III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidades autónomas. Convenio. (BOE-A-2022-16966)
Resolución de 6 de septiembre de 2022, de Puertos del Estado, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Oviedo, la Universidad Politécnica de Madrid, la Universidad de Cádiz y la Universidad de A Coruña, para la organización y desarrollo de los estudios de postgrado conducentes al título propio de Máster en Gestión y Planificación Portuaria e Intermodalidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 249
Lunes 17 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 141294
e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en
otras leyes.
Decimotercera.
Modificación del convenio.
La modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de los
firmantes.
Decimocuarta. Régimen jurídico.
El presente convenio tiene naturaleza jurídico-administrativa y se regirá por lo
establecido en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen jurídico del Sector Público.
Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en la interpretación y cumplimiento del
presente convenio, serán de conocimiento y competencia del Orden Jurisdiccional de lo
Contencioso-Administrativo.
cve: BOE-A-2022-16966
Verificable en https://www.boe.es
Y para que así conste y surta los efectos oportunos, y en prueba de conformidad y
aceptación con todo lo anteriormente expuesto y estipulado, se firma el presente
Convenio.–Por la Universidad de Oviedo, Ángel Ignacio Villaverde Menéndez, Rector de
la Universidad.–Por la Universidad Politécnica de Madrid, Guillermo Cisneros Pérez,
Rector de la Universidad.–Por la Universidad de Cádiz, Francisco Piniella Corbacho,
Rector de la Universidad.–Por la Universidad de A Coruña, Julio Ernesto Abalde Alonso,
Rector de la Universidad.–Por Puertos del Estado, Álvaro Rodríguez Dapena, Presidente
de este organismo público.–Firmados digitalmente.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 249
Lunes 17 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 141294
e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en
otras leyes.
Decimotercera.
Modificación del convenio.
La modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de los
firmantes.
Decimocuarta. Régimen jurídico.
El presente convenio tiene naturaleza jurídico-administrativa y se regirá por lo
establecido en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen jurídico del Sector Público.
Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en la interpretación y cumplimiento del
presente convenio, serán de conocimiento y competencia del Orden Jurisdiccional de lo
Contencioso-Administrativo.
cve: BOE-A-2022-16966
Verificable en https://www.boe.es
Y para que así conste y surta los efectos oportunos, y en prueba de conformidad y
aceptación con todo lo anteriormente expuesto y estipulado, se firma el presente
Convenio.–Por la Universidad de Oviedo, Ángel Ignacio Villaverde Menéndez, Rector de
la Universidad.–Por la Universidad Politécnica de Madrid, Guillermo Cisneros Pérez,
Rector de la Universidad.–Por la Universidad de Cádiz, Francisco Piniella Corbacho,
Rector de la Universidad.–Por la Universidad de A Coruña, Julio Ernesto Abalde Alonso,
Rector de la Universidad.–Por Puertos del Estado, Álvaro Rodríguez Dapena, Presidente
de este organismo público.–Firmados digitalmente.
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X