III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2022-2893)
Resolución de 2 de febrero de 2022, de la Entidad Pública Empresarial Renfe-Operadora, por la que se publica el Convenio con la Universidad Complutense de Madrid, para la realización de prácticas académicas externas curriculares y extracurriculares y trabajos de fin de grado y fin de máster.
9 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 46

Miércoles 23 de febrero de 2022

Sec. III. Pág. 21951

EXPONEN
I. Que la UCM, según se recoge en sus Estatutos, aprobados por Decreto 32/2017,
de 21 de marzo, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid (BOCM de 24 de
marzo de 2017), tiene entre sus funciones la creación, desarrollo, transmisión y crítica de
la ciencia, de la técnica y de la cultura, la difusión, la valorización y la transferencia del
conocimiento al servicio de la cultura, de la calidad de vida y del desarrollo económico,
así como la difusión del conocimiento y la cultura a través de la extensión universitaria y
la formación continuada.
Asimismo, en el desarrollo de sus funciones, la UCM asume el compromiso de
acercar la formación universitaria a la realidad social y profesional de nuestro entorno,
mediante el establecimiento de relaciones con otras entidades que permitan a los
estudiantes universitarios completar su proceso formativo con una puesta en práctica de
los conocimientos teóricos adquiridos.
II. Que RENFE-Operadora es un organismo público de los previstos en el
artículo 103 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
adscrito al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, que goza de
personalidad jurídica propia, de plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus
fines, y de patrimonio y tesorería propios. En el ejercicio de sus funciones y para el
cumplimiento de su objeto estatutario, RENFE-Operadora actúa con autonomía de
gestión, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 2396/2004, de 30 de
diciembre, norma que faculta a esta entidad para la suscripción del presente Convenio.
III. Que las Partes, en el ámbito de sus respectivas competencias y de las
actividades que desarrollan, de conformidad con lo establecido en el Real
Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios, y en el Reglamento de Prácticas Académicas
Externas aprobado por el Consejo de Gobierno de la UCM el 31 de octubre de 2017
(BOUC del 3 de noviembre de 2017), acuerdan formalizar el presente Convenio, que se
rige por las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

El presente Convenio tiene por objeto establecer las condiciones en las que los
estudiantes matriculados en la UCM podrán realizar prácticas académicas externas,
curriculares y extracurriculares, así como los trabajos de fin de grado y de fin de máster
(en adelante, TFG/TFM) de cualquier enseñanza impartida por la UCM, tanto oficiales
como propias, en RENFE-Operadora.
Segunda.

Oferta de plazas.

RENFE-Operadora ofertará plazas para que los estudiantes de la UCM realicen
prácticas externas y los TFG/TFM con la periodicidad y número que estime oportuno. La
UCM, por su parte, se encargará de realizar la selección previa de los estudiantes que
optarán a la realización de las prácticas, de entre los cuales RENFE-Operadora hará la
correspondiente selección definitiva.
B.

Modalidades de prácticas académicas externas.

Las prácticas académicas externas podrán ser curriculares o extracurriculares:
a) Las prácticas curriculares se configuran como actividades académicas
integrantes del Plan de Estudios de que se trate.

cve: BOE-A-2022-2893
Verificable en https://www.boe.es

A.

Condiciones generales del convenio.