III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2022-17088)
Resolución de 28 de julio de 2022, de ADIF-Alta Velocidad, por la que se publica el Convenio con la Generalitat Valenciana y el Ayuntamiento de Valencia, para la ejecución y pago de las obras del "Canal de acceso. Fase 3. Integración del ferrocarril en la ciudad de Valencia", su dirección y asistencias técnicas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 251

Miércoles 19 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 142310

Sin perjuicio de las posibles adaptaciones que se puedan realizar, para ser
considerado elegible, los hitos a cumplir son los siguientes:
– Hitos físicos:
• Hito 87: 21,5 km de nueva línea ferroviaria en alguno de los siguientes
subsistemas: plataforma, vía, electrificación o instalaciones de seguridad antes del fin del
segundo trimestre de 2026 (con acta de recepción).
Con el objetivo de coadyuvar al buen fin de la operación, Adif-Alta Velocidad aportará
los fondos PRTR que reciba asociados a la actuación Canal de Acceso Fase 3 en
beneficio del desarrollo de dicha actuación y que financien actuaciones elegibles, por lo
que, en el supuesto de que se obtuvieran estos fondos, estas cantidades se detraerían
de las aportaciones económicas de todas las partes de manera proporcional según la
tabla siguiente:
Reducción de aportaciones según previsión de ingresos PRTR
en millones de euros

Entidad/Organismo

%

Año 1

Año 2

Año 3

Año 4

Generalitat Valenciana.

25

5,85

15,45

13,31

6,35

40,96

Ayuntamiento de Valencia.

25

5,85

15,45

13,31

6,35

40,96

Adif Alta Velocidad.

50

11,70

30,90

26,63

12,70

81,93

100

23,39

61,80

53,25

25,40

163,85

Total.

Total

Debido a que el importe estimado de los fondos PRTR que tiene previsto recibir
Adif-Alta Velocidad en relación con las cifras indicadas anteriormente podrá variar e
incluso anularse en función del alcance de las actuaciones elegibles y del cumplimiento
de determinados hitos, únicamente una vez se cumplan los hitos del PRTR y una vez
que Adif Alta Velocidad haya obtenido dichos fondos, la Comisión de seguimiento del
convenio reajustará las aportaciones proporcionalmente fijando los importes a detraer
para cada una de las entidades firmantes del convenio y la financiación final de cada una
de ellas para lo que se tramitará la correspondiente Adenda Modificativa.
En consecuencia de lo anterior, resulta de aplicación a la programación,
presupuestación, gestión y ejecución del proyecto de inversión citado lo previsto en el
Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes
para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del PRTR.
En relación con la posible compatibilidad de ayudas como fuentes de financiación,
las medidas incluidas en el PRTR deben cumplir con el principio horizontal establecido
en el artículo 9 del Reglamento (UE) 241/2021, así como con lo previsto en el apartado 3
del artículo 7 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura
el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. En
consecuencia, dichas medidas deben respetar el principio de adicionalidad y la
necesidad de establecer mecanismos que eviten la doble financiación, de manera que
las inversiones financiadas con fondos del PRTR podrán recibir ayudas de otros
programas e instrumentos de la Unión, siempre que dicha ayuda no cubra el mismo
coste, y en todo caso de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE,
Euratom) 2018/1046, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018,
sobre las normas financieras aplicables al Presupuesto General de la Unión.
Otros fondos europeos.
La no obtención de fondos incluidos en el PRTR por no contribuir o incumplir los hitos u
objetivos previstos en las Disposiciones Operativas (OA) del PRTR, no impedirá la posible

cve: BOE-A-2022-17088
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Cuadro 4.