvío o variación de la red de drenaje existente; la afección
se estima no significativa. Podría producirse, además, un impacto sobre la calidad de las
aguas por contaminación accidental debida a la acumulación de escombros o residuos, o
por el arrastre de sólidos en suspensión. Estas acciones se consideran de muy baja
probabilidad y reducida dimensión.
Según la información vectorial obtenida del Sistema Nacional de Cartografía de
Zonas Inundables (SNCZI), el único curso en el que se identifican zonas inundables
dentro del ámbito de estudio es el río Antas. Ocupa una extensión de unos 12,6 ha de
terrenos inundables que mantienen una lámina de agua permanente a lo largo del ciclo
anual, aunque su volumen depende de las precipitaciones recogidas en el área. La LAT
atraviesa esta cuenca entre los apoyos T-6 y T-7. Sin embargo, ni estos ni sus accesos
coinciden con la zona de inundación. La SE se ubicará a más de 2,5 km de la zona
inundable del río Antas para un periodo de retorno de 500 años.
Por otra parte, también según la información suministrada por el promotor, en el caso
de la LAT, aunque ningún apoyo se situará sobre el dominio público hidráulico (DPH),
existen 3 cruces de conductores sobre cauces públicos: el T-6/T-7, antes indicado, cruza
el río Antas a distancia 245,09/237,8 m; el vano T-3/T-4 cruza un cauce innominado a
distancia 163,9/149,8 m; y el T-7/T-8, la Cañada de la Virgen a distancia 217,77/265,32
m. No se prevén impactos directos por ello, ya que el tendido se llevará a cabo a mano,
utilizando una cuerda piloto o un cable guía, que será posteriormente elevado hasta las
crucetas de los apoyos que componen los vanos con cruzamientos, y el cable será
tensado lentamente mediante el uso de poleas y máquinas de tiro y freno.
La SE, se encuentra en las proximidades del DPH y coincide espacialmente en 1,7
ha con la zona de policía perteneciente a un cauce innominado. En la construcción de
los apoyos T-3 y T-14, se afectará a esta zona en 700 m2. Se prevé la señalización y
protección del DPH y zona de servidumbre del cauce innominado cercano a la SE; se
impedirá su ocupación y/o incidencia por parte de la maquinaria.
Asimismo, dentro de las plataformas de trabajo, se adecuará un área específica
de 5x5 m para su ocupación por las actividades auxiliares. Los taludes exteriores de la
SE, se perfilarán y estabilizarán de tal manera que se asegure la protección del cauce de
posibles arrastres de sedimentos y/o sólidos en suspensión. Su estabilidad será
reforzada con la aplicación de diferentes sistemas de sujeción del terreno y se llevarán a
cabo siembras y plantaciones de especies autóctonas, para facilitar la colonización
vegetal de las superficies.
El promotor asegura que solicitará las autorizaciones pertinentes al organismo de
cuenca.
En fase de explotación no se han considerado impactos específicos sobre las aguas.
La Dirección General de Planificación y Recursos Hídricos de la Junta de Andalucía,
durante el periodo de información pública, emitió respuesta en la que resumía las
afecciones del proyecto sobre las aguas de su competencia y recogía un condicionado
general de carácter técnico y cumplimiento normativo, con el que el promotor se mostró
conforme.
Tras el aporte de la adenda por parte del promotor, el organismo competente señaló
que la parcela donde se ubica la SE aparece próxima y puede afectar DPH y Zona de
Servidumbre de un cauce innominado (que aguas abajo y según cartografía que se
consulte aparece con el nombre de Cañada de la Virgen). Señala que, dado que la
superficie de la plataforma de implantación de la SE es menor que el área de afectación,
habrán de realizarse los ajustes necesarios en su ubicación final, a fin de asegurarse que
cve: BOE-A-2022-17799
Verificable en https://www.boe.es
b.7)
Sec. III. Pág. 148561