III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2022-2893)
Resolución de 2 de febrero de 2022, de la Entidad Pública Empresarial Renfe-Operadora, por la que se publica el Convenio con la Universidad Complutense de Madrid, para la realización de prácticas académicas externas curriculares y extracurriculares y trabajos de fin de grado y fin de máster.
9 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 46

Miércoles 23 de febrero de 2022

Sec. III. Pág. 21952

b) Las prácticas extracurriculares son aquellas que los estudiantes podrán realizar
con carácter voluntario durante su periodo de formación y que, aun teniendo los mismos
fines que las prácticas curriculares, no forman parte del correspondiente Plan de
Estudios. No obstante, y cuando corresponda, serán contempladas en el Suplemento
Europeo al Título, conforme determine la normativa vigente.
C.

Duración de las prácticas.

Las prácticas externas curriculares tendrán la duración que establezca el Plan de
Estudios correspondiente, en los términos establecidos en el artículo 12.6 del Real
Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las
enseñanzas universitarias oficiales.
En el caso de las prácticas de titulaciones propias de la UCM, la duración de las
mismas vendrá determinada en la propuesta de la actividad formativa aprobada por la
correspondiente comisión de la UCM.
Las prácticas externas extracurriculares tendrán preferentemente una duración no
superior al 50 % de los créditos del curso académico. La duración de cada práctica se
establecerá en cada oferta y no podrá ser inferior a 200 horas (salvo que suponga la
continuación de una práctica curricular o que su naturaleza específica exija una menor
duración), ni superior a 900 horas efectivas.
Desarrollo de las prácticas.

Los horarios de realización de las prácticas se establecerán de acuerdo con sus
características y la disponibilidad de la Entidad Colaboradora. Los horarios serán
compatibles con la actividad académica, formativa y de representación y participación de
los estudiantes.
Los estudiantes deberán cumplir las normas de régimen interno de RENFEOperadora que les serán comunicadas, y deberán seguir las indicaciones del tutor
designado por dicha entidad. Asimismo, deberán aplicarse con diligencia en las tareas y
funciones que se les encomienden, guardando secreto y confidencialidad respecto de
toda la información de la Entidad Colaboradora a la que tengan acceso durante la
realización de las prácticas y de los TFG/TFM, y con posterioridad a su finalización. En
caso de ausencia de los estudiantes a las prácticas será preciso que comuniquen tal
circunstancia tanto a RENFE-Operadora como al Centro responsable de la UCM. El
régimen de permisos de los estudiantes será consensuado por los tutores designados
por las Partes, que deberán tener en cuenta, en todo caso, los permisos a los que éstos
tengan derecho en relación con el desarrollo de la actividad académica, formativa y de
representación y participación.
Por causas debidamente justificadas, de acuerdo con lo establecido en el ya citado
Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, y, en concreto, si en el desarrollo de las prácticas
o del TFG/TFM los estudiantes no alcanzaran un nivel de desempeño adecuado, la
Entidad Colaboradora comunicará esta circunstancia a la UCM y, de común acuerdo, las
Partes podrán dar por finalizada anticipadamente su realización, con la pérdida de los
correspondientes derechos formativos para el estudiante de que se trate.
De conformidad con lo establecido en el artículo 9 del Real Decreto 592/2014, de 11
de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes
universitarios, durante la realización de las prácticas académicas externas los
estudiantes tendrán derecho a la propiedad intelectual e industrial en los términos
establecidos en la legislación reguladora de la materia.
E.

Seguros de responsabilidad civil y de accidentes.

Todos los estudiantes de la UCM que estén matriculados en alguna de sus
enseñanzas, oficiales o propias, están cubiertos por un seguro de responsabilidad civil,
relativo a los daños materiales y personales que puedan causar durante la realización de
las prácticas o del TFG/TFM en la Entidad Colaboradora.

cve: BOE-A-2022-2893
Verificable en https://www.boe.es

D.