III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2022-17313)
Resolución de 13 de octubre de 2022, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con la Fundación Siglo para el Turismo y las Artes de Castilla y León, para la realización de un concierto en el marco del Encuentro IV/2022 de la Joven Orquesta Nacional de España en el Centro Cultural Miguel Delibes de Valladolid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 254

Sábado 22 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 144846

El director y los/las músicos de la JONDE están de acuerdo en que tanto en los
ensayos como en el concierto se puedan realizar fotografías. Siempre que por sus
prestaciones se generen derechos de autor, derechos prestacionales u otros derechos
sobre las fotografías para el director y para los músicos de la orquesta, por la presente
ceden a Fundación Siglo todos los derechos de uso de sus prestaciones, sin límite de
espacio ni de tiempo, de forma irrevocable y con efecto a partir del momento en que se
generen, en forma de derechos no exclusivos.
Estos derechos de uso los pueden utilizar la Fundación Siglo y la JONDE para el
amplio aprovechamiento no comercial de las fotos, así como de partes de ellas, en todos
los medios de comunicación y para cometidos de relaciones públicas de la Fundación
Siglo no contemplándose para ello ninguna remuneración adicional.
Séptima.

Control y seguimiento.

Se establece una Comisión de Seguimiento a la que le corresponde el control de las
actividades que deben desarrollarse en ejecución del presente convenio, así como
resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse, que
estará integrada por el INAEM, por el/la titular de la dirección artística de la JONDE o
persona en quien delegue; y por la Fundación Siglo, por el/la titular de la dirección
general o persona en quien delegue.
Octava.

Coordinación en materia de prevención de riesgos laborales.

La Fundación Siglo certifica que cumple con los requisitos que impone la normativa
sobre Prevención de Riesgos Laborales. Por ello asume el compromiso de comunicar al
INAEM, los riesgos que su trabajo en las dependencias del Centro Cultural Miguel
Delibes pueda generar, así como las medidas preventivas que deben adoptarse para
evitarlos o controlarlos, según el Real Decreto 5171/2004, de 30 enero, por el que se
desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre prevención de
riesgos laborales en materia de coordinación de actividades empresariales.
El INAEM no será responsable de los posibles accidentes que pudieran acontecer a
cualquier persona afecta a la Fundación Siglo, salvo que sean consecuencia directa de
un daño imputable al personal del INAEM.
El INAEM, a través de la JONDE, se compromete a cumplir todas las instrucciones
dictadas por la Fundación Siglo, según se establece en la Ley 31/1995, de 8 de
noviembre, sobre prevención de riesgos laborales, y todas las disposiciones
relacionadas con la misma, así como a hacer cumplir a sus empleados el precepto legal
anteriormente mencionado.

El presente convenio se perfecciona en la fecha en la que firme el último de los
signatarios y su vigencia se extenderá como máximo hasta el 30 de diciembre de 2022
incluido.
Conforme a lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, el convenio resultará eficaz una vez inscrito, en el
plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, y será publicado en el
plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».
La modificación de los términos del presente convenio y/o la prórroga de su vigencia
requerirán el acuerdo unánime de las partes mediante la suscripción de la
correspondiente adenda.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.h).2.º de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la prórroga del convenio podrá
acordarse por un periodo de hasta cuatro años adicionales.

cve: BOE-A-2022-17313
Verificable en https://www.boe.es

Novena. Régimen de modificación y plazo de vigencia.