II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2022-3088)
Resolución de 17 de febrero de 2022, de la Universidad Carlos III de Madrid, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 49

Sábado 26 de febrero de 2022

Sec. II.B. Pág. 23112

Madrid de 25 de junio de 2009, por la que se regula la creación, convocatoria y provisión
de plazas de los cuerpos de Catedráticos de Universidad y Profesores Titulares de
Universidad. Transcurrido el plazo de tres meses sin que la reclamación se haya
resuelto, se entenderá desestimada.
11.

Presentación de documentos y nombramientos

11.1 El aspirante propuesto para la provisión de la plaza deberá presentar, en los
veinte días hábiles siguientes a la publicación de la propuesta de la Comisión, en el
Registro General de la Universidad o a través de su Sede Electrónica los siguientes
documentos:
a) Certificado médico acreditativo de poseer la capacidad funcional para el
desempeño de las tareas de Profesor universitario.
b) Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración del Estado,
Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas en
virtud de expediente disciplinario, y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la Función
Pública. Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de algún
Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea
y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, deberán
acreditar, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.2 del Real
Derecho 543/2001, de 18 de mayo, no haber sido objeto de sanción disciplinaria o
condena penal que le impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
11.2 El que tuviera la condición de funcionario de carrera en activo, estará exento
de justificar tales documentos y requisitos debiendo presentar, únicamente si procede,
certificación acreditativa del Ministerio u Organismo del que dependan, de su condición
de funcionario y de cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.
11.3 Los nombramientos como funcionarios docentes de carrera serán efectuados
por el Rector, después de que los aspirantes propuestos hayan dado cumplimiento a los
requisitos y plazos establecidos en los apartados anteriores. El nombramiento
especificará la denominación de la plaza, Cuerpo, Área de Conocimiento y
Departamento. Dicho nombramiento será publicado en el «Boletín Oficial del Estado» y
en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid», y será comunicado al Consejo de
Universidades.
11.4 En el plazo máximo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a
la publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado», el aspirante
propuesto deberá tomar posesión de su plaza, momento en el que adquirirá la condición
de funcionario o funcionaria de carrera del Cuerpo docente universitario de que se trate.
12.

Publicación de la resolución

Publíquese la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», en el «Boletín
Oficial de la Comunidad de Madrid» y en el «Boletín Electrónico de la Universidad
Carlos III de Madrid».
Protección de datos

La Universidad tiene declarado el tratamiento denominado «Procesos de selección
profesorado permanente», que puede consultarse en el Registro de Actividades de
Tratamiento https://www.uc3m.es/inicio/proteccion-datos.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
Recurso Potestativo de Reposición ante el Rector en el plazo de un mes desde el día
siguiente a la publicación de esta Resolución, de conformidad con lo dispuesto en la
Sección 3.ª del Capítulo II del Título V de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del

cve: BOE-A-2022-3088
Verificable en https://www.boe.es

13.