III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2022-16672)
Resolución de 12 de agosto de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación de la registradora de la propiedad de Aoiz, por la que se suspende la práctica de una anotación preventiva de embargo sobre una finca registral.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 245

Miércoles 12 de octubre de 2022

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
16672

Resolución de 12 de agosto de 2022, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación de la
registradora de la propiedad de Aoiz, por la que se suspende la práctica de
una anotación preventiva de embargo sobre una finca registral.

En el recurso interpuesto doña U. Z. E., en nombre y representación de «Z&Z
Abogados, SLP», contra la calificación de la registradora de la Propiedad de Aoiz, doña
Ana Elisa de Gregorio García, por la que se suspende la práctica de una anotación
preventiva de embargo sobre la registral 32.389 de Egüés.
Hechos
I
Se presenta el día 22 de febrero de 2022 mandamiento expedido por el letrado de
Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Pamplona, por
el que en el seno del procedimiento número 64/2022 de ejecución de títulos judiciales, a
instancia de «Z&Z abogados, SLP» frente a «Servicios Inmobiliarios Val, SL», se ordena
la práctica de una anotación preventiva de embargo sobre la registral 32.389 de Egüés.
II
Presentado el indicado mandamiento en el Registro de la Propiedad de Aoiz, es
calificado negativamente, expresándose:
«El día 22 de febrero de 2022 se presentó mandamiento expedido el día 21 de
febrero de 2022, por la Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera
Instancia N.º 1 de Pamplona, en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales
n.º 64/2022, a instancia de “Z&Z Abogados S.L.P.” contra la entidad “Servicios
Inmobiliarios Val, S.L.”, por el que se ordena la anotación preventiva de embargo sobre la
finca n.º 32389 de Egüés, inscrita al tomo 2702, libro 361, folio 189, causando el asiento
de presentación n.º 1567 del Libro Diario 140.
La registradora que suscribe deniega la anotación acordada por existir inscrito un
derecho de fiducia en garantía a favor de la entidad “Cinatron Internacional, S.L.U.”,
quien no ha sido parte en el procedimiento. Artículo 20 de la Ley Hipotecaria, 140 y
concordantes del Reglamento Hipotecario, Ley 466 y siguientes de la Compilación del
Derecho Civil Foral de Navarra y artículo 24 de la Constitución Española (…)

III
Instada la calificación sustitutoria mediante escrito fechado el día 27 de abril de 2022,
la calificación recurrida fue confirmada mediante resolución de fecha 9 de mayo de 2022
emitida por doña María Emilia de Miguel de Miguel.

cve: BOE-A-2022-16672
Verificable en https://www.boe.es

Aoiz, a 21 de marzo de 2022. Este documento ha sido firmado digitalmente por la
registradora, doña Ana Elisa Gregorio García con firma electrónica reconocida.»