III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Fundaciones. (BOE-A-2022-16659)
Resolución de 10 de agosto de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Developia.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 245

Miércoles 12 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 139246

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
16659

Resolución de 10 de agosto de 2022, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación Developia.

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Developia.
Antecedentes de hecho
Primero. Constitución de la Fundación.
La Fundación citada fue constituida por don Carlos Antonio Franco Uliaque y la
entidad mercantil «Gestión Estratégica e Innovación S.L.» según resulta de la escritura
otorgada ante el notario de Zaragoza, don Adolfo Calatayud Sierra el 25 de abril de 2022
con el número 1122 de protocolo.
Segundo.

Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en la Plaza José María Forqué, 2-3
(local), 50004 Zaragoza, y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del
Reino de España.
Tercero. Dotación.
Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 euros). La dotación es dineraria, habiendo
sido desembolsada totalmente según se acredita con la correspondiente certificación
bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la Ley.
Cuarto.

Fines de la Fundación.

Promoción de la acción social, asistencia e inclusión social; Defensa del medio
ambiente y desarrollo sostenible y territorial; Fomento y desarrollo de la economía social
y del trabajo digno; Protección de la infancia y educación de calidad; Promover el
desarrollo tecnológico para toda la población; Promoción del voluntariado entre jóvenes y
adultos; Promoción de la igualdad de oportunidades.

Don Carlos Antonio Franco Uliaque, doña María Pilar Uliaque Pérez y Asociación
Instituto Ikigai, Asociación Española para el Emprendimiento y el desarrollo Personal y
Profesional.
Cargos:
Presidente: Don Carlos Antonio Franco Uliaque.
Secretaria: Doña María Pilar Uliaque Pérez.
Vocal: Asociación Instituto Ikigai, Asociación Española para el Emprendimiento y el
desarrollo Personal y Profesional, que nombra persona física representante a doña Zaira
Villalba Orera.

cve: BOE-A-2022-16659
Verificable en https://www.boe.es

Quinto. Patronos.