I. Disposiciones generales. TRIBUNAL SUPREMO. Sentencias. (BOE-A-2022-2854)
Sentencia de 16 de noviembre de 2021, de la Sala Tercera, Sección Tercera, del Tribunal Supremo, que estima parcialmente el recurso interpuesto por Endesa Generación, contra la Orden TED/776/2020, de 4 de agosto, por la que se revisan los precios de producto y logística a emplear en la determinación del precio de combustible y se establece un valor tope del tiempo de arranque de liquidación por instalación tipo aplicable a las instalaciones de producción ubicadas en los territorios no peninsulares con régimen retributivo adicional y Auto de subsanación y complemento de la citada Sentencia de fecha 20 de diciembre de 2021.
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Núm. 46

Miércoles 23 de febrero de 2022

Sec. I. Pág. 21651

Asimismo se dictó auto de subsanación y complemento de la sentencia cuya parte
dispositiva es la siguiente:
La Sala acuerda: Haber lugar a la subsanación y complemento de la sentencia n.º
1337/2021, de 16 de noviembre (recurso contencioso-administrativo n.º 301/2020) en los
siguientes términos:
El apartado 1 de la parte dispositiva de la sentencia queda redactado como sigue:
«(…) 1. Declaramos la invalidez del artículo 4 de la Orden TED/776/2020 por no
incluir, dentro de la retribución por costes de logística, las cuotas extraordinarias a
abonar a la Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos (CORES)
en virtud de la Orden TED/456/2020, de 27 de mayo.
Se reconoce el derecho de la demandante a que la retribución por costes de logística
incluya dichas cuotas extraordinarias.
Se declara el derecho de Endesa Generación, S.A.U a ser indemnizada por los
daños y perjuicios que le haya ocasionado la aplicación del precepto artículo 4 de la
Orden TED/776/2020), viniendo determinada la indemnización –cuya cuantía se fijará en
ejecución de sentencia– por la diferencia que exista entre la retribución resultante de la
aplicación de la norma en su redacción originaria y la que resulte de aplicar la nueva
norma que la sustituya.»

cve: BOE-A-2022-2854
Verificable en https://www.boe.es

Firmados.–Eduardo Espín Templado.–José Manuel Bandrés Sánchez-Cruzat.–
Eduardo Calvo Rojas.–José María del Riego Valledor.–Diego Córdoba Castroverde.–
Ángel Ramón Arozamena Laso.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X