I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Organización. (BOE-A-2022-16583)
Real Decreto 854/2022, de 11 de octubre, por el que se crean la Mesa Nacional del Regadío y el Observatorio de la Sostenibilidad del Regadío.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 12 de octubre de 2022

Sec. I. Pág. 139047

Sin embargo, hasta el momento, no existía ningún órgano de cooperación específico
para facilitar el intercambio de información sobre las actuaciones realizadas por la
Administración del Estado y las comunidades autónomas en materia de regadíos, ni
tampoco que permitiera cooperar o realizar consultas entre éstas y el resto de partes
interesadas. Se hace necesario, por tanto, la creación de un mecanismo de ámbito
nacional, que permita realizar de una manera ordenada estas funciones, facilitando la
gobernanza del regadío español.
El Real Decreto 430/2020, de 3 de marzo, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y por el que se
modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura
orgánica básica de los departamentos ministeriales, determina que corresponde a éste
Ministerio, a través de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación
Agroalimentaria, el ejercicio de las competencias de la Administración General del
Estado en materia de regadíos e infraestructuras rurales de interés general y, en
particular, la planificación, coordinación, ejecución, modernización y seguimiento de los
planes de regadíos y de sus instrumentos.
De este modo, al amparo de los artículos 5, 15.2 y 22 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se crea la Mesa Nacional del Regadío
como órgano adscrito al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, que constituye
el instrumento básico de cooperación, comunicación y participación entre las autoridades
competentes en materia de agricultura y de aplicación de agua en regadío, tanto de la
Administración General del Estado como de las comunidades autónomas y de éstas con
el resto de los agentes interesados en la política de regadíos en España. Todo ello sin
perjuicio de las competencias en materia de definición, propuesta y ejecución de las
políticas en materia de agua y gestión del dominio público hidráulico, calidad y
evaluación ambiental y energía que corresponden al Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico y a las comunidades autónomas.
El Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y el Consejo, de 12 de
febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia,
proporciona a los Estados miembros ayuda financiera dentro de los límites y en los
plazos marcados por el Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo, de 14 de diciembre
de 2020, por el que se establece un Instrumento de Recuperación de la Unión Europea
para apoyar la recuperación tras la crisis de la COVID-19. Esta ayuda tiene como
objetivo fomentar la cohesión económica, social y territorial de la Unión, mejorando la
resiliencia, la preparación frente a las crisis, la capacidad de ajuste y el potencial de
crecimiento de los Estados miembros, mitigando el impacto social y económico de la
crisis de la COVID-19. Cada Estado miembro, para recibir una contribución financiera de
acuerdo con lo establecido en el Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo, de 14 de
diciembre, tuvo que presentar a la Comisión un Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia aprobado por Acuerdo del
Consejo de Ministros del Gobierno de España el 27 de abril de 2021, evaluado
favorablemente por la Decisión de Ejecución del Consejo del 16 de junio de 2021 y
ratificado en julio de este mismo año en la reunión de Ministros de Economía y Finanzas
del Consejo de la Unión Europea (ECOFIN), incorpora una importante agenda de
reformas e inversiones estructurales, que se interrelacionan y retroalimentan para lograr
cuatro objetivos o ejes transversales: avanzar hacia una España más verde, más digital,
más cohesionada desde el punto de vista social y territorial, y más igualitaria. Estos
cuatro ejes orientan diez políticas palanca, estando dedicada la primera de ellas a
«Agenda urbana y rural, lucha contra la despoblación y desarrollo de la agricultura» y
dotada con un 16 % del presupuesto total. Dentro de esta política se incluye el
Componente 3 denominado «Transformación Ambiental y Digital del sector
agroalimentario y pesquero». En esta componente 3 se engloban diferentes reformas e
inversiones, entre las que se encuentra la Reforma 4 «Impulso a la gobernanza y a la
sostenibilidad de las inversiones en los regadíos españoles». Esta reforma busca

cve: BOE-A-2022-16583
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Núm. 245