III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2022-2960)
Resolución de 9 de febrero de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Madrid n.º 16, por la que se deniega la constancia registral de las alegaciones efectuadas en un escrito sobre que determinada inscripción practicada incorrecta o contraria a Derecho.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 47

Jueves 24 de febrero de 2022

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III
Contra la anterior nota de calificación, don J. A. C. P., en nombre y representación de
la entidad «Sección de Acción Deportiva Villaverde San Andrés», interpuso recurso el
día 9 de diciembre de 2021 mediante escrito y en los siguientes términos:
«Hechos
Primero.–El club de fútbol Sociedad Recreativa Boetticher y Navarro SA fue creado
el 10 de Septiembre 1948, debidamente inscrito en la Comunidad de Madrid y en la
Federación Castellana de Fútbol,
Segundo: En 1948 la empresa Boetticher y Navarro SA cede indefinidamente
mediante título jurídico (…), la finca N.º 49788 (CRU 28040000632630) al club de fútbol,
SR Boetticher y Navarro SA
Tercero: El 21 de octubre de 1976, el Instituto Nacional de Industria (INI) adquiere
una serie de terrenos por título de adjudicación de pago en deudas mediante escritura
pública ante el notario Francisco Alonso Cerezo (…)
Cuarto: En la misma fecha y en la misma escritura (…), el 21 de octubre de 1976, se
deja constancia de una carga sobre los terrenos adquiridos en pago en deuda al (INI).
Concretamente en la hoja 14 n.º 4641283 en el apartado primero del título “Exposición”
párrafo 7 se dice:
“Cargas.–Terrenos Libres que se utilizan como instalaciones deportivas (Campo de
Fútbol y anexos)
Quinto: En 1988 la Sr Boetticher y Navarro SA es absorbida por la SR Villaverde
Boetticher CF, dicho acto es inscrito en la Comunidad de Madrid y en la Real Federación
de Fútbol de Madrid.
Sexto: En el año 1996 mediante la Ley 5/1996 del 10 de enero, se suprime el
Instituto Nacional de Industrial (INI) y se crea la Sociedad Estatal de Participaciones
Industriales (SEPI), y ambas se subrogan jurídicamente
Séptimo: En el año 2017, la Sección de Acción Deportiva Villaverde San Andrés,
absorbe a la SR Villaverde Boetticher CF, dicho acto es inscrito en la Comunidad de
Madrid y en la Real Federación de Fútbol de Madrid
Octavo: Con fecha 21 de Abril de 2021, la demandada (SEPI) después de 25 años
desde que se subrogara jurídicamente con el (INI) realiza un asiento registral en la finca
N.º 49788 (CRU 28040000632630) de pleno dominio por título de cambio de titularidad,
ignorando por completo que sobre dicha finca pesa una carga acreditada en escritura
pública ante el notario Francisco Alonso Cerezo (…) en la hoja 14 n.º 4641283 del
apartado primero del título “Exposición” párrafo 7 que dice: “Cargas.–Terrenos Libres que
se utilizan como instalaciones deportivas (Campo de Fútbol y anexos)

El presente recurso se fundamenta en las causas que taxativamente expresa esta
Ley cuando haya de perjudicar a tercero. Artículo 38 LH párrafo 2.º Resoluciones de la
D.G.R.N. 18/03/1999, 28/02/1977, 21/11/2012. Por todo ello en aplicación del artículo 19
bis y 322 de la Ley Hipotecaria, se debe suspender la inscripción del documento.
Esta parte entiende no ajustada a derecho la inscripción registral del 21 de Abril
de 2021, realizado por la (SEPI) después de 25 años desde que se subrogara
jurídicamente con el (INI).
La SEPI realiza un asiento registral en la finca N.º 49788 (CRU 28040000632630)
(…), de pleno dominio por título de cambio de titularidad, ignorando por completo que
sobre dicha finca pesa una carga acreditada en escritura pública ante el notario

cve: BOE-A-2022-2960
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