III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2022-2956)
Resolución de 8 de febrero de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Vigo n.º 3, por la que se deniega la inmatriculación de una finca en virtud de una escritura de aportación a la sociedad de gananciales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 47

Jueves 24 de febrero de 2022

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
2956

Resolución de 8 de febrero de 2022, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
de la registradora de la propiedad de Vigo n.º 3, por la que se deniega la
inmatriculación de una finca en virtud de una escritura de aportación a la
sociedad de gananciales.

En el recurso interpuesto por doña M. J. R. S. contra la nota de calificación de la
registradora de la Propiedad de Vigo número 3, doña María Purificación Geijo Barrientos,
por la que se deniega la inmatriculación de una finca en virtud de una escritura de
aportación a la sociedad de gananciales.
Hechos
I
El día 4 de mayo de 2021 se otorgó por doña M. J. R. S. y don F. P. R. una escritura
de aportación a la sociedad de gananciales ante la notaria de Vigo, doña Margarita
Colunga Fidalgo, con el número 349 de protocolo.
II
Presentada dicha escritura en el Registro de la propiedad de Vigo número 3, fue
objeto de la siguiente nota de calificación:
«Calificado el precedente título, así como los demás datos obrantes en este Registro
de la Propiedad, se acuerda calificación negativa en base a los siguientes:

1) El día 4 de mayo de 2021, se ha otorgado, bajo el número de protocolo 349, ante
la Notario, Doña Margarita Colunga Fidalgo, escritura de aportación a la sociedad de
gananciales, la cual ha tenido por objeto el inmueble descrito en la parte expositiva
del citado título público, donde figura con una superficie actualizada, y que se
corresponde con la parcela catastral de referencia (identificada con la referencia
“54057A079002180000AQ”), de 341 metros cuadrados (frente a los 331 metros
cuadrados que aparecen en la escritura de adjudicación de herencia autorizada el día 27
de octubre de 2015, por el Notario, Don Ernesto Regueira Núñez, bajo el número 2408
de protocolo, y que acompaña al título presentado).
2) Constando la parcela catastral de referencia, en investigación, en los datos
catastrales, se ha procedido a practicar la correspondiente notificación a la administración
competente.
3) Por el Jefe del Servicio de Patrimonio, del Excelentísimo Ayuntamiento de Vigo,
se ha expedido informe, del que resulta lo siguiente: “...La parcela cuya incepción
registral (referencia catastral: ‘54057A079002180000AQ’) se pretende consta afectada
por la expropiación a D. A. G. S. para la apertura y construcción de la vía de enlace ‘(…)’
conforme se recoge en las actas de la Comisión Municipal Permanente de
fechas 28/10/1942 y 21/03/1947 de acuerdo de expropiación y de rectificación se
superficie a 405,00 m2 conforme a los títulos aportados, respectivamente... Con base en
lo expuesto, resultando afectada parcela municipal, se manifiesta la oposición a la
inscripción registral que se pretende...”.–

cve: BOE-A-2022-2956
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Hechos: