I. Disposiciones generales. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo Nacional de Policía. (BOE-A-2022-16582)
Real Decreto 853/2022, de 11 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de procesos selectivos y formación de la Policía Nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 245
Miércoles 12 de octubre de 2022
Sec. I. Pág. 139016
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DEL INTERIOR
Real Decreto 853/2022, de 11 de octubre, por el que se aprueba el
Reglamento de procesos selectivos y formación de la Policía Nacional.
La Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía
Nacional, introdujo importantes novedades respecto del ingreso, la formación, la carrera
profesional y la promoción interna del Cuerpo Nacional de Policía. Sin embargo, respecto
de su desarrollo reglamentario, se mantuvo la vigencia del Real Decreto 614/1995, de 21
de abril, por el que se aprueba el Reglamento de los procesos selectivos y de formación
del Cuerpo Nacional de Policía. Por ello, atendiendo al mandato del legislador contenido
en la disposición final novena de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, se hace preciso
la aprobación de un nuevo texto reglamentario que desarrolle dicha Ley Orgánica y, a su
vez, integre en sus disposiciones los mandatos derivados de normas dictadas con
posterioridad que inciden en la materia que se regula en este reglamento.
Por tanto, dando cumplimiento a lo previsto en la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de
julio, el objetivo de este nuevo reglamento es llevar a cabo una modernización del
régimen de selección, promoción y formación de la Policía Nacional, dando cabida a los
avances que se han producido recientemente en los instrumentos con que cuenta la
Policía Nacional para desarrollar la formación y la carrera profesional de sus miembros,
entre los que ocupa un lugar muy destacado la reciente creación del Centro Universitario
de Formación de la Policía Nacional O.A., en virtud de la disposición adicional centésima
décima sexta de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2022.
La Policía Nacional es un cuerpo que se parece mucho a la sociedad a la que sirve:
tiene un perfil urbano, moderno, internacional, flexible, con gran capacidad de
adaptación, eficaz, igualitario y con una gran vocación de servicio a los españoles. Este
reglamento contribuye a reforzar su personalidad como institución al servicio de los
españoles y a impulsar su visión estratégica que marcará su actividad y su futuro
desarrollo, en una sociedad globalizada e hiperconectada que ofrece grandes
oportunidades para la ciudadanía, pero también genera retos en materia de seguridad
para los cuerpos policiales. Y, sin lugar a dudas, uno de ellos es tener la capacidad de
adaptación imprescindible a la nueva realidad para ser cada vez más eficaces en el
servicio que se presta a la ciudadanía. Para ello, es necesario establecer un proceso de
selección y formación de alto nivel que esté adaptado al nuevo escenario global y
permita crear un marco estable y equilibrado en el que se facilite la incorporación de
talento, se promocione la carrera profesional del personal policial y se garantice la
igualdad, con un especial énfasis en evitar cualquier elemento que pueda producir
situaciones de discriminación o desigualdad.
El reglamento se divide en siete capítulos: disposiciones generales; ingreso en la
Policía Nacional; promoción interna; baremo, escalafonamiento y destinos; proceso
selectivo de personal facultativo y técnico; medidas de conciliación y corresponsabilidad;
formación en la Policía Nacional.
En el capítulo I se determinan los principios rectores de los procesos selectivos y se
fija el ámbito de aplicación, apostando por una regulación integral de todos los procesos
selectivos e incorporando, en consecuencia, el proceso selectivo de ingreso para proveer
plazas del personal facultativo y técnico de la Policía Nacional, que permanecía regulado
en el Real Decreto 1593/1988, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento
de ingreso, formación, promoción y perfeccionamiento de funcionarios del Cuerpo
Nacional de Policía, norma parcialmente derogada, estableciendo un procedimiento de
selección acorde con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.
cve: BOE-A-2022-16582
Verificable en https://www.boe.es
16582
Núm. 245
Miércoles 12 de octubre de 2022
Sec. I. Pág. 139016
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DEL INTERIOR
Real Decreto 853/2022, de 11 de octubre, por el que se aprueba el
Reglamento de procesos selectivos y formación de la Policía Nacional.
La Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía
Nacional, introdujo importantes novedades respecto del ingreso, la formación, la carrera
profesional y la promoción interna del Cuerpo Nacional de Policía. Sin embargo, respecto
de su desarrollo reglamentario, se mantuvo la vigencia del Real Decreto 614/1995, de 21
de abril, por el que se aprueba el Reglamento de los procesos selectivos y de formación
del Cuerpo Nacional de Policía. Por ello, atendiendo al mandato del legislador contenido
en la disposición final novena de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, se hace preciso
la aprobación de un nuevo texto reglamentario que desarrolle dicha Ley Orgánica y, a su
vez, integre en sus disposiciones los mandatos derivados de normas dictadas con
posterioridad que inciden en la materia que se regula en este reglamento.
Por tanto, dando cumplimiento a lo previsto en la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de
julio, el objetivo de este nuevo reglamento es llevar a cabo una modernización del
régimen de selección, promoción y formación de la Policía Nacional, dando cabida a los
avances que se han producido recientemente en los instrumentos con que cuenta la
Policía Nacional para desarrollar la formación y la carrera profesional de sus miembros,
entre los que ocupa un lugar muy destacado la reciente creación del Centro Universitario
de Formación de la Policía Nacional O.A., en virtud de la disposición adicional centésima
décima sexta de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2022.
La Policía Nacional es un cuerpo que se parece mucho a la sociedad a la que sirve:
tiene un perfil urbano, moderno, internacional, flexible, con gran capacidad de
adaptación, eficaz, igualitario y con una gran vocación de servicio a los españoles. Este
reglamento contribuye a reforzar su personalidad como institución al servicio de los
españoles y a impulsar su visión estratégica que marcará su actividad y su futuro
desarrollo, en una sociedad globalizada e hiperconectada que ofrece grandes
oportunidades para la ciudadanía, pero también genera retos en materia de seguridad
para los cuerpos policiales. Y, sin lugar a dudas, uno de ellos es tener la capacidad de
adaptación imprescindible a la nueva realidad para ser cada vez más eficaces en el
servicio que se presta a la ciudadanía. Para ello, es necesario establecer un proceso de
selección y formación de alto nivel que esté adaptado al nuevo escenario global y
permita crear un marco estable y equilibrado en el que se facilite la incorporación de
talento, se promocione la carrera profesional del personal policial y se garantice la
igualdad, con un especial énfasis en evitar cualquier elemento que pueda producir
situaciones de discriminación o desigualdad.
El reglamento se divide en siete capítulos: disposiciones generales; ingreso en la
Policía Nacional; promoción interna; baremo, escalafonamiento y destinos; proceso
selectivo de personal facultativo y técnico; medidas de conciliación y corresponsabilidad;
formación en la Policía Nacional.
En el capítulo I se determinan los principios rectores de los procesos selectivos y se
fija el ámbito de aplicación, apostando por una regulación integral de todos los procesos
selectivos e incorporando, en consecuencia, el proceso selectivo de ingreso para proveer
plazas del personal facultativo y técnico de la Policía Nacional, que permanecía regulado
en el Real Decreto 1593/1988, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento
de ingreso, formación, promoción y perfeccionamiento de funcionarios del Cuerpo
Nacional de Policía, norma parcialmente derogada, estableciendo un procedimiento de
selección acorde con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.
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