I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Compensaciones a comunidades autónomas. (BOE-A-2022-2925)
Orden HFP/111/2022, de 22 de febrero, por la que se determina el importe a percibir por cada Comunidad Autónoma de régimen común y por las Ciudades de Ceuta y Melilla de la compensación por el efecto de la implantación del SII-IVA en la liquidación de los recursos del Sistema de Financiación Autonómica de 2017, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional nonagésima de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
3 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 24 de febrero de 2022

Sec. I. Pág. 22152

da satisfacción a todas las reivindicaciones de la Comunidad o Ciudad relativas a la
implantación del SII-IVA, se recoja el compromiso de no iniciar nuevos procedimientos en
vía administrativa o judicial relativos a estas reivindicaciones y, en caso de que exista un
proceso judicial en curso en relación con tales reivindicaciones, se incluya el compromiso
de la Comunidad o Ciudad a realizar las actuaciones conducentes a la terminación del
mismo.
Habiéndose recibido en el Ministerio de Hacienda y Función Pública los
correspondientes Acuerdos de los Consejos de Gobierno de las Comunidades
Autónomas y Ciudades, procede la elaboración de la presente Orden para determinar el
importe de la compensación de cada Comunidad y Ciudad, así como los aspectos
necesarios para efectuar su libramiento y garantizar la implantación de la medida,
encontrándose la habilitación normativa para dictar esta Orden en el apartado Dos de la
citada disposición adicional nonagésima de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre.
En su virtud, dispongo:
Apartado uno. Determinación del importe de la compensación de cada Comunidad
Autónoma de régimen común y de las Ciudades de Ceuta y Melilla, prevista en la
disposición adicional nonagésima de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre.
1. De conformidad con el apartado Dos de la disposición adicional nonagésima de
la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2022, la cuantía de cada compensación vendrá dada por la diferencia entre el
resultado de la liquidación de los recursos del Sistema de Financiación Autonómica
de 2017 de cada Comunidad Autónoma de régimen común y Ciudad, practicada el 30 de
julio de 2019, y la que habría resultado de computar en dicha liquidación la recaudación
del IVA devengado en el mes de noviembre de 2017, que se recaudó en 2018 como
consecuencia de la implantación del SII-IVA.
La Agencia Estatal de Administración Tributaria ha constatado en 4.150 millones de
euros el impacto negativo en la recaudación del Impuesto sobre el Valor Añadido
de 2017 derivado de la implantación del SII-IVA.
2. Habiéndose recibido en el Ministerio de Hacienda y Función Pública los
correspondientes Acuerdos de los Consejos de Gobierno de las Comunidades
Autónomas y Ciudades aceptando la medida, conforme a lo previsto en el apartado tres
de la disposición adicional nonagésima de la Ley 22/2001, de 28 de diciembre, se han
realizado los cálculos para determinar el importe de la compensación de cada una de
ellas de acuerdo con lo señalado en el punto anterior, cuyas cifras figuran en el cuadro
del anexo.
3. El apartado Dos de la citada disposición adicional prevé además el pago de un
importe equivalente a los intereses legales devengados por la cuantía de la
compensación, calculados desde el 7 de febrero de 2020 hasta el 31 de marzo de 2022.
Para su cálculo se ha considerado el tipo de interés legal del dinero del 3 %, vigente en
todos los años del periodo considerado, obteniéndose las cantidades que constan en el
cuadro del anexo.
Apartado dos. Libramiento de fondos para efectuar la compensación a las
Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades de Ceuta y Melilla.
1. La cuantía total resultante de la aplicación del apartado anterior para cada
Comunidad y Ciudad se transferirá por la Secretaría General de Financiación
Autonómica y Local, del Ministerio de Hacienda y Función Pública, el 31 de marzo
de 2022 con cargo al crédito presupuestario dotado en la Sección 37 de los
Presupuestos Generales del Estado, Servicio 01 «Secretaría General de Financiación
Autonómica y Local. Comunidades Autónomas», Programa 941O «Otras transferencias
a Comunidades Autónomas», Capítulo 4 «transferencias corrientes», Artículo 45 «A
Comunidades Autónomas», Concepto 452 «Dotación SII-IVA».

cve: BOE-A-2022-2925
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 47