III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2022-16681)
Resolución de 7 de octubre de 2022, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica el Convenio entre la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y la Universidad Complutense de Madrid, por el que se canaliza la subvención nominativa establecida en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, para la asistencia en el desarrollo de una guía de prescripción de antibióticos veterinarios en los pequeños animales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 245
Miércoles 12 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 139342
Quinto.
Que en virtud de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2022, se incluye en los presupuestos de la AEMPS una subvención
nominativa a la Universidad Complutense de Madrid, por un importe máximo de once mil
euros (11.000 €) para la asistencia en el desarrollo de una guía de prescripción de
antibióticos veterinarios en los pequeños animales.
Que de acuerdo con el artículo 28.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, los convenios serán el instrumento habitual para canalizar las
subvenciones previstas nominativamente en los Presupuestos Generales del Estado,
teniendo a estos efectos el carácter de base reguladora de la concesión a los efectos de
lo dispuesto en la Ley General de Subvenciones.
Este convenio tiene por objeto canalizar dicha subvención, estableciendo el régimen
de la misma.
De conformidad con lo expuesto, y al amparo de lo dispuesto en los artículos 22.2
y 28.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como en el
artículo 65 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su
Reglamento, ambas entidades tienen a bien suscribir el presente convenio de acuerdo
con las siguientes:
ESTIPULACIONES
Primera. Objeto.
El objeto del presente convenio es la canalización de la subvención nominativa
establecida en los presupuestos de la AEMPS a favor de la Universidad Complutense de
Madrid para la asistencia en el desarrollo de una guía de prescripción de antibióticos
veterinarios en los pequeños animales.
El desarrollo de dichas actividades se atendrá a lo dispuesto en el presente
Convenio.
Segunda.
Compromisos de la Universidad Complutense de Madrid.
1. Proporcionar un documento sobre el protocolo de toma de muestras y envío de
las mismas para su estudio.
2. Realizar todas las pruebas histológicas o inmunohistológicas necesarias.
3. Preparación de documentos técnicos sobre los resultados y recomendaciones
sobre el empleo de antibióticos.
4. Alimentar con los resultados obtenidos las herramientas de difusión establecidas
por el PRAN con el fin de informar a los prescriptores facilitando el empleo adecuado de
los antibióticos en el tratamiento de las patologías.
Compromisos de la AEMPS.
1. Establecer las medidas oportunas tendentes a la gestión para la consecución del
objeto del presente Convenio, incluyendo la formación e información necesarias.
2. Será informada de los trabajos recogidos en la estipulación segunda.
3. Se reserva la facultad de requerir, a la Universidad Complutense de Madrid,
cuanta documentación se estime precisa para poder constatar la correcta ejecución del
convenio y para poder proceder a la realización del pago del mismo.
Cuarta. Protección de datos.
Ambas partes consienten que los datos personales del presente convenio puedan
incorporarse a ficheros de titularidad de cada una de ellas con la única finalidad de
proceder a la gestión adecuada del mismo, de acuerdo con sus funciones estatutarias,
cve: BOE-A-2022-16681
Verificable en https://www.boe.es
Tercera.
Núm. 245
Miércoles 12 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 139342
Quinto.
Que en virtud de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2022, se incluye en los presupuestos de la AEMPS una subvención
nominativa a la Universidad Complutense de Madrid, por un importe máximo de once mil
euros (11.000 €) para la asistencia en el desarrollo de una guía de prescripción de
antibióticos veterinarios en los pequeños animales.
Que de acuerdo con el artículo 28.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, los convenios serán el instrumento habitual para canalizar las
subvenciones previstas nominativamente en los Presupuestos Generales del Estado,
teniendo a estos efectos el carácter de base reguladora de la concesión a los efectos de
lo dispuesto en la Ley General de Subvenciones.
Este convenio tiene por objeto canalizar dicha subvención, estableciendo el régimen
de la misma.
De conformidad con lo expuesto, y al amparo de lo dispuesto en los artículos 22.2
y 28.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como en el
artículo 65 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su
Reglamento, ambas entidades tienen a bien suscribir el presente convenio de acuerdo
con las siguientes:
ESTIPULACIONES
Primera. Objeto.
El objeto del presente convenio es la canalización de la subvención nominativa
establecida en los presupuestos de la AEMPS a favor de la Universidad Complutense de
Madrid para la asistencia en el desarrollo de una guía de prescripción de antibióticos
veterinarios en los pequeños animales.
El desarrollo de dichas actividades se atendrá a lo dispuesto en el presente
Convenio.
Segunda.
Compromisos de la Universidad Complutense de Madrid.
1. Proporcionar un documento sobre el protocolo de toma de muestras y envío de
las mismas para su estudio.
2. Realizar todas las pruebas histológicas o inmunohistológicas necesarias.
3. Preparación de documentos técnicos sobre los resultados y recomendaciones
sobre el empleo de antibióticos.
4. Alimentar con los resultados obtenidos las herramientas de difusión establecidas
por el PRAN con el fin de informar a los prescriptores facilitando el empleo adecuado de
los antibióticos en el tratamiento de las patologías.
Compromisos de la AEMPS.
1. Establecer las medidas oportunas tendentes a la gestión para la consecución del
objeto del presente Convenio, incluyendo la formación e información necesarias.
2. Será informada de los trabajos recogidos en la estipulación segunda.
3. Se reserva la facultad de requerir, a la Universidad Complutense de Madrid,
cuanta documentación se estime precisa para poder constatar la correcta ejecución del
convenio y para poder proceder a la realización del pago del mismo.
Cuarta. Protección de datos.
Ambas partes consienten que los datos personales del presente convenio puedan
incorporarse a ficheros de titularidad de cada una de ellas con la única finalidad de
proceder a la gestión adecuada del mismo, de acuerdo con sus funciones estatutarias,
cve: BOE-A-2022-16681
Verificable en https://www.boe.es
Tercera.