II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE JUSTICIA. Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia. (BOE-A-2022-17336)
Resolución de 14 de octubre de 2022, de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, por la que se convocan bolsas de trabajo de Letradas sustitutas y Letrados sustitutos de la Administración de Justicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 255
Lunes 24 de octubre de 2022
Sec. II.B. Pág. 144895
En el supuesto de que un mismo aspirante manifieste su deseo de estar en varias
listas de una misma provincia y por puntuación así le corresponda, deberá indicar en el
asistente de inscripción, en la parte habilitada al efecto, en cuál de ellas desea ser
incluido.
Las distintas listas se confeccionarán en función de la puntuación obtenida por cada
una de las personas interesadas.
En el supuesto de que coincida la oferta de destinos a una misma persona,
corresponderá a ésta la elección del mismo.
Para cubrir las necesidades de cada isla, se acudirá en primer lugar a la lista
preferente de la isla hasta su agotamiento y en segundo lugar a la bolsa de la isla
principal.
Efectuado el nombramiento de una persona que compatibilice ambas listas, pasará a
la situación de activo en las dos, si bien, al cesar será de aplicación lo dispuesto en el
Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales, incluyéndose en ambas
en el lugar que le corresponda.
A la hora de efectuar el llamamiento por las Secretarias Coordinadoras o Secretarios
Coordinadores Provinciales, tanto en las listas principales como en las preferentes, se
tendrá en cuenta la preferencia establecida en la base octava respecto al personal
funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa que formen parte de las
bolsas.
Decimoquinta.
Contra los acuerdos de la Secretaria o Secretario de Gobierno del Tribunal Superior
de Justicia correspondiente, las personas interesadas podrán interponer recurso de
alzada ante el Ministerio de Justicia, a fin de agotar la vía administrativa y, en su caso,
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia correspondiente.
Decimosexta.
Hasta la entrada en funcionamiento de las bolsas que se constituyan conforme a esta
resolución, en la provincia en la que no existan candidatos en la lista principal ni en la de
reserva de las bolsas vigentes podrán ser llamados quienes cumplan los requisitos para
formar parte de las mismas conforme a lo dispuesto en la base octava 3.
A este fin, las personas interesadas dirigirán su solicitud, en la forma prevista en el
artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. Si dichas solicitudes se presentaran a través de las
oficinas de correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el
personal funcionario correspondiente antes de ser certificadas, con acreditación de los
requisitos de experiencia realizando sustituciones, ejercicios de oposición aprobados y
antigüedad en el cuerpo de gestión en su caso, a las Secretarías de Coordinación
Provincial o Secretaría de Gobierno en su caso, en cuyas bolsas deseen incorporarse,
en el plazo de diez días desde la publicación de la presente convocatoria.
cve: BOE-A-2022-17336
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 14 de octubre de 2022.–El Secretario General para la Innovación y Calidad
del Servicio Público de Justicia, Manuel Olmedo Palacios.
Núm. 255
Lunes 24 de octubre de 2022
Sec. II.B. Pág. 144895
En el supuesto de que un mismo aspirante manifieste su deseo de estar en varias
listas de una misma provincia y por puntuación así le corresponda, deberá indicar en el
asistente de inscripción, en la parte habilitada al efecto, en cuál de ellas desea ser
incluido.
Las distintas listas se confeccionarán en función de la puntuación obtenida por cada
una de las personas interesadas.
En el supuesto de que coincida la oferta de destinos a una misma persona,
corresponderá a ésta la elección del mismo.
Para cubrir las necesidades de cada isla, se acudirá en primer lugar a la lista
preferente de la isla hasta su agotamiento y en segundo lugar a la bolsa de la isla
principal.
Efectuado el nombramiento de una persona que compatibilice ambas listas, pasará a
la situación de activo en las dos, si bien, al cesar será de aplicación lo dispuesto en el
Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales, incluyéndose en ambas
en el lugar que le corresponda.
A la hora de efectuar el llamamiento por las Secretarias Coordinadoras o Secretarios
Coordinadores Provinciales, tanto en las listas principales como en las preferentes, se
tendrá en cuenta la preferencia establecida en la base octava respecto al personal
funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa que formen parte de las
bolsas.
Decimoquinta.
Contra los acuerdos de la Secretaria o Secretario de Gobierno del Tribunal Superior
de Justicia correspondiente, las personas interesadas podrán interponer recurso de
alzada ante el Ministerio de Justicia, a fin de agotar la vía administrativa y, en su caso,
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia correspondiente.
Decimosexta.
Hasta la entrada en funcionamiento de las bolsas que se constituyan conforme a esta
resolución, en la provincia en la que no existan candidatos en la lista principal ni en la de
reserva de las bolsas vigentes podrán ser llamados quienes cumplan los requisitos para
formar parte de las mismas conforme a lo dispuesto en la base octava 3.
A este fin, las personas interesadas dirigirán su solicitud, en la forma prevista en el
artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. Si dichas solicitudes se presentaran a través de las
oficinas de correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el
personal funcionario correspondiente antes de ser certificadas, con acreditación de los
requisitos de experiencia realizando sustituciones, ejercicios de oposición aprobados y
antigüedad en el cuerpo de gestión en su caso, a las Secretarías de Coordinación
Provincial o Secretaría de Gobierno en su caso, en cuyas bolsas deseen incorporarse,
en el plazo de diez días desde la publicación de la presente convocatoria.
cve: BOE-A-2022-17336
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 14 de octubre de 2022.–El Secretario General para la Innovación y Calidad
del Servicio Público de Justicia, Manuel Olmedo Palacios.