III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-17799)
Resolución de 19 de octubre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto "Subestación Ribina 400 kV y LAT E/S 400 kV S.E. La Ribina L/Carril-Litoral", en Antas y Vera (Almería).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 31 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 148559
25 km para espacios que albergan aves necrófagas: quebrantahuesos (Gypaetus
barbatus), alimoche (Neophron percnopterus), buitre leonado (Gyps fulvus) y buitre
negro (Aegypius monachus); 5 km para espacios que albergan enclaves de interés para
la avifauna como humedales, roquedos y primillares.
En función de lo anterior, se ha analizado, en primer lugar, la Zona de Espacial
Conservación (ZEC) ES610017 «Río Antas», a 1,98 km de elemento más cercano. No
presenta entre sus valores de conservación las especies objeto de análisis. Podría
afectarse a varias aves acuáticas que sí son objeto de conservación; sin embargo, todas
ellas están ligadas a la desembocadura del río Antas en la costa de Vera, la cual se
encuentra a 5,2 km de distancia, por lo que no se espera incidencia sobre ellas. En
relación con la conectividad del río Antas, otro de los valores del espacio, las únicas
afecciones posibles serían, por un lado, la causada por el tránsito de vehículos por las
proximidades de la rambla y, por otro, las actuaciones próximas que pudieran derivar en
arrastre de partículas y fenómenos de disminución de la pérdida de la calidad de las
aguas con la consiguiente contaminación difusa; sin embargo, su probabilidad es baja,
debido a la distancia con las actuaciones. No existen otros humedales, roquedos ni
primillares a menos de 5 km.
Además, según los criterios indicados, se ha analizado la posible repercusión sobre
la ZEC ES6110011 «Sierra del Alto de Almagro», a más de 10 km, la ZEC/Zona de
Especial Protección para las Aves (ZEPA) ES6110012/ES0000507 «Sierras de
Almagrera, de Los Pinos y El Aguilón», a 8,7 km y la ZEC ES6110005 «Sierra de
Cabrera-Bédar», a 5,6 km del proyecto. Para todos estos espacios, se considera que no
se producirían efectos negativos por molestias y perturbaciones a las poblaciones que
los habitan que puedan atribuirse al proyecto, dada la distancia a la que se encuentran.
La Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos de la
Junta de Andalucía en el informe emitido en virtud del artículo 40.5. señala que la
actuación no intercepta ningún espacio de la Red Natura 2000, y que atendiendo a las
medidas mitigadoras descritas en el estudio de impacto ambiental no se esperan
impactos significativos sobre las prioridades de conservación por las que fueron
declarados estos espacios.
La Delegación Territorial en Almería de la Consejería de Sostenibilidad, Medio
Ambiente y Economía Azul de la Junta de Andalucía, por su parte, indica que, en
condiciones de normal ejecución y funcionamiento, no es previsible que el proyecto
pueda afectar de forma indirecta de una manera apreciable a los objetivos y prioridades
de conservación de los espacios naturales protegidos de Andalucía.
b.5) Suelo, subsuelo y geodiversidad.
El EsIA señala que los principales impactos que el proyecto producirá sobre estos
elementos del medio son, en fase de obra, la modificación del relieve debida a los
movimientos de tierras, la compactación por apertura de nuevos caminos, la
contaminación por vertidos accidentales, la alteración de las características físicas del
suelo, el incremento de los procesos erosivos (no muy relevante debido a la reducida
pendiente en los lugares en los que se construirán nuevos accesos) y la ocupación y
pérdida de suelo. Se estima que la ocupación permanente será de 3,6 ha para la
SE, 700 m2 para los apoyos (50 m2 por apoyo) y 85,4 m2 para los accesos de nueva
construcción; la temporal, durante la construcción de los apoyos, será de 4.900 m2,
puesto que se han considerado 350 m2 por apoyo al encontrarse en zonas con pendiente
nula.
Para disminuir estos impactos el EsIA y su adenda señalan que el diseño de accesos
ha previsto la mínima ocupación posible, con un uso máximo de la red de caminos
existentes que prioriza su adecuación frente nueva apertura. Además, se realizará la
máxima adaptación al terreno; así, los caminos seguirán siempre que sea posible las
curvas de nivel y se evitarán zonas de elevada pendiente tanto en caminos como en
plataforma de trabajo, lo que reduce los movimientos de tierras. En caso de que existan
apoyos en lugares con pendiente elevada, se valorará proceder al montaje e izado en
cve: BOE-A-2022-17799
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 261
Lunes 31 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 148559
25 km para espacios que albergan aves necrófagas: quebrantahuesos (Gypaetus
barbatus), alimoche (Neophron percnopterus), buitre leonado (Gyps fulvus) y buitre
negro (Aegypius monachus); 5 km para espacios que albergan enclaves de interés para
la avifauna como humedales, roquedos y primillares.
En función de lo anterior, se ha analizado, en primer lugar, la Zona de Espacial
Conservación (ZEC) ES610017 «Río Antas», a 1,98 km de elemento más cercano. No
presenta entre sus valores de conservación las especies objeto de análisis. Podría
afectarse a varias aves acuáticas que sí son objeto de conservación; sin embargo, todas
ellas están ligadas a la desembocadura del río Antas en la costa de Vera, la cual se
encuentra a 5,2 km de distancia, por lo que no se espera incidencia sobre ellas. En
relación con la conectividad del río Antas, otro de los valores del espacio, las únicas
afecciones posibles serían, por un lado, la causada por el tránsito de vehículos por las
proximidades de la rambla y, por otro, las actuaciones próximas que pudieran derivar en
arrastre de partículas y fenómenos de disminución de la pérdida de la calidad de las
aguas con la consiguiente contaminación difusa; sin embargo, su probabilidad es baja,
debido a la distancia con las actuaciones. No existen otros humedales, roquedos ni
primillares a menos de 5 km.
Además, según los criterios indicados, se ha analizado la posible repercusión sobre
la ZEC ES6110011 «Sierra del Alto de Almagro», a más de 10 km, la ZEC/Zona de
Especial Protección para las Aves (ZEPA) ES6110012/ES0000507 «Sierras de
Almagrera, de Los Pinos y El Aguilón», a 8,7 km y la ZEC ES6110005 «Sierra de
Cabrera-Bédar», a 5,6 km del proyecto. Para todos estos espacios, se considera que no
se producirían efectos negativos por molestias y perturbaciones a las poblaciones que
los habitan que puedan atribuirse al proyecto, dada la distancia a la que se encuentran.
La Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos de la
Junta de Andalucía en el informe emitido en virtud del artículo 40.5. señala que la
actuación no intercepta ningún espacio de la Red Natura 2000, y que atendiendo a las
medidas mitigadoras descritas en el estudio de impacto ambiental no se esperan
impactos significativos sobre las prioridades de conservación por las que fueron
declarados estos espacios.
La Delegación Territorial en Almería de la Consejería de Sostenibilidad, Medio
Ambiente y Economía Azul de la Junta de Andalucía, por su parte, indica que, en
condiciones de normal ejecución y funcionamiento, no es previsible que el proyecto
pueda afectar de forma indirecta de una manera apreciable a los objetivos y prioridades
de conservación de los espacios naturales protegidos de Andalucía.
b.5) Suelo, subsuelo y geodiversidad.
El EsIA señala que los principales impactos que el proyecto producirá sobre estos
elementos del medio son, en fase de obra, la modificación del relieve debida a los
movimientos de tierras, la compactación por apertura de nuevos caminos, la
contaminación por vertidos accidentales, la alteración de las características físicas del
suelo, el incremento de los procesos erosivos (no muy relevante debido a la reducida
pendiente en los lugares en los que se construirán nuevos accesos) y la ocupación y
pérdida de suelo. Se estima que la ocupación permanente será de 3,6 ha para la
SE, 700 m2 para los apoyos (50 m2 por apoyo) y 85,4 m2 para los accesos de nueva
construcción; la temporal, durante la construcción de los apoyos, será de 4.900 m2,
puesto que se han considerado 350 m2 por apoyo al encontrarse en zonas con pendiente
nula.
Para disminuir estos impactos el EsIA y su adenda señalan que el diseño de accesos
ha previsto la mínima ocupación posible, con un uso máximo de la red de caminos
existentes que prioriza su adecuación frente nueva apertura. Además, se realizará la
máxima adaptación al terreno; así, los caminos seguirán siempre que sea posible las
curvas de nivel y se evitarán zonas de elevada pendiente tanto en caminos como en
plataforma de trabajo, lo que reduce los movimientos de tierras. En caso de que existan
apoyos en lugares con pendiente elevada, se valorará proceder al montaje e izado en
cve: BOE-A-2022-17799
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 261