I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Medidas urgentes. (BOE-A-2022-2849)
Real Decreto-ley 2/2022, de 22 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes para la protección de los trabajadores autónomos, para la transición hacia los mecanismos estructurales de defensa del empleo, y para la recuperación económica y social de la isla de La Palma, y se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 23 de febrero de 2022

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se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas
por el SARS-CoV-2, que fue convalidado por el Congreso de los Diputados el 20 de
mayo de 2021, extendió hasta el 9 de agosto de 2021 la eficacia de las medidas más
significativas para hacer frente a las situaciones de vulnerabilidad social y económica, el
llamado «escudo social».
Estas medidas se han venido prorrogando sucesivamente, en primer lugar mediante
el Real Decreto 16/2021, de 3 de agosto, por el que se adoptan medidas de protección
social para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, que extendió
su duración hasta el 31 de octubre de 2021; y, posteriormente, por el
Real Decreto-ley 21/2021, de 26 de octubre, por el que se prorrogan las medidas de
protección social para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica,
que amplió la vigencia de dichas medidas hasta el 28 de febrero de 2022.
La persistencia de determinadas situaciones sociales adversas en esta nueva fase
de recuperación económica, y la inminente finalización de la vigencia extendida de tales
medidas, hace preciso prorrogar el plazo de algunas de ellas, de modo que permitan
seguir haciendo frente a estas situaciones de vulnerabilidad social y económica. En este
sentido, y a pesar de que las estadísticas avalan que la recuperación económica es una
realidad, ésta se encuentra vinculada a la incertidumbre que aún plantea tanto la
evolución de la pandemia a nivel global, como el impacto del coste energético sobre la
economía de las personas más vulnerables.
Así, la recuperación de la economía española ha ido ganando fuerza en los últimos
meses, tal y como se desprende de la lectura de los principales indicadores
coyunturales. El impacto económico de la variante «ómicron» ha sido hasta cierto punto
contenido, en gran parte gracias al exitoso proceso de vacunación. Las señales de
progresiva recuperación son observables en variables socioeconómicas tan importantes
como el empleo o la tasa de paro.
No obstante, pese a esta notable mejoría de los principales indicadores
macroeconómicos, lo cierto es que persiste cierta incertidumbre en el entorno
internacional que obliga a abordar los próximos meses con un ejercicio de prudencia. La
experiencia en fases de recuperación de otras crisis económicas muestran la importancia
de asegurar que la recuperación se consolida y se extiende al conjunto de la población,
incluyendo a las familias más desfavorecidas y a aquellos sectores sociales que han
sufrido más las consecuencias de la pandemia. En ese sentido, persisten riesgos
asociados con la evolución reciente de la inflación o los precios energéticos que podrían
tener un impacto en el riesgo de exclusión social de los colectivos más desfavorecidos.
Esta vulnerabilidad exige una protección específica, que se prolongue en el tiempo más
allá de los momentos más agudos de la crisis y que ayude a amortiguar el impacto
económico derivado de la actual situación de incertidumbre, en particular en los sectores
sociales destinatarios principales de las medidas objeto de este real decreto-ley.
Es necesario recordar que el Marco Temporal, aprobado por la Comisión Europea
con el fin de facilitar la adopción de medidas de ayuda a empresas y autónomos que se
han visto afectados por los efectos económicos de la pandemia, ha sido prorrogado, con
carácter general, hasta junio de 2022. Algunas categorías concretas de dicho Marco
incluso tienen una vigencia posterior. Así, el propio Marco Temporal asume por tanto una
extensión en el tiempo de los efectos sociales y económicos adversos provocados por la
pandemia y la necesidad de apoyar y acelerar la recuperación económica, más allá de la
gravedad coyuntural de la pandemia en términos sanitarios.
En consecuencia, también resulta necesario disponer la prórroga del plazo de
vigencia de las medidas que garantizan el suministro a los consumidores vulnerables de
agua, electricidad y gas natural, así como para permitir el acceso al bono social por parte
de determinados colectivos en situación de vulnerabilidad económica y para hacer frente
en el ámbito de la vivienda a determinadas situaciones de vulnerabilidad.

cve: BOE-A-2022-2849
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Núm. 46