III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Comunidad Foral de Navarra. Convenio. (BOE-A-2022-17240)
Resolución de 6 de octubre de 2022, de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática, por la que se publica el Convenio con el Gobierno de Navarra, para la organización y ejecución del proyecto "Fronteras de Hormigón".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 253

Viernes 21 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 144258

derivados de dichos compromisos hasta un máximo de 199.000 euros, con cargo a las
partidas presupuestarias del vigente presupuesto de gastos del Gobierno de Navarra
para el año 2022: B20001 B2200 2276 232502, Actividades programadas de
sensibilización en materia de memoria; B20001 B2200 6055 232500, Señalización y
visibilización Lugares de Memoria; B20001 B2200 6019 232500, Inversiones Lugares de
Memoria; B20001 B2200 2276 232508, Red de Lugares de Memoria; B20001 B2200
2276 232507, Actividades en torno al exilio navarro, B20001 B2200 2276 232510 (E)
Proyecto Fronteras de Hormigón, o las que figuren como equivalentes para en los
Presupuestos Generales de Navarra del año 2023.
El abono de la aportación del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes
y Memoria Democrática se realizará en la cuenta bancaria designada al efecto por el
Departamento de Relaciones Ciudadanas del Gobierno de Navarra
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.6 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, las aportaciones financieras que se comprometan a realizar los firmantes no
podrán ser superiores a los gastos derivados de la ejecución del convenio.
Décima. Transparencia.
El convenio suscrito será puesto a disposición de los ciudadanos en el
correspondiente portal de transparencia en aplicación de lo dispuesto en la Ley 19/2013,
de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y Buen Gobierno, y demás normativa de
desarrollo de la misma.
Propiedad intelectual y derechos de imagen.

Para la realización de los compromisos relativos a las actividades objeto del presente
convenio, el Instituto Navarro de la Memoria de la Dirección General de Paz,
Convivencia y Derechos Humanos, se responsabilizará de gestionar todos los derechos
de explotación (reproducción, transformación, distribución y comunicación pública) y
demás derivados de la propiedad intelectual e industrial y de los derechos de imagen o
de cualquier otro tipo necesarios para la celebración de estas actividades y para la
difusión de las mismas y se compromete, asimismo, a mantener indemne a la Secretaría
de Estado de cualquier reclamación que recibiera de terceros al respecto de la
legitimidad de la titularidad de los derechos referidos anteriormente.
Para la realización de los compromisos asumidos en la cláusula segunda, el Instituto
Navarro de la Memoria de la Dirección General de Paz, Convivencia y de Derechos
Humanos del Gobierno de Navarra, habrá gestionado y pagado a su cargo, en su caso,
la cesión por parte de sus titulares de los derechos de propiedad intelectual necesarios
para realizar el objeto del presente convenio durante el período correspondiente de 2022
y 2023.
En el caso de que cualquiera de las partes realice grabaciones y ediciones de
vídeos, fotos o cualquier otro material audiovisual de las actividades objeto del presente
convenio, su titularidad corresponderá a la parte que lo realice, comprometiéndose dicha
parte a ceder a la otra una copia del mismo. Esta cesión comportará la autorización a la
otra parte para la reproducción, transformación, distribución, comunicación pública,
incluida la puesta a disposición del público a través de internet, del material audiovisual
realizado en virtud del presente convenio, en todos los países y durante el tiempo más
amplio permitido por la legislación vigente. Todo ello sin perjuicio de los derechos de
cualquier tipo que terceras personas ostenten sobre estos materiales.
En relación con los derechos de propiedad intelectual sobre los resultados de la
colaboración de las partes, así como los alcanzados en desarrollo de las actividades
previstas en los apartados 1 y 3 de la cláusula segunda del presente convenio, las partes
acuerdan expresamente compartir al 50 % la propiedad intelectual de la obra resultante.

cve: BOE-A-2022-17240
Verificable en https://www.boe.es

Undécima.