III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2022-2972)
Resolución de 16 de febrero de 2022, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con el Consorci de l'Auditori y l'Orquestra, para la organización de un concierto, en el marco del ciclo Barcelona Sampler Sèries, de la programación de L'Auditori y del Centro Nacional de Difusión Musical, temporada 2021-2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 47

Jueves 24 de febrero de 2022
articulará mediante un contrato artístico con
presupuestaria 24.107.335A.280.11.
– Difundir la actividad musical por medios propios.

Sec. III. Pág. 22357
cargo

a

la

aplicación

La estimación económica de la participación del INAEM se cuantifica en un máximo
de dos mil cuatrocientos veinte euros, (2.420,00 euros), IVA incluido, con cargo al
ejercicio presupuestario 2022, siempre que exista crédito adecuado y suficiente.
2. El Consorci se compromete a:
– Ceder el espacio para la celebración del concierto con su correspondiente ensayo.
– Tener cubierta la responsabilidad civil para la fecha del concierto y ensayo.
– Hacerse cargo de la producción del concierto, de las necesidades técnicas, del
personal técnico, y de los gastos que puedan originar.
– Poner a disposición el personal de sala y regiduría.
– Hacerse cargo de los programas de mano.
– Abonar los derechos de autor, en su caso, que corresponda a la SGAE.
– Promocionar los conciertos a través de canales propios.
– Hacerse cargo de la coordinación de prensa.
– Gestionar el sistema de venta de entradas.
La estimación económica de la participación del Consorci se cuantifica en un máximo
de ocho mil quinientos euros (8.500,00 euros), IVA incluido en su caso con cargo al
ejercicio presupuestario 2022, siempre que exista crédito adecuado y suficiente.
Los compromisos de financiación obligan a cada parte a asumir los gastos derivados
de su propia actividad, hasta el límite máximo de gasto que en esta cláusula se
establece.
Cuarta.
a)

Precios de las localidades y Distribución de ingresos.
Precios de las localidades.

General: 10 euros.
b)

Distribución de ingresos.

Los ingresos netos obtenidos con la organización de los conciertos (descontado el
IVA, derechos de autor, comisión por gestión de venta de entradas, cualquier otro gasto
que sea compartible u otro impuesto que pudiera determinar la legislación) revertirán en
su totalidad en el Consorci.
La relación de los ingresos percibidos por la celebración del concierto se aportará por
la contraparte a través de una aplicación o plataforma de gestión de entradas o ingresos,
o en su defecto, con las hojas de taquilla.
Promoción y difusión.

Las partes se comprometen a utilizar sus recursos para facilitar la difusión de los
conciertos.
En toda la promoción y difusión del concierto que es objeto del presente convenio
habrá de figurar el nombre y el logotipo de las instituciones involucradas, debiendo las
partes hacer entrega de los materiales que sean necesarios para la inclusión de los
citados logotipos a la parte que realice los soportes promocionales en que se han de
incluir los mismos.
El material de difusión que genere la actividad descrita en la cláusula segunda
deberá ser sometido a revisión previa y autorización expresa del CNDM. A tal efecto, y
con antelación suficiente a su edición, se remitirán al Departamento de Comunicación del
CNDM las pruebas de los referidos materiales.

cve: BOE-A-2022-2972
Verificable en https://www.boe.es

Quinta.