III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2022-2967)
Resolución de 16 de febrero de 2022, del Centro Español de Metrología, por la que se publica el Convenio con la Fundación Internacional y para Iberoamérica de Administración y Políticas Públicas, para la relación de colaboración en el marco de la participación de ambas entidades en el proyecto de hermanamiento "Strengthening of institutional as well as human capacities of Georgian National Agency for Standards and Metrology (GEOSTM) according to the International/EU Best practices".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 47

Jueves 24 de febrero de 2022

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en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril
de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento
de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la
Directiva 95/46/CE (Reglamento General de protección de datos, RGPD).
Tratamiento de datos de las Partes.
Las Partes informan a los representantes que firman el presente Convenio de que
sus datos de carácter personal serán incluidos en sendos ficheros responsabilidad de
cada una de las Partes, cuya finalidad es el mantenimiento de las relaciones
contractuales de las mismas, siendo imprescindible para ello que se aporten sus datos
identificativos, la capacidad de representación que ostentan, número de DNI o
documento equivalente, su firma y correo electrónico y teléfono.
Asimismo, las Partes garantizan cumplir con el deber de información con respecto a
sus empleados cuyos datos personales sean comunicados entre las Partes, como
personas de contacto, para el mantenimiento y cumplimiento de la relación contractual.
La base jurídica que legitima el tratamiento de los datos de los interesados es la
necesidad para la celebración y ejecución del presente Convenio.
Las partes se informan que no cederán los datos de estas personas firmantes y de
contacto, salvo que medie consentimiento expreso o en cumplimiento de una obligación
legal.
Los datos serán conservados durante la vigencia del presente Convenio y,
posteriormente, durante tres años con la finalidad de atender a las posibles
responsabilidades derivadas de la relación contractual.
En todo caso, los afectados podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación,
supresión, oposición, limitación y portabilidad ante la Parte que corresponda a través de
comunicación por escrito al domicilio social que consta al comienzo del presente
documento, aportando fotocopia de su DNI o documento equivalente e identificando el
derecho que se solicita. Asimismo, en caso de considerar vulnerado su derecho a la
protección de datos personales, podrán interponer una reclamación ante la Agencia
Española de Protección de Datos (www.aepd.es) o ante el delegado de protección de
datos del FIIAPP, F.S.P (protecciondatos@fiiapp.es) o del CEM (dpd@mincotur.es).
Octava.

Comisión de seguimiento.

Para el seguimiento, evaluación, interpretación y resolución de controversias que
pudieran aparecer de la ejecución del presente Convenio, se constituirá una Comisión de
Seguimiento integrada por tres (3) representantes del CEM y tres (3) representantes de
FIIAPP, F.S.P.
Por parte del CEM formarán parte de la Comisión de Seguimiento:
– El titular de la Dirección del CEM, o persona en quien delegue.
– El titular de la División de Magnitudes Mecánicas e Ingeniería.
– El titular de la Secretaria General o persona en quien delegue.

– La directora del departamento Desarrollo Económico y Medio Ambiente.
– El responsable de equipo del departamento Desarrollo Económico y Medio
Ambiente.
– La técnica responsable del proyecto del departamento Desarrollo Económico y
Medio Ambiente.
La Comisión podrá reunirse cuantas veces lo solicite cualquiera de las Partes, con
una antelación mínima de diez (10) días hábiles. Los acuerdos de la Comisión se
adoptarán por unanimidad de sus miembros, todos ellos tienen derecho a voz y a voto, y

cve: BOE-A-2022-2967
Verificable en https://www.boe.es

Por parte de FIIAPP, F.S.P., formarán parte de la Comisión de Seguimiento: