II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias. (BOE-A-2022-10579)
Resolución de 14 de junio de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153

Lunes 27 de junio de 2022
3.

Sec. II.B. Pág. 89928

Una agudeza visual binocular, con gafas o lentillas, menor de 0,8.

También serán excluidas las personas que padezcan:
4. Desprendimiento de retina o retinosis pigmentaria.
5. Diplopía. Estrabismo.
6. Glaucoma. Hemianopsia.
7. Subluxación del cristalino. Afaquia.
8. Distrofia corneal con disminución de la agudeza visual. Queratitis crónica.
9. Hemeralopia.
10. Otras enfermedades oculares que impidan el desempeño de las tareas propias
del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias y previa propuesta
individualizada del servicio médico correspondiente.
II. Audición. No serán aptas aquellas personas que tengan una sordera completa
de ambos oídos, o incompleta permanente que produzca, en el oído de menor agudeza
auditiva, una disminución de la agudeza auditiva mayor de 35 decibelios en las
frecuencias entre los 1000 y 3000 hertzios o de 45 decibelios a 4000 hertzios.
III. Aparato locomotor. No serán aptas las personas que presenten:
1. Malformaciones o lesiones que incapaciten, limiten o comprometan
permanentemente, el libre movimiento de cualquier articulación o que puedan disminuir
la fuerza y agilidad de las manos, extremidades, tronco y cuello o su repercusión
estática.
2. Escoliosis con limitación importante para flexo-extensión. Hernia discal.
IV.

Endocrino. Serán excluidas aquellas personas que presenten:

1. Delgadez extrema: con índice de masa corporal (IMC) inferior a 18.
2. Obesidad: con índice de masa corporal (IMC) superior a 34.
3. Enfermedades del sistema endocrino-metabólico que impidan el desempeño de
las tareas propias del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias y previa
propuesta individualizada del servicio médico correspondiente.
V. Aparato digestivo. No serán aptas aquellas personas que padezcan:
1. Cirrosis hepática.
2. Enfermedad inflamatoria intestinal crónica.
3. Pancreatitis crónica.

1. Insuficiencia cardiaca.
2. Haber padecido infarto de miocardio o coronariopatía.
3. Arritmias: fibrilación auricular. Síndrome de preexcitación.
4. Valvulopatías y prótesis valvulares.
5. Aneurismas de grandes vasos.
6. Insuficiencias venosas periféricas, con signos de alteraciones tróficas y
varicosas.
VIII. Aparato respiratorio. No serán aptas aquellas personas que padezcan
enfermedades neumológicas (pulmonares) que tengan repercusión en la función
respiratoria. La función pulmonar se definirá mediante espirometría o auscultación
pulmonar facultativa, quedando la determinación de la prueba a realizar a criterio del
personal facultativo de la Administración designado por el Tribunal para la supervisión
médica del tercer ejercicio de la oposición, en función de la evolución de las COVID-19 y

cve: BOE-A-2022-10579
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VI. Aparato urinario. No serán aptas las personas con insuficiencia renal crónica.
VII. Aparato cardiovascular. No serán aptas las personas con: