II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Destinos. (BOE-A-2022-2930)
Resolución de 18 de febrero de 2022, de la Subsecretaría, por la que se resuelve el concurso específico, convocado por Resolución de 25 de noviembre de 2021, en el Instituto de Mayores y Servicios Sociales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 47

Jueves 24 de febrero de 2022

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030
2930

Resolución de 18 de febrero de 2022, de la Subsecretaría, por la que se
resuelve el concurso específico, convocado por Resolución de 25 de
noviembre de 2021, en el Instituto de Mayores y Servicios Sociales.

Por Resolución de 25 de noviembre de 2021 (Boletín Oficial del Estado de 3 de
diciembre), se convocó concurso específico para la provisión de puesto de trabajo
vacante en el Instituto de Mayores y Servicios Sociales.
Habiéndose dado cumplimiento a las normas reglamentarias y a las bases de la
convocatoria, finalizado el plazo de presentación de solicitudes, valorados los méritos
alegados por el personal solicitante del puesto convocado y a propuesta de la Comisión
de Valoración, a la que hace referencia la base séptima de la citada Resolución.
Esta Subsecretaría, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 63.1 n) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, resuelve:
Primero.
Adjudicar el puesto de trabajo convocado, que se relaciona en el anexo que
acompaña a la presente Resolución, al funcionario que asimismo se especifica.
Segundo.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 del Reglamento General de
Ingreso y Provisión de Puestos de Trabajo y base undécima de la convocatoria, el
destino adjudicado tendrá la consideración de voluntario, por lo que no generará derecho
a indemnización por concepto alguno.
Por otra parte, y de acuerdo también con la normativa reglamentaria mencionada, el
destino adjudicado será irrenunciable, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de
posesión se hubiese obtenido otro destino por convocatoria pública, en cuyo caso la
persona adjudicataria deberá comunicarlo por escrito al órgano convocante.

El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido, de conformidad con lo
dispuesto en la base décima de la convocatoria, será de tres días hábiles si no implica
cambio de residencia del funcionario, o de un mes si comporta cambio de residencia o el
reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del
cese, que deberá efectuarse de oficio por el órgano competente dentro de los tres días
hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el «Boletín Oficial del
Estado». Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de
posesión deberá contarse desde dicha publicación.
Cuarto.
El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos y
licencias que, en su caso, esté disfrutando la persona interesada, salvo que por causas
justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.

cve: BOE-A-2022-2930
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Tercero.