III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2022-16892)
Resolución de 3 de octubre de 2022, de la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., por la que se publica el Convenio con la Fundación Limne, para la realización de actuaciones de custodia fluvial, para el mantenimiento, conservación, recuperación, restauración y mejora del dominio público hidráulico.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 248
Sábado 15 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 140716
En su virtud ambas partes acuerdan:
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objeto del presente convenio es formalizar la colaboración entre la Confederación
Hidrográfica del Júcar, O.A., y la Fundación Limne, para la realización de actuaciones de
mantenimiento, conservación, recuperación, restauración y mejora del patrimonio natural
y la biodiversidad, en particular del dominio público hidráulico, mediante acciones de
voluntariado y custodia fluvial.
Las actuaciones que fundamentalmente se contemplan para el desarrollo del
presente convenio son aquellas relacionadas con el control de especies exóticas
invasoras, la realización de plantaciones con especies de ribera y la recogida de
residuos sólidos urbanos, sin perjuicio de las competencias que en estas materias
pudieran corresponder a otras Administraciones Públicas.
Segunda.
Ámbito de aplicación.
El ámbito de actuación del presente convenio es el de los bienes de dominio público
hidráulico, según la definición del artículo 2 del texto refundido de la Ley de Aguas, cuya
administración y gestión corresponda a la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A.
Tercera.
Obligaciones de las partes.
La Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., se compromete a:
– Identificar aquellas zonas que sean de su interés para llevar a cabo actuaciones de
mantenimiento, conservación, recuperación, restauración y mejora del dominio público
hidráulico, de acuerdo con la tipología de actuaciones descrita en la cláusula primera de
este convenio.
– Prestar asesoría y supervisión en el desarrollo de las actuaciones a realizar.
– Decidir en última instancia los tramos a incluir en un Programa de Actuaciones a
desarrollar y acordar con la Fundación Limne, para el seguimiento y control de la
ejecución del convenio, así como establecer en su caso las condiciones bajo las que
deberán realizarse cada uno de los trabajos.
– Desarrollar las actuaciones de custodia fluvial para el mantenimiento,
conservación, recuperación, restauración y mejora del dominio público hidráulico
mediante acciones de voluntariado, respetando las condiciones indicadas por la
Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., o los condicionantes ambientales que
existieran, si fuera el caso.
– Fomentar y favorecer la participación de administraciones locales, empresas, ONG
y ciudadanía, en la conservación del dominio público hidráulico, a través de la creación
de una Oficina de Participación y Custodia Fluvial en la que se informará de posibles
acciones o proyectos de custodia fluvial.
– Velar por la seguridad y salud tanto de los trabajadores y voluntarios de la
Fundación Limne como de los asistentes a la realización de las actuaciones que se
desarrollen al amparo del presente convenio.
– Solicitar los informes ambientales que se estimen necesarios, en su caso, para la
realización de las actuaciones previstas.
La Fundación Limne realizará, en desarrollo de un Programa Anual de Actuaciones a
acordar con la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., y con carácter previo a la
ejecución de cada actuación, una ficha/memoria de cada una de las acciones incluidas
cve: BOE-A-2022-16892
Verificable en https://www.boe.es
Por su parte, la Fundación Limne se compromete a:
Núm. 248
Sábado 15 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 140716
En su virtud ambas partes acuerdan:
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objeto del presente convenio es formalizar la colaboración entre la Confederación
Hidrográfica del Júcar, O.A., y la Fundación Limne, para la realización de actuaciones de
mantenimiento, conservación, recuperación, restauración y mejora del patrimonio natural
y la biodiversidad, en particular del dominio público hidráulico, mediante acciones de
voluntariado y custodia fluvial.
Las actuaciones que fundamentalmente se contemplan para el desarrollo del
presente convenio son aquellas relacionadas con el control de especies exóticas
invasoras, la realización de plantaciones con especies de ribera y la recogida de
residuos sólidos urbanos, sin perjuicio de las competencias que en estas materias
pudieran corresponder a otras Administraciones Públicas.
Segunda.
Ámbito de aplicación.
El ámbito de actuación del presente convenio es el de los bienes de dominio público
hidráulico, según la definición del artículo 2 del texto refundido de la Ley de Aguas, cuya
administración y gestión corresponda a la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A.
Tercera.
Obligaciones de las partes.
La Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., se compromete a:
– Identificar aquellas zonas que sean de su interés para llevar a cabo actuaciones de
mantenimiento, conservación, recuperación, restauración y mejora del dominio público
hidráulico, de acuerdo con la tipología de actuaciones descrita en la cláusula primera de
este convenio.
– Prestar asesoría y supervisión en el desarrollo de las actuaciones a realizar.
– Decidir en última instancia los tramos a incluir en un Programa de Actuaciones a
desarrollar y acordar con la Fundación Limne, para el seguimiento y control de la
ejecución del convenio, así como establecer en su caso las condiciones bajo las que
deberán realizarse cada uno de los trabajos.
– Desarrollar las actuaciones de custodia fluvial para el mantenimiento,
conservación, recuperación, restauración y mejora del dominio público hidráulico
mediante acciones de voluntariado, respetando las condiciones indicadas por la
Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., o los condicionantes ambientales que
existieran, si fuera el caso.
– Fomentar y favorecer la participación de administraciones locales, empresas, ONG
y ciudadanía, en la conservación del dominio público hidráulico, a través de la creación
de una Oficina de Participación y Custodia Fluvial en la que se informará de posibles
acciones o proyectos de custodia fluvial.
– Velar por la seguridad y salud tanto de los trabajadores y voluntarios de la
Fundación Limne como de los asistentes a la realización de las actuaciones que se
desarrollen al amparo del presente convenio.
– Solicitar los informes ambientales que se estimen necesarios, en su caso, para la
realización de las actuaciones previstas.
La Fundación Limne realizará, en desarrollo de un Programa Anual de Actuaciones a
acordar con la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., y con carácter previo a la
ejecución de cada actuación, una ficha/memoria de cada una de las acciones incluidas
cve: BOE-A-2022-16892
Verificable en https://www.boe.es
Por su parte, la Fundación Limne se compromete a: