I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Real Academia de Bellas Artes de San Fernando. Estatutos. (BOE-A-2022-16587)
Real Decreto 858/2022, de 11 de octubre, por el que se modifican los Estatutos de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando, aprobados por el Real Decreto 542/2004, de 13 de abril.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 245

Miércoles 12 de octubre de 2022

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I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN
Real Decreto 858/2022, de 11 de octubre, por el que se modifican los
Estatutos de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando, aprobados
por el Real Decreto 542/2004, de 13 de abril.

Los Estatutos de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando actualmente
vigentes fueron aprobados por el Real Decreto 542/2004, de 13 de abril. Desde esa
fecha, y en cumplimiento de sus fines estatutarios, la Academia ha venido realizando un
notable esfuerzo para estudiar y difundir los importantes fondos artísticos que posee,
procurando incrementar su actividad en beneficio de la creación artística, del
conocimiento de las artes y su historia y de la protección del patrimonio cultural, así
como su proyección en la sociedad, sobre todo a través de la ampliación de su museo,
de la actividad de la Calcografía Nacional y del Taller de vaciados y reproducciones, de
la consulta por los investigadores de los fondos bibliográficos y documentales de su
biblioteca y archivo y de la realización de publicaciones impresas y digitales, de
documentales, de actividades expositivas y de estudios y proyectos de investigación en
el marco de su Centro de Estudios. Todo ello sin perjuicio de ejercitar su función
consultiva en materia de protección y conservación del patrimonio cultural ante las
administraciones públicas, como corporación de Derecho público.
Todas estas actividades requirieron de una importante reorganización interna de los
departamentos de la Academia (Archivo, Biblioteca y Publicaciones; Museo; Calcografía
Nacional y Taller de Vaciados y Reproducciones), llevada a cabo mediante el reglamento,
aprobado por el Pleno de conformidad con el artículo 5 de los estatutos, que entró en
vigor el día 30 de mayo de 2005.
No obstante, pese a las reformas parciales de este reglamento aprobadas en los
últimos años, el crecimiento de la actividad cultural de la Academia y la necesaria mejora
de la coordinación de sus departamentos y servicios requiere abordar ahora una
modificación de la organización establecida en los propios estatutos de la corporación.
En particular, esta finalidad se hace patente en lo relativo a la programación de las
actividades expositivas de la Academia y a la conservación, estudio, difusión y exhibición
de los fondos artísticos de la Calcografía Nacional en conexión con los del Museo. Por
ello, a través de este real decreto se adopta, entre otras medidas de mejora funcional, la
unificación de la Delegación del Museo y de la Calcografía Nacional, así como la de las
correspondientes Comisiones de la Academia, sin perjuicio del mantenimiento de la
Calcografía Nacional, dependiente de la corporación, como departamento de la misma.
Esta unificación implica un ahorro de los costes de funcionamiento de la Academia y
una mayor eficiencia en la asignación de sus recursos humanos, técnicos y económicos,
además de una actualización de las competencias y funciones del Bibliotecario o
Bibliotecaria y de las personas titulares de las delegaciones de los restantes
departamentos, en función de las misiones que se les atribuyen en este real decreto o en
las reformas parciales del reglamento de la Academia efectuadas anteriormente.
Por otra parte, y con el fin de establecer un similar tratamiento para todas las personas
titulares de las correspondientes delegaciones de los departamentos de la Academia, se
integra a la Delegación del Taller de Vaciados y Reproducciones en la Mesa de la
Corporación, que queda así compuesta por siete miembros: quien ostente la Dirección; la
Vicedirección-Tesorería; la Secretaría General; el cargo de Censor o Censora; el de
Bibliotecario o Bibliotecaria; y los cargos de Delegado o Delegada del Museo, Calcografía
y Exposiciones; y Delegado o Delegada del Taller de Vaciados y Reproducciones.
Finalmente, para mantener tras esta reforma estatutaria la simultaneidad que
actualmente existe en la elección por el Pleno de la Corporación de las comisiones

cve: BOE-A-2022-16587
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