III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2022-3022)
Resolución 420/38039/2022, de 18 de febrero, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Hospital Universitario del Vinalopó, para la realización de actividades docentes, de investigación, de desarrollo tecnológico, culturales y de cualquier otro ámbito de interés mutuo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 48

Viernes 25 de febrero de 2022

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3. La formación continuada del personal del Cuerpo Militar de Sanidad (CMS) de
las especialidades fundamentales de Medicina y Enfermería.
4. La realización de guardias y estancias hospitalarias del personal del Cuerpo
Militar de Sanidad (CMS) de las especialidades fundamentales de Medicina y Enfermería
para apoyo a la formación continuada del personal del HUV.
5. La realización de prácticas de urgencias/emergencias en los servicios del HUV
para el personal de tropa con formación sanitaria.
6. La realización conjunta de proyectos de investigación y desarrollo.
7. El uso común de instalaciones.
8. Y aquellas otras de interés común previstas en esta cláusula que acuerde la
Comisión Mixta.
El MINISDEF, el ET y el HUV podrán acordar, a través de las instancias que sean
competentes, la realización de proyectos de investigación y otros programas de
formación conjuntos, ampliables a otras entidades públicas o privadas, en los términos y
condiciones que se fijen en los correspondientes convenios específicos.
En el ámbito del MINISDEF, la Inspección General de Sanidad de la Defensa
(IGESAN) es el órgano al que corresponde la planificación y desarrollo de la política
sanitaria; a estos efectos, dependen funcionalmente de la IGESAN las direcciones de
sanidad de los Ejércitos.
Confidencialidad de la información y protección de datos de carácter personal.

La información que, en el marco de la ejecución de este convenio, obtenga el HUV
del MINISDEF, con la expresa autorización de éste para su explotación, tendrá la
consideración de «uso público» y podrá ser usada públicamente sin restricciones.
Las partes acuerdan que el resto de la información que se revelen mutuamente o a la
que puedan acceder durante las actividades amparadas por este convenio tendrá la
consideración de «uso oficial»; por lo que se comprometen a guardar la debida reserva
sobre dicha información.
El citado deber de reserva permanecerá durante el periodo de vigencia del presente
convenio y subsistirá con posterioridad a la extinción de éste. Asimismo, las partes se
comprometen a devolverse o destruir la documentación recibida en el momento de
extinción del presente convenio sin que sea necesario requerimiento previo para ello.
Queda excluida del presente convenio la Información Clasificada del MINISDEF, cuya
protección se regula por la normativa específica, y que no puede ser cedida a
organismos o personas que no cuenten con los acuerdos o habilitaciones de seguridad
pertinentes.
Con respecto a los datos de carácter personal a los que las partes puedan acceder
durante la ejecución del convenio, ambas partes se comprometen a cumplir, en los
términos que sea de aplicación, lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679, del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento
General de protección de datos, RGPD europeo), y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y en
las disposiciones de desarrollo que se dicten.
Los datos personales que se traten con motivo del presente convenio se
incorporarán a los Registros de Actividades de Tratamiento de las partes intervinientes,
con la finalidad de gestionar las actuaciones que se prevén en el convenio. Los titulares
de los datos personales podrán ejercitar ante los responsables de los datos personales
los derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos personales, y
de limitación u oposición al tratamiento.
El MINISDEF, el ET y el HUV tienen la consideración de responsables de los
tratamientos de datos personales que, respectivamente, recaben de las personas
participantes en las actividades contempladas en el convenio. El acceso a los datos

cve: BOE-A-2022-3022
Verificable en https://www.boe.es

Tercera.