III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Premios. (BOE-A-2022-16682)
Resolución de 27 de septiembre de 2022, de la Secretaría General de Innovación, por la que se convoca la concesión de la distinción «Ciudad de la Ciencia y la Innovación» correspondiente al año 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 245

Miércoles 12 de octubre de 2022
Segundo.

Sec. III. Pág. 139347

Modalidades de la distinción.

En esta convocatoria se concederán hasta un máximo de 10 distinciones en cada
una de las tres categorías previstas en la orden de creación de la distinción atendiendo a
la población del municipio:
a) Hasta 20.000 habitantes.
b) De 20.001 a 100.000 habitantes.
c) Más de 100.000 habitantes.
Tercero. Normativa aplicable.
La concesión de esta distinción se rige por lo dispuesto en el título I de la Orden
CIN/2502/2010, de 17 septiembre, por la que se crea la distinción «Ciudad de la Ciencia
y la Innovación» y se establecen sus bases, modificada por la Orden CIN/2785/2010,
de 29 de octubre, y por lo establecido en la presente convocatoria para el año 2021.
Cuarto.

Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios aquellos ayuntamientos que cumplan con los requisitos
establecidos para ello en la citada normativa.
Quinto.

Presentación de las solicitudes.

1. El plazo de presentación de las solicitudes comenzará el 18 de octubre de 2022
a las 8:00 horas (hora peninsular) y finalizará el 28 de octubre de 2022 a las 12:00 horas
(hora peninsular).
2. La presentación de la solicitud se realizará a través de la cumplimentación del
formulario electrónico disponible en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia e
Innovación (ver vía de acceso en anexo).
3. La presentación de la solicitud deberá hacerse con un sistema de firma
electrónica avanzada. El certificado electrónico correspondiente deberá cumplir dos
requisitos:

Una vez firmada electrónicamente, la solicitud quedará automáticamente registrada
en el Registro Electrónico del Ministerio de Ciencia e Innovación.
La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación (aportada
mediante ficheros electrónicos en formato PDF y de tamaño no superior a 4 Megabytes,
o en su defecto atendiendo a las previsiones contenidas en el Real Decreto 4/2010, de 8
de enero, que aprueba el Esquema Nacional de Interoperabilidad):
a) Una memoria descriptiva de la candidatura, elaborada conforme a las directrices
establecidas en el anexo a esta convocatoria. En la misma se deberá incluir una tabla
resumen de proyectos.
b) La certificación del acuerdo de participación en la convocatoria que haya
adoptado el órgano municipal competente que incluirá la decisión de solicitar la
incorporación a la Asociación de la Red INNPULSO (ARINN) en caso de obtener la
distinción de ciudad de la ciencia y la innovación. Los estatutos de la asociación ARINN

cve: BOE-A-2022-16682
Verificable en https://www.boe.es

a) Debe pertenecer a una persona que esté inscrita como representante del
Ayuntamiento en el Registro Unificado de Solicitantes (RUS) del Ministerio de Ciencia e
Innovación, no siendo necesario que sea el alcalde o alcaldesa de la localidad. Esta
inscripción se podrá realizar en la misma sede electrónica, en el apartado «Registro de
representante de Corporación Local», para lo cual el representante deberá identificarse y
definir su nombre de usuario y palabra clave.
b) Debe corresponder a alguno de los certificados digitales admitidos en la
plataforma «@firma», que pueden consultarse en la sede electrónica del Ministerio de
Ciencia e Innovación, dentro del apartado «Certificados digitales».