II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Funcionarios de los Subgrupos C1 y C2. (BOE-A-2022-2875)
Resolución de 16 de febrero de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de trabajo en el Servicio Público de Empleo Estatal.
83 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 46

Miércoles 23 de febrero de 2022

Sec. II.B. Pág. 21804

Cuerpo o Escala desde el que se participa, uno o varios puestos de trabajo, con nivel de
complemento de destino igual o superior al del puesto solicitado: 0,217 puntos por mes
completo, hasta un máximo de 13 puntos.
– Por desempeñar o haber desempeñado en los cinco años inmediatamente
anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, en el
Cuerpo o Escala desde el que se participa, uno o varios puestos de trabajo, con nivel de
complemento de destino inferior en no más de dos niveles al del puesto solicitado: 0,167
puntos por mes completo, hasta un máximo de 10 puntos.
– Por desempeñar o haber desempeñado en los cinco años inmediatamente
anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, en el
Cuerpo o Escala desde el que se participa, uno o varios puestos de trabajo, con nivel de
complemento de destino inferior en más de dos niveles al del puesto solicitado: 0,134
puntos por mes completo, hasta un máximo de ocho puntos.
El tiempo de permanencia en la situación administrativa de excedencia por cuidado
de familiares regulado en el artículo 89.4 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, se considerará como de prestación de servicios efectivos.
1.3

Cursos de formación y perfeccionamiento.

Los cursos susceptibles de valoración serán los impartidos o recibidos en el marco
de la formación para el empleo de las Administraciones Públicas y centros oficiales de
idiomas así como los que estén incluidos en los Planes o Programas de Formación
interna del Servicio Público de Empleo Estatal, no pudiéndose valorar los pertenecientes
a una carrera universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos selectivos y los
diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios, máster y similares. Aquellos cursos
en cuya certificación no aparezca su duración, no serán objeto de valoración.
Los cursos deberán cumplir los siguientes requisitos:
– Que hayan sido superados o impartidos en los últimos diez años.
– Que su contenido esté directamente relacionado con las materias especificadas en
el anexo I.
– Todos los cursos que sean iguales en denominación o contenido se valorarán
como uno.
Cada curso solo podrá ser valorado una vez, independientemente del número de
veces que se haya realizado o impartido.
No se podrá acumular la puntuación de un curso que haya sido recibido e impartido,
en cuyo caso se otorgará la puntuación más alta que le pueda corresponder.
La puntuación máxima total es de 10 puntos que se aplicará de la siguiente forma:
a) Por cada curso recibido o impartido de 15 o más horas de duración, la
puntuación será la especificada en el anexo I de la convocatoria.
b) Por la impartición de cursos de menos de 15 horas de duración, la puntuación
será la mitad de la especificada en el anexo I de la convocatoria.
Se valorará un número máximo de cuatro cursos.
Antigüedad.

Por cada año completo de servicios en las distintas Administraciones Públicas, un
punto por año hasta un máximo de 32 puntos. A estos efectos, se computarán los años
de servicio reconocidos que se hubieran prestado con anterioridad al acceso a la
condición de funcionario y funcionaria, siempre que estén certificados en anexo II. No se
computarán los servicios prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.
La antigüedad que no conste en dicho anexo no se considerará a efectos de su
valoración.

cve: BOE-A-2022-2875
Verificable en https://www.boe.es

1.4